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Violación en San Fermín: mantienen en prisión a 'La Manada' al haber riesgo de fuga
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Violación en San Fermín: mantienen en prisión a 'La Manada' al haber riesgo de fuga

La Audiencia de Navarra desestima los recursos de los cinco acusados de la supuesta violación grupal a una joven en las fiestas con el voto particular discrepante de uno de los tres magistrados

Foto: Los cinco integrandes de 'La Manada'.
Los cinco integrandes de 'La Manada'.

La Audiencia de Navarra ha desestimado los recursos interpuestos por las defensas de los cinco acusados de la supuesta violación grupal a una joven durante los Sanfermines de 2016 para lograr su libertad provisional y ha acordado mantener en prisión a todos ellos a la espera del juicio, al entender que existe riesgo de fuga y de reiteración delictiva.

Así lo ha acordado la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra en cinco autos fechados el pasado 14 de julio y que cuentan con el voto particular discordante de uno de los tres magistrados de la Sección, Ricardo Javier González, que aboga por decretar la libertad provisional de los cinco acusados bajo una fianza de 6.000 euros y con la imposición de determinadas obligaciones, como la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial con la obligación de hacer entrega del pasaporte ante el Juzgado de Guardia de su domicilio en las 48 horas siguientes a su puesta en libertad.

Uno de los tres jueces emite un voto particular en el que aboga por decretar la libertad provisional bajo fianza de 6.000 euros y varias obligaciones

Entre las "medidas cautelares alternativas" al mantenimiento en prisión provisional, este magistrado también plantea que los cinco jóvenes sevillanos comparezcan todos los lunes y viernes ante el Juzgado de Guardia de su domicilio y la obligatoriedad de que designen un domicilio donde puedan ser localizados, así como un teléfono de contacto, con advertencia expresa de que en el caso de no ser encontrados de inmediato, se expediría la correspondiente requisitoria.

José Ángel Prenda, Ángel Boza, Jesús Escudero, Antonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo permanecen en prisión desde hace un año tras violar supuestamente a una joven de 18 años natural de Madrid durante la primera noche de los Sanfermines de 2016. Aún no hay fecha para el juicio oral, si bien está previsto que se celebre en octubre.

Foto: Los cinco integrantes de 'La Manada'.

El auto, en el que han ejercicio de ponentes el presidente de la Sección, José Francisco Cobo, y los magistrados Ricardo Javier González y Raquel Fernandino, rechaza la puesta en libertad de los cinco acusados ante el “concreto peligro” de que “eludan la acción de la justicia”, dada la cercanía del juicio oral y las elevadas peticiones de condena, que alcanzan los 22 años y 10 meses de prisión en “su mínima expresión” (la solicitada por la Fiscalía). Este “dato objetivo” de la proximidad de la vista oral y la petición de cárcel con esta “contundencia” sirve a la Audiencia Nacional para mantener en prisión a los integrantes de ‘La Manada’ ante el riesgo de fuga.

El auto apunta al "concreto peligro" de que los cinco acusados "eludan la acción de la justicia" dada la cercanía del juicio y las altas peticiones de cárcel

Además, el auto asegura que “no se puede excluir el riesgo de reiteración delictiva, relacionada con la presunta dinámica comisiva, en una actuación grupal”. Estos dos riesgos, según sostiene, “están latentes, sin que los mismos queden impedidos por las circunstancias personales, familiares, económicas y de integración social” de los procesados a que aludían las defensas para justificar la pretensión de libertad provisional. “Realizando el juicio de ponderación, apreciamos que el alcance con el que concurren las dos finalidades mencionadas, determina que no pueda estimarse adecuada otra medida menos gravosa para la libertad, a fin de conjurar tanto el riesgo de fuga como el riesgo de reiteración delictiva, relacionada con la presunta dinámica comisiva, en una actuación grupal”, determina.

Foto: Una persona pasa por el portal donde tuvo lugar la presunta violación hace un año. (J. M. A.)

Sin embargo, el magistrado Ricardo Javier González discrepa de estos argumentos, por lo que ha emitido un voto particular en el que sostiene que “ni la supuesta y erróneamente vaticinada proximidad de la celebración del juicio ni la gravedad de las penas pueden por sí solas, en un caso en el que los procesados ya han cumplido un año de prisión provisional, constituir fundamento constitucionalmente admisible para la prolongación de su situación de pérdida de libertad”. Para sustentar sus argumentos, alude a la doctrina constitucional con la mención de varias sentencias del Tribunal Constitucional entre 1995 y 1997. Entre ellas, apunta al fallo 128/1995 con “amplia cita de sentencias” del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en que se razonó que el argumento del peligro de fuga “se debilita por el propio paso del tiempo y la consiguiente disminución de las consecuencias punitivas que puede sufrir el preso”. Igualmente, también apunta a varias resoluciones del TEDH para mostrar su rechazo al mantenimiento en prisión de los integrantes de 'La Manada'.

El magistrado discrepante dice que los argumentos para mantenerlos en prisión son "inconsistentes e insuficientes" y aluden a "fórmulas estereotipadas"

El magistrado deja constancia de que se ve en “la obligación” de mostrar su “discrepancia” respecto del mantenimiento en prisión de los cinco acusados al considerar que las razones del riesgo de fuga y de reiteración delictiva por las que se les ha negado la libertad provisional a la espera del juicio “son inconsistentes e insuficientes”, en la medida en que “responden a las mismas fórmulas estereotipadas” que ya se recogían en el auto de procesamiento del juzgado instructor y en la posterior resolución de la Sección 1ª de la Audiencia de Navarra que lo confirmó.

A este respecto, sostiene que si bien es “cierto” que estas fórmulas estereotipadas “pueden satisfacer en los momentos iniciales del procedimiento las exigencias de una motivación reforzada cuando se trata de resolver sobre la procedencia de una petición de prisión provisional”, estas “dejan de hacerlo cuando esta medida se prolonga, pues el simple transcurso del tiempo obliga a redoblar si cabe tales exigencias mediante un mayor esfuerzo argumentativo, que es lo que echo en falta en la resolución de la que discrepo”.

El voto particular reprocha que no se han ponderado las medidas alternativas que plantea y que suponen "garantía" de que el riesgo de fuga "no se producirá"

En este sentido, rechaza los argumentos del riesgo de fuga y de reiteración delictiva como fundamentos para negar la puesta en libertad de los cinco acusados, ya que, como expone, "se trata de una fundamentación excesivamente genérica y abstracta en la que no se hace el debido juicio de contraste sobre las circunstancias, personales y del caso, conforme exige el TEDH". Asimismo, reprocha que al margen de las circunstancias de la proximidad del juicio oral y de la gravedad de las penas solicitadas, "no se ha ponderado ningún otro factor del que pudiera inferirse racionalmente un riesgo de fuga", como "tampoco se ha ponderado adecuadamente si las medidas alternativas" que él propone "suponen garantía de que tal riesgo razonadamente no se producirá". Incluso, hace "especial mención" a que ha planteado como medidas cautelares alternativas al mantenimiento de la prisión provisional "el ofrecimiento de comparecencias incluso diarias o la prohibición de salir de un ámbito territorial concreto, medida esta última que, como una suerte de confinamiento, aunque suponga una menor afectación para el derecho a la libertad, ni siquiera está contemplada en nuestra legislación vigente como posible medida cautelar".

La Audiencia de Navarra ha desestimado los recursos interpuestos por las defensas de los cinco acusados de la supuesta violación grupal a una joven durante los Sanfermines de 2016 para lograr su libertad provisional y ha acordado mantener en prisión a todos ellos a la espera del juicio, al entender que existe riesgo de fuga y de reiteración delictiva.

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