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La permanente división del tribunal marca el recorrido judicial del caso de La Manada
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repaso a la ACTUACIÓN DE LA AUDIENCIA

La permanente división del tribunal marca el recorrido judicial del caso de La Manada

En ningún momento ha existido unanimidad entre los tres magistrados a la hora de dictar las diferentes resoluciones, que han contado con un voto particular discrepante del criterio de la sala

Foto: Jesús Escudero (i) y José Ángel Prenda, dos de los cinco integrantes de La Manada. (EFE)
Jesús Escudero (i) y José Ángel Prenda, dos de los cinco integrantes de La Manada. (EFE)

El recorrido judicial del caso de La Manada en la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha estado marcado de puertas para adentro por la división del tribunal en todas y cada una de las decisiones adoptadas. No ha existido unanimidad entre los tres magistrados a la hora de dictar las diferentes resoluciones, que han contado con un voto particular discrepante del criterio de la mayoría de la sala. Los tres escenarios diferentes —la situación previa de los cinco procesados, la sentencia y el posterior devenir de los condenados a la espera de que el caso llegue al Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN)— se han ido sucediendo sin el consenso mayoritario y las resoluciones se han dictado con un cambio en el equilibrio de mayorías.

El primero en descolgarse de sus compañeros fue el magistrado Ricardo González, que se opuso a los argumentos esgrimidos por José Francisco Cobo, presidente de la sala, y Raquel Fernandino para mantener en prisión provisional a los cinco jóvenes sevillanos acusados de agredir sexualmente a una joven de Madrid de 18 años durante los Sanfermines de 2016.

El guardia civil de La Manada seguirá en libertad provisional

Hasta en tres ocasiones, dos antes de la celebración del juicio y una al término del mismo, el tribunal rechazó la excarcelación de los cinco procesados por el riesgo de fuga y de reiteración delictiva con el voto particular discrepante de González, que en todo momento durante el proceso ha defendido la puesta en libertad de los acusados.

La primera ocasión fue el 14 de julio de 2017, cuando los acusados llevaban un año en prisión provisional. En su voto particular discrepante, González sostuvo que las razones del riesgo de fuga y de reiteración delictiva eran “inconsistentes e insuficientes” en la medida en que respondían a “fórmulas estereotipadas”. Asimismo, aseveró que ni la supuesta proximidad de la celebración del juicio ni la gravedad de las penas solicitadas —los acusados se enfrentaban a penas de entre 22 y 25 años de cárcel— “pueden por sí solas en un caso en el que los procesados ya han cumplido un año de prisión provisional constituir fundamento constitucionalmente admisible para la prolongación de su situación de pérdida de libertad”.

En estos mismos argumentos se amparó González para defender la puesta en libertad de los procesados en las otras dos ocasiones en las que la sala rechazó esta medida, en septiembre y en noviembre del pasado año —esta última, nada más acabar el juicio—. La sala entendió que concurrían "los riesgos que configuran las finalidades constitucionalmente legitimadoras de la prisión provisional" con el rechazo de este magistrado, que dejó constancia de su protesta por el “déficit de motivación” de sus dos compañeros de tribunal para mantener entre rejas a José Ángel Prenda, Ángel Boza, Jesús Escudero, Antonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo.

Foto: Miles de personas protestan en Madrid el pasaado 22 de junio por la liberación de La Manada. (EFE)

La división se hizo más notable si cabe con la sentencia del pasado 26 de abril que condenó a los integrantes de La Manada a nueve años de prisión por un delito de abuso sexual con prevalimiento. González emitió un voto particular que generó una gran polémica, hasta el punto de que el propio ministro de Justicia, Rafael Catalá, llegó a afirmar que “todos saben que este juez tiene algún problema singular”, para mostrar su “sorpresa” por el hecho de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no hubiera ejercido su “potestad disciplinaria” contra él. Para defender la absolución de los procesados, el magistrado aludió al “ambiente de jolgorio y regocijo” que se veía en los vídeos grabados por los acusados. “No se percibe en su expresión ni en sus movimientos [de la joven violada] atisbo alguno de oposición, rechazo, disgusto, asco, repugnancia (…) o cualquier otro sentimiento similar”, señaló en un auto que causó asombro en el mundo de la judicatura por las expresiones utilizadas y por su extensión —237 páginas frente a 134 de la sentencia—.

La magistrada alegó para cambiar de criterio que el riesgo de fuga había “perdido notablemente la fuerza”


El equilibro de mayorías cambió tras la sentencia condenatoria después de que Fernandino se alineara con González para atender la solicitud de las defensas de poner en libertad provisional a La Manada a la espera de que el TSJN resuelva los recursos presentados por las diferentes partes contra el fallo. La magistrada alegó para cambiar de criterio que el riesgo de fuga había “perdido notablemente la fuerza” que en su día pudo tener.

Tampoco apreció riesgo de reiteración delictiva a pesar de que cuatro de los procesados se encuentran incursos en otra causa penal por hechos similares que investiga un juzgado de Pozoblanco. Según se recoge en el auto del pasado 21 de junio, la “presión social” y “la pérdida de anonimato” de los cinco procesados “hacen poco menos que impensable el riesgo de reiteración delictiva”. Fernandino avaló la puesta en libertad provisional de los procesados bajo fianza de 6.000 euros, la misma cantidad que ha venido defendiendo durante todo el proceso González para su excarcelación.

Foto: El abogado Agustín Martínez Becerra sale de la vista celebrada el pasado lunes en la Audiencia de Navarra para abordar la posible excarcelación provisional de La Manada. (EFE)

De este planteamiento se desmarcó el presidente de la sala, que apuesta por mantener entre rejas a los integrantes de La Manada a la vista de la “indiscutible gravedad del delito” y para proteger a la víctima. En su voto particular discordante, Cobo defendió como “razonable y proporcionada” la prórroga de la prisión provisional “de manera incondicional” hasta cumplir la mitad de la condena impuesta, esto es, cuatro años y seis meses. Además, puso en duda que las medidas cautelares impuestas por sus dos compañeros, entre ellas la obligatoriedad de acudir al juzgado de Sevilla a firmar tres días a la semana o la prohibición de abandonar el territorio nacional, pueden ser “ineficaces” para que los procesados “se sustraigan a la acción de la Justicia” y para la protección de la víctima.

Cobo apela a que las medidas impuestas son insuficientes para proteger a la víctima, en contra de lo que opinan Fernandino y González


El disenso, con este mismo juego de mayorías, se ha mantenido esta misma semana en el auto del 16 de julio que rechaza los recursos de súplica presentados por la Fiscalía y las acusaciones contra la puesta en libertad provisional de La Manada, que permanecerá en libertad hasta que se pronuncie el TSJN, lo que tendrá lugar previsiblemente a finales de septiembre o principios de octubre. De nuevo, la sala decidió por dos votos a uno. Cobo volvió a desmarcarse del criterio de los otros dos magistrados al reafirmarse en sus argumentos para oponerse a la puesta en libertad de los procesados. Apela a que las medidas impuestas son insuficientes para proteger a la víctima, en contra de lo que opinan Fernandino y González, que ven “razonable” y “suficiente” que se prohíba a los miembros de La Manada entrar en la Comunidad de Madrid, lugar de residencia de la víctima, para “garantizar su debida tranquilidad”. “El riesgo de un encuentro casual entre ellos es poco menos que inexistente”, defienden.

Foto: Manifestación en Córdoba en protesta por la puesta en libertad bajo fianza de los cinco miembros de La Manada. (EFE)

Este 'dos contra uno' también se ha dado en la última resolución judicial del caso de La Manada que compete a la Audiencia de Navarra: la situación procesal de Antonio Manuel Guerrero. La Audiencia de Navarra ha decidido mantener en libertad provisional al procesado tras desestimar la petición de la Fiscalía, que solicitó el ingreso en prisión del guardia civil de La Manada por intentar obtener el pasaporte a pesar de tenerlo prohibido tanto él como los otros cuatro condenados.

La resolución ha contado con el voto discrepante del presidente de la sala, que, de acuerdo al planteamiento de la Fiscalía, abogaba por el encarcelamiento de Guerrero al estimar que quebrantó la medida cautelar impuesta de no obtener el pasaporte en el futuro. La Audiencia de Navarra celebró el pasado 5 de julio la vista para estudiar la solicitud del Ministerio Público de revocar su puesta en libertad y decretar su inmediato ingreso en prisión, y la resolución ha llegado casi tres semanas después, una tardanza que ha causado sorpresa a nivel judicial.

De camino al Tribunal Supremo

La división interna ha vuelto a aflorar en la que podría ser la última vez que la Sección Segunda tenga que pronunciarse sobre La Manada —aún cabe recurso de súplica contra la decisión de mantener en libertad a Guerrero—. El caso pasará ahora a manos del TSJN, si bien el recorrido judicial concluirá, con casi toda la seguridad, en el Tribunal Supremo.

Si el recorrido judicial del caso de La Manada ha estado marcado de puertas para adentro por la división interna, de puertas para afuera ha estado caracterizado por las críticas desde todos los ámbitos —político, institucional e incluso judicial— a las resoluciones adoptadas por la Sección Segunda. La denuncia llegó a la calle con multitud de manifestaciones por toda España. Hubo movilizaciones tras la decisión del tribunal de exonerar a los acusados del delito de agresión sexual al no haber mediado violencia e intimidación, y las protestas se retomaron con la puesta en libertad provisional de los procesados. La presión existente ha llevado al Gobierno de Pedro Sánchez a anunciar su intención de reformar el Código Penal para que se considere delito sexual todo abuso a una mujer cuando no medie un sí expreso de ella, si bien esta propuesta ha suscitado dudas entre jueces, fiscales y abogados.

El recorrido judicial del caso de La Manada en la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha estado marcado de puertas para adentro por la división del tribunal en todas y cada una de las decisiones adoptadas. No ha existido unanimidad entre los tres magistrados a la hora de dictar las diferentes resoluciones, que han contado con un voto particular discrepante del criterio de la mayoría de la sala. Los tres escenarios diferentes —la situación previa de los cinco procesados, la sentencia y el posterior devenir de los condenados a la espera de que el caso llegue al Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN)— se han ido sucediendo sin el consenso mayoritario y las resoluciones se han dictado con un cambio en el equilibrio de mayorías.

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