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"La presión social y la pérdida de anonimato hacen impensable que vuelvan a delinquir"
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"La presión social y la pérdida de anonimato hacen impensable que vuelvan a delinquir"

El auto de la Audiencia afirma que "la presión ha alimentado un rechazo social de tal magnitud respecto de los cinco acusados que cuestiona fundadamente el riesgo de reiteración delictiva"

Foto: El abogado Agustín Martínez Becerra sale de la vista celebrada el pasado lunes en la Audiencia de Navarra para abordar la posible excarcelación provisional de La Manada. (EFE)
El abogado Agustín Martínez Becerra sale de la vista celebrada el pasado lunes en la Audiencia de Navarra para abordar la posible excarcelación provisional de La Manada. (EFE)

La Audiencia de Navarra defiende la puesta en libertad provisional de los integrantes de La Manada, condenados a nueve años de cárcel por un delito de abuso sexual con prevalimiento, porque el riesgo de fuga ha "perdido notablemente la fuerza" que en su día pudo tener y porque no existe riesgo de reiteración delictiva, ya que "ninguno" de los condenados "cuenta con antecedentes penales por delitos de naturaleza análoga o similar a aquel por el que vienen condenados", a pesar de que cuatro de ellos se encuentran incursos en otra causa penal por hechos análogos a los que han motivado su condena y que se están investigando ante un Juzgado de Pozoblanco". Además, sostiene que "la presión que se ha desatado" a raíz de los hechos sucedidos en los Sanfermines de 2016 "ha alimentado un rechazo social de tal magnitud respecto de los cinco acusados que ello permite cuestionar fundadamente ese hipotético riesgo de reiteración delictiva". A este respecto, también alude a "la pérdida de su anonimato", cuestiones que "hacen poco menos que impensable el referido riesgo de reiteración delictiva".

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Pinche en la imagen para leer el auto completo.

La auto de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra que decreta la puesta en libertad, notificado a primera hora de esta mañana a las partes, asegura que la "insolvencia de todos los condenados" hace que "carezcan todos ellos de medios para procursarse una fuga eficaz, instalándose en algún lugar en el que no pudieren ser hallados si tratasen de huir". Asimismo, alega que "tampoco se les conocen, ni se mencionan por las acusaciones, amistades o relaciones que pudieran proporcionarles la ayuda o los medios de los que ellos carecen", a lo que "cabe añadir que, siendo un hecho notorio que han perdido toda posibilidad de anonimato por la sobradamente conocida repercusión del caso, su localización, en cualquier caso, sería una tarea que se nos antoja fácil y al alcance de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FSE) sin mayor esfuerzo".

Para el tribunal, "argumentar la existencia de riesgo de fuga atendiendo en exclusiva a la gravedad de los hechos por los que se ha condenado a los acusados y la pena que les ha sido impuesta "si no de forma expresa, sí de forma implícita, parece perseguir, en contra de la doctrina constitucional, un fin no legítimo, como sería el meramente punitivo o de anticipación de la pena". Ademas, la Audiencia de Navarra refleja que "no ha cuestionado durante todo el procedimiento el arraigo familiar y social de todos los condenados", de modo que "no cabe ahora, por razón de haya recaído sentencia condenatoria, negárselo; como tampoco cabe seguir invocando el riesgo de fuga como un riesgo genérico y no concreto".

Foto:  Imagen del exterior de la cárcel de Pamplona donde se encuentras tres de los cinco miembros de La Manada. (EFE)

En relación al riesgo de reiteración delictiva, la Audiencia de Navarra asegura que "desconoce cuál sea la situación en la que se encuentra la instrucción" de la causa de Pozoblanco "más allá de que se inició en el mes de octubre de 2016", una vez se conocieron los hechos que tuvieron lugar en los Sanfermines de 2016 y por los que han sido condenados a nueve años de prisión. Ante esta otra causa -abusaron supuestamente de una chica que no era consciente de lo que estaba sucediendo- y de la que está excluido uno de los cinco condenados, Ángel Boza, el tribunal apunta que "ni siquiera ha sido dictado auto de procesamiento", de modo que "se trata por tanto de hechos 'sub iudice' que aún continúan en fase de investigación por razones que se desconocen y que ninguna de las acusaciones ha podido esclarecer".

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Cientos de personas concentradas en la plaza Sant Jaume de Barcelona para expresar su rechazo a dejar en libertad bajo fianza a los integrantes de La Manada. (EFE)

Entre sus argumentos, el tribunal alude a "la repercusión" que ha tenido el caso y "la presión que ha desatado", que "ha alimentado un rechazo social de tal magnitud respecto de los cinco acusados que ello permite cuestionar fundadamente ese hipotético riesgo de reiteración delictiva que, respecto de cuatro de ellos, se presume por las acusaciones, pues lo que todo ello hace presumir, en buena lógica, no son sino extraordinarias dificultades para que puedan desarrollar una vida social normalizada en libertad una vez regresen a su entorno familiar y social". Esto, "junto con la pérdida de su anonimato a que anteriormente hemos hecho referencia, hace poco menos que impensable el referido riesgo de reiteración delictiva".

"La presión ha alimentado un rechazo social de tal magnitud respecto de los cinco acusados que hace presumir las extraordinarias dificultades para desarrollar una vida social normalizada en libertad"

Por otra parte, asegura que "debe considerarse también que los acusados tienen su residencia a más de 500 kilómetros del lugar en el que reside la víctima [la Comunidad de Madrid] y que garantizar su tranquilidad y su sosiego es algo que entendemos puede procurarse mediante la adopción de medidas menos gravosas que la prolongación de la situación de prisión provisional". A este respecto, el tribunal ha impuesto a los condenados la obligatoriedad de comparecer en el juzgado de guardia de sus lugares de residencia tres días a la semana -los lunes, miércoles y viernes-, la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar el territorio nacional sin autorización judicial y de acudir a la Comunidad de Madrid. Igualmente, tienen prohibido entrar en comunicación con la joven, que en el momento de los hechos tenía 18 años.

En relación al caso de Pozoblanco, el auto refleja que los imputados "han cuestionado la licitud de las pruebas que dieron inicio a tales investigaciones" en base a que "el consentimiento otorgado al momento de su detención para el examen de sus teléfonos móviles, en los cuales fueron halladas las evidencias de las que trae su causa el procedimiento, nunca se otorgó para otra cosa que no fuera la investigación de los hechos que determinaron dicha detención y por tanto, la policía instructora se excedió respecto del fin para el que los mismos otorgaron tal consentimiento". Esta cuestión, según recuerda, "quedó finalmente sin resolver" por la Audiencia de Navarra "al declararse improcedentes" para el enjuiciamiento de los hechos ocurridos en los Sanfermines de 2016 "las pruebas de las que tal ilicitud se predicaba".

El riesgo de fuga y de reiteración delictiva han sido los argumentos que ha esgrimido la Audiencia de Navarra para rechazar hasta en tres ocasiones la puesta en libertad de La Manada. Sin embargo, ahora, una vez impuesta la condena, estos motivos no son para el tribunal razones de peso para que continúen en prisión. La decisión de la puesta en libertad provisional de los condenados a la espera de que se agote la vía judicial ha sido adoptada por el voto a favor de dos de los magistrados y el rechazo del presidente del tribunal Francisco José Cobo, que ha emitido un voto particular en el que defiende la prórroga de la prisión provisional hasta la mitad de la condena -esto es, cuatro años y medio-, el máximo permitido por la ley. Cobo y Raquel Fernandino se habían opuesto siempre a la puesta en libertad provisional de los integrantes de La Manada alegando riesgo de fuga y de reiteración delictiva, la última apenas nada más acabar el juicio, pero, ahora, tras la condena, la magistrada ha cambiado su criterio y se ha alineado con su compañero Ricardo González, quien durante todo el proceso ha apoyado la excarcelación de los cinco jóvenes sevillanos.

Raquel Fernandino, que se había opuesto a la libertad provisional hasta en tres ocasiones, se alinea ahora con su compañero Ricardo González y decanta la balanza

De este modo, José Ángel Prenda, Ángel Boza y Jesús Escudero, que permanecían en la la cárcel de Pamplona y Antonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo, que se encontraban en la prisión de Alcalá Meco, ya han recobrado la libertad tras abonar la fianza de 6.000euros que se les había impuesto a cada uno de ellos, pese a que la decisión de la Audiencia de Navarra puede ser recurrida y, de hecho, el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona, que actúan como acción popular en el caso, han anunciado su intención de plantear un recurso, si bien las posibilidades de que prospere son escasas.

La vista para decidir si se adoptaba la decisión de su puesta en libertad provisional o no tuvo lugar el pasado lunes a la vista de que el 7 de julio vencía el plazo de dos años establecido por la ley para la prisión provisional, si bien cumplido este periodo la ley contempla la revisión de cara a su posible ampliación hasta cumplir la mitad de la condena.. Las previsiones apuntan a que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra abordará los recursos en septiembre o octubre, si bien, sea cual sea su resolución, el caso llegará con casi toda seguridad al Tribunal Supremo, ya que las partes han confirmado que agotarán las vías judiciales.

La Audiencia de Navarra defiende la puesta en libertad provisional de los integrantes de La Manada, condenados a nueve años de cárcel por un delito de abuso sexual con prevalimiento, porque el riesgo de fuga ha "perdido notablemente la fuerza" que en su día pudo tener y porque no existe riesgo de reiteración delictiva, ya que "ninguno" de los condenados "cuenta con antecedentes penales por delitos de naturaleza análoga o similar a aquel por el que vienen condenados", a pesar de que cuatro de ellos se encuentran incursos en otra causa penal por hechos análogos a los que han motivado su condena y que se están investigando ante un Juzgado de Pozoblanco". Además, sostiene que "la presión que se ha desatado" a raíz de los hechos sucedidos en los Sanfermines de 2016 "ha alimentado un rechazo social de tal magnitud respecto de los cinco acusados que ello permite cuestionar fundadamente ese hipotético riesgo de reiteración delictiva". A este respecto, también alude a "la pérdida de su anonimato", cuestiones que "hacen poco menos que impensable el referido riesgo de reiteración delictiva".

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