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El exfutbolista Iván Helguera marca un gol a Hacienda: "La inspección se excede"
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ESTIMA EN PARTE SU RECURSO

El exfutbolista Iván Helguera marca un gol a Hacienda: "La inspección se excede"

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid aplica la nueva doctrina del Supremo y rechaza que el exjugador tenga que tributar más por los pagos que el Valencia hizo a su agente

Foto: Iván Helguera, con la camiseta del Valencia en 2007. (Getty/PA Images/Nick Potts)
Iván Helguera, con la camiseta del Valencia en 2007. (Getty/PA Images/Nick Potts)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado parcialmente los recursos de Iván Helguera contra la Agencia Tributaria. En dos sentencias a las que ha tenido acceso El Confidencial, los magistrados dan por bueno su argumento de que la "inspección se excede" y descartan que tenga que tributar por los 195.000 euros que el Valencia pagó a su agente entre 2010 y 2013.

La tesis de la Agencia Tributaria se centraba en que el agente solo trabajaba para Helguera y no para el Valencia, por lo que en realidad se trataba de "pagos realizados por el club en nombre del jugador". Los inspectores concluyeron que el exfutbolista no había pagado el correspondiente IRPF por ese dinero y llevaron a cabo una nueva liquidación, imponiéndole a su vez una sanción de 108.226 euros.

Foto: Los jugadores del Atlético de Madrid celebran su victoria contra el Celta de Vigo. (EFE/Lavanderia)

Para justificar esta reclamación, Hacienda incidía en que el agente no solo había participado en su contratación por parte del Valencia, sino también en las negociaciones "con otro club de nacionalidad turca [Besiktas]" y en la "desvinculación del jugador con el Real Madrid". De hecho, el agente jugó un papel fundamental en su "desvinculación con el Valencia, no únicamente en la contratación, lo que carecería de sentido si este no representara efectivamente los intereses del jugador".

Los tribunales veían con buenos ojos esta clase de reclamaciones de Hacienda hasta el pasado febrero, cuando el Supremo sentó una nueva doctrina. El tribunal no entró en el fondo del debate, pero apuntó a un aspecto procedimental para concluir que deberían haber reclamado el dinero por otra vía. Según advirtió, la Agencia Tributaria no podía cuestionar la "naturaleza jurídica" de los contratos que firmaban los agentes de los jugadores con los clubes.

Foto: Xabi Alonso, en un partido con el Bayer Leverkusen. (EPA/Ronald Wittek)

Como ha ido informando El Confidencial en los últimos meses, esta nueva doctrina ya ha provocado la anulación de reclamaciones millonarias al Real Madrid, el Fútbol Club Barcelona y Atlético de Madrid, entre otros equipos. Sin embargo, aún quedaba por ver si los futbolistas también trataban de agarrarse a la misma para anular sus correspondientes liquidaciones por el IRPF y por el impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR).

"La Administración disocia los pagos efectuados por el club del contrato que, en apariencia, constituye su causa, que es el celebrado entre el agente o mediador y el club, para atribuir a dichos pagos una causa distinta, como es la retribución del jugador por los servicios prestados al club por jugar al futbol", explica el TSJM a la hora de dar la razón a Helguera. "Y lo hace de modo directo, excediéndose con ello en el ejercicio de la potestad de calificación que le corresponde".

Foto: Los jugadores del Valencia durante el partido contra el Espanyol del pasado mayo. (EFE/Biel Aliño)

El tribunal atiende así el recurso de Helguera en lo que se refiere a los pagos a su agente, pero, al mismo tiempo, confirma las irregularidades en torno a su empresa Inmosan Consulting: "La inspección imputa al recurrente, como rendimientos del capital mobiliario, ciertos pagos y atenciones efectuados por dicha sociedad, con fundamento en que los mismos no se destinan a la actividad de la misma, sino que tienen como objeto satisfacer necesidades o deseos del interesado", sostiene la sentencia.

Helguera trató de justificar algunos de estos "pagos y atenciones" y aseguró que no había llegado a utilizar "la Harley-Davidson que adquirió la sociedad" o que "las compras de botellas de vino tenían por finalidad la atención a los clientes", pero los magistrados consideran que se trata de "meras afirmaciones que resultan insuficientes". Según destaca la sentencia, la inspección también detectó "gastos en restaurantes y hoteles", así como entregas de bienes en sus propias viviendas.

Al estimar solo en parte el recurso de Helguera, el TSJM ordena que "se practiquen nuevas liquidaciones" en las que solo se tengan en cuenta estas últimas irregularidades y no los pagos que el club realizó a su agente. De esta manera, la reclamación quedará por debajo de los 146.252 euros que le reclamaba inicialmente la Agencia Tributaria, anulándose también la ya mencionada sanción de 108.226 euros.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado parcialmente los recursos de Iván Helguera contra la Agencia Tributaria. En dos sentencias a las que ha tenido acceso El Confidencial, los magistrados dan por bueno su argumento de que la "inspección se excede" y descartan que tenga que tributar por los 195.000 euros que el Valencia pagó a su agente entre 2010 y 2013.

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