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El juez del caso Negreira imputa a Laporta por cohecho por sus pagos al dirigente arbitral
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le entregó hasta 1,4 millones de euros

El juez del caso Negreira imputa a Laporta por cohecho por sus pagos al dirigente arbitral

El instructor del caso extiende la investigación hasta julio de 2008 e incorpora a las diligencias los pagos a Negreira de la primera etapa de Laporta como presidente del FC Barcelona

Foto: El presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, en una imagen de archivo. (Europa Press/Afp7/Marc Graupera Aloma)
El presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, en una imagen de archivo. (Europa Press/Afp7/Marc Graupera Aloma)

El instructor del caso Negreira ha acordado la imputación de Joan Laporta por los pagos del FC Barcelona al ex número dos de los árbitros durante su primera etapa como presidente del club, entre 2003 y 2010. El magistrado Joaquín Aguirre atribuye a Laporta un delito de cohecho y, subsidiariamente, uno de corrupción entre particulares en su modalidad deportiva, además de otros de administración desleal y falsedad documental, tras un recálculo del periodo de prescripción de la responsabilidad penal que extiende el periodo investigable hasta julio de 2008.

La imputación del presidente del Barça se extiende a todos los miembros de la junta directiva de su primer mandato que "tuvieran responsabilidad efectiva en la toma de la decisión de efectuar los pagos presuntamente ilícitos a los investigados José María Enríquez Negreira y su hijo Javier Enríquez Romero, a través de las sociedades Dasnil 95 SL, Nilsad SCP y Soccercam SL", según el auto del titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Barcelona, al que ha tenido acceso El Confidencial.

Foto: Joan Laporta en un acto del FC Barcelona el pasado septiembre. (EFE/Enric Fontcuberta)

Laporta se suma a los expresidentes Sandro Rosell (2010-2013) y Josep Maria Bartomeu (2013-2020), que están imputados desde el inicio del procedimiento. El informe inicial de la Agencia Tributaria que provocó la apertura del caso revela que el FC Barcelona pagó a Negreira y su hijo en 2004 —primer año completo de Laporta en la entidad— 67.625 euros. En 2005, las transferencias se redujeron a 29.629 euros, pero, al año siguiente, crecieron un 229% hasta situarse en 117.276 euros. Los abonos del Barça al entonces vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) siguieron aumentando, situándose en 209.500 euros en 2007, 223.555 euros en 2008, 331.062 euros en 2009 y 477.222 euros en 2010. En total, Laporta habría pagado hasta 1.455.869 euros.

El juez recuerda que todas esas entregas de dinero se efectuaron en una época en la que el dirigente arbitral de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) tenía un estatus equiparable al de un funcionario público. "Los pagos se prolongaron aproximadamente durante unos 18 años y fueron incrementándose desde los 70.000 € iniciales hasta los 700.000 € anuales", expone la resolución. "El FC Barcelona cesó en el pago tan pronto como Enríquez Negreira cesó como vicepresidente del CTA. Por deducción lógica, los pagos realizados por el FC Barcelona satisfacían los intereses del club en atención a su duración y al incremento anual", apuntalando la imputación del delito de cohecho.

Foto: El presidente del FC Barcelona, Joan Laporta. (EFE/Alejandro García)

"De aquí se deduce también", añade el magistrado, "que los pagos produjeron los efectos arbitrales deseados por el FC Barcelona, de tal manera que debió existir una desigualdad en el trato con otros equipos y la consiguiente corrupción sistémica en el conjunto del arbitraje español", tal y como ya habían apuntado otros autos dictados con anterioridad. "Dichos actos solo podían referirse a designaciones arbitrales tendenciosas o bien a admoniciones realizadas a los árbitros normalmente designados. A tal efecto, no debe olvidarse que el hijo del investigado Enríquez Negreira acompañaba a los árbitros durante su estancia en Barcelona cuando el FC Barcelona jugaba en el Camp Nou".

Hasta ahora, la causa llegaba como máximo hasta los pagos de 2013, al aplicar un plazo de prescripción de 10 años desde el momento en el que se admitió la querella de la Fiscalía el pasado marzo. Sin embargo, el juez Aguirre considera que ese cómputo de la prescripción es erróneo porque el Código Penal establece que, al tratarse de un delito continuado de cohecho por la existencia de múltiples pagos, la investigación debe retrotraerse 10 años desde el último hecho punible. Este se habría producido el 17 de julio de 2018, cuando el FC Barcelona efectuó presuntamente su último pago a Negreira, "por lo que en el caso del FC Barcelona, sus presidentes y directivos, llegamos a julio de 2008", argumenta el instructor.

Foto: La Ciudad del Fútbol de Las Rozas. (Reuters/Isabel Infantes)

Ese cálculo equivocado de la prescripción había permitido hasta ahora a Laporta, que volvió a la presidencia del club en marzo de 2021, librarse del caso Negreira. El club solicitó incluso ejercer la acusación particular contra sus sucesores en el cargo, Rosell y Bartomeu, por un presunto delito de administración desleal. Pero el magistrado rechazó esa posibilidad porque la propia entidad está imputada.

Además, apuntó que Laporta, responsable actual de los servicios jurídicos del club, habría cometido en su primer mandato los mismos hechos que trataba de atribuir a los presidentes que le reemplazaron, una maniobra que consideró un "fraude de ley" y contraria "a toda ética", y aseguró que el único motivo por el que no estaba imputado era la limitación temporal de las pesquisas. El nuevo cómputo de la prescripción sitúa ahora al actual presidente del FC Barcelona en el epicentro del caso Negreira.

El instructor del caso Negreira ha acordado la imputación de Joan Laporta por los pagos del FC Barcelona al ex número dos de los árbitros durante su primera etapa como presidente del club, entre 2003 y 2010. El magistrado Joaquín Aguirre atribuye a Laporta un delito de cohecho y, subsidiariamente, uno de corrupción entre particulares en su modalidad deportiva, además de otros de administración desleal y falsedad documental, tras un recálculo del periodo de prescripción de la responsabilidad penal que extiende el periodo investigable hasta julio de 2008.

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