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La primera sentencia del caso Villarejo tumba el delito clave de la macrocausa
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el tribunal niega que haya cohecho

La primera sentencia del caso Villarejo tumba el delito clave de la macrocausa

La Audiencia Nacional condena al comisario a 19 años de prisión, pero descarta que cometiera un delito de cohecho, el más grave de todos los que afronta en el casi medio centenar de piezas pendientes de juicio

Foto: El comisario José Manuel Villarejo, el pasado mayo, en Madrid. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)
El comisario José Manuel Villarejo, el pasado mayo, en Madrid. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)
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La sentencia de las tres primeras piezas separadas del caso Villarejo deja en el aire el futuro de la macrocausa. La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al comisario a 19 años de prisión, impone 13 a su socio Rafael Redondo y entre tres meses y dos años a otros nueve implicados. Pero el dictamen también absuelve a 16 procesados y, sobre todo, descarta la comisión de un delito de cohecho, el más grave de todos los que afrontaban los acusados. La decisión tendrá consecuencias en el casi medio centenar de diligencias del caso Villarejo que todavía deben pasar por el banquillo.

En este primer juicio, que afectaba a las piezas Iron, Land y Pintor, la Fiscalía Anticorrupción sostenía que varios empresarios pagaron al policía para que espiara y obtuviera información de mercantiles o individuos con los que mantenían algún tipo de disputa. Las entregas de dinero tuvieron lugar antes de junio de 2016, es decir, cuando Villarejo aún era miembro de la Policía Nacional, por lo que el agente encubierto y sus diferentes clientes estaban acusados de cometer varios delitos de cohecho.

La sentencia considera ahora demostrado que, efectivamente, Villarejo era funcionario en el momento de los pagos, pero afirma que "los actos llevados a cabo por el comisario no los realizó en el ejercicio de su cargo ni guardaban relación con sus actividades públicas". "La actividad desarrollada por el comisario en ningún caso tenía como finalidad menoscabar la legitimidad y los criterios de actuación de la Administración Pública, sino obtener unos mayores beneficios particulares, ofertando una serie de servicios de difícil consecución, cuanto menos por las vías legales", argumenta el tribunal, descartando así el cohecho pasivo.

Del mismo modo, el dictamen descarta que se pueda condenar a los clientes de Villarejo por cohecho activo porque, según los magistrados, "no existe pago de dádivas propias del delito de cohecho por la realización de actividades contrarias al ejercicio de quehaceres propios de su cargo [como policía]". "Villarejo actuaba en una esfera absolutamente privada, y no pública, aunque para conseguir las informaciones que los clientes de Cenyt [su oficina de investigación privada] le encargaban, este, que era su dueño, se aprovechara de su condición de funcionario público", expone la sentencia.

Foto: El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán. (EFE/Iberdrola)

Sin cohecho, las tres piezas separadas han quedado reducidas a procedimientos menores, más propios de un juzgado ordinario que de un tribunal con la envergadura y trascendencia de la Audiencia Nacional. La Fiscalía pidió inicialmente 109 años de cárcel para el policía y rebajó luego su cálculo a 83, pero la sentencia ha limitado finalmente la condena a solo 19. La desautorización al Ministerio Público parece notable.

En concreto, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal imputa al comisario cuatro delitos de revelación de secretos (uno de ellos, con cuatro años de prisión, y el resto, con tres) y dos delitos de falsedad documental (tres años de cárcel cada uno). La propia sentencia admite que cada delito de cohecho habría incrementado la pena de prisión de Villarejo en hasta siete años, pero desliza que los hechos probados estaban más cerca de un delito de estafa, una opción que no llegó a contemplar Anticorrupción.

Foto: El comisario jubilado José Manuel Villarejo. (EFE)

Con esta lectura de las entregas de dinero a Villarejo, el resto de piezas también se tambalea. El cohecho es precisamente el tipo penal que conecta casi todas las ramificaciones de este macroprocedimiento. En la mayoría, se investigan presuntos pagos de empresas y particulares al comisario para vigilar y espiar a todo tipo de oponentes o enemigos. Así ocurre, por ejemplo, en las piezas que afectan a Iberdrola, BBVA, Repsol y CaixaBank. Como en Iron, Land y Pintor, la Fiscalía mantiene que los implicados en esas otras causas también habrían cometido cohecho.

Sin embargo, si no es posible imputar este tipo penal, la relevancia de estas instrucciones no solo se diluirá automáticamente, sino que algunos episodios pueden quedar impunes. La presencia del cohecho ha permitido ampliar el horizonte temporal de la mayoría de las piezas separadas porque este delito no prescribe hasta los 10 años (puede llegar en algunos casos a los 12). Sin embargo, la revelación de secretos y la falsedad documental, por ejemplo, prescriben a los cinc.

Foto: El fiscal Miguel Serrano durante el primer juicio del caso Tándem.

Esta limitación no ha tenido efectos prácticos en Iron, Land y Pintor porque, en estas causas, se analizaban hechos relativamente recientes. Pero algunas piezas pendientes de juicio pivotan sobre supuestas operaciones de espionaje y pagos que habrían tenido lugar a comienzos de los años dos mil. Si no es posible atribuir un delito de cohecho, será difícil llevar al banquillo a los protagonistas de esas actuaciones. Las defensas ya han jugado la baza de la prescripción en la pieza de Iberdrola y han recurrido a estrategias similares en las piezas de BBVA y el naviero Pérez Maura, entre otras.

La Fiscalía recurrirá previsiblemente la sentencia, al igual que las defensas de los condenados. En cualquier caso, Villarejo no tendrá que cumplir los 19 años de cárcel. Las limitaciones en la aplicación efectiva de las condenas limitan su paso por prisión a un máximo de 12 años (el triple de la pena más alta), de los que ya habría cumplido casi cuatro en régimen de prisión provisional.

La sentencia de las tres primeras piezas separadas del caso Villarejo deja en el aire el futuro de la macrocausa. La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al comisario a 19 años de prisión, impone 13 a su socio Rafael Redondo y entre tres meses y dos años a otros nueve implicados. Pero el dictamen también absuelve a 16 procesados y, sobre todo, descarta la comisión de un delito de cohecho, el más grave de todos los que afrontaban los acusados. La decisión tendrá consecuencias en el casi medio centenar de diligencias del caso Villarejo que todavía deben pasar por el banquillo.

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