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Un auto de la Audiencia de Madrid avala el cohecho en el caso Negreira: "La RFEF es pública"
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En el caso supercopa files

Un auto de la Audiencia de Madrid avala el cohecho en el caso Negreira: "La RFEF es pública"

La Audiencia Provincial de Madrid apeló al carácter público de la RFEF para respaldar las exclusivas de El Confidencial que desvelaron los negocios de Luis Rubiales y Gerard Piqué de los Supercopa Files

Foto: El presidente del Barça, Joan Laporta, junto al expresidente de la RFEF, Luis Rubiales. (Reuters/Albert Gea)
El presidente del Barça, Joan Laporta, junto al expresidente de la RFEF, Luis Rubiales. (Reuters/Albert Gea)
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Una resolución judicial de la Audiencia Provincial de Madrid avala la tesis del juez del caso Negreira, que ha imputado al FC Barcelona y a varios exdirectivos del club un delito de cohecho por pagar más de siete millones de euros al exvicepresidente de los árbitros José María Enríquez Negreira. El magistrado Joaquín Aguirre sostiene que la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) es una entidad privada, pero de naturaleza pública, y que, por tanto, cuando se produjeron los pagos, el dirigente arbitral tenía un estatus equiparable al de cualquier funcionario o autoridad pública.

Este criterio, clave para la imputación de cohecho, ha sido discutido por los acusados. Alegan que la Federación no puede ser considerada en ningún caso una entidad pública y que Negreira desempañaba una responsabilidad de carácter deportivo. A su juicio, los supuestos sobornos solo podrían ser investigados como un presunto delito de corrupción entre particulares en su modalidad deportiva, un tipo penal más complejo y que conlleva penas menores que el cohecho. Así lo sostiene, por ejemplo, el expresidente del Barça Josep María Bartomeu en un recurso presentado esta misma semana.

Foto: El exárbitro José María Enríquez Negreira en una imagen de 1990. (EFE)

Sin embargo, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid emitió una resolución en septiembre de 2022 que puede zanjar el debate. Se trata de un auto que dio respuesta a un recurso presentado precisamente por la propia RFEF. La institución solicitó en un juzgado de Pozuelo de Alarcón (Madrid) que se embargara y censurara toda la información en poder de El Confidencial sobre el escándalo de los Supercopa Files, la trama sobre los presuntos negocios de Luis Rubiales y Gerard Piqué desvelada por este diario.

El juzgado de Pozuelo de Alarcón denegó las medidas cautelares pedidas por la RFEF y esta recurrió la decisión argumentando que se trataba de una entidad privada y que las noticias publicadas constituían un delito de revelación de secretos. Pero la Audiencia Provincial de Madrid no solo acabó rechazando de plano las medidas solicitadas por Rubiales y su equipo, sino que avaló la relevancia de las noticias y resolvió que en ningún caso se podía considerar que la Federación sea un organismo de naturaleza privada.

"En relación a la alegación de la parte recurrente de que la RFEF no es una institución pública sino privada", recoge el auto, "la propia información institucional [de la RFEF destaca que] es de utilidad pública, estando regida por la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, teniendo competencia en todo el territorio del Estado para el gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación del deporte estrella por excelencia, el fútbol, ostentando además la representación de España en las actividades y competiciones de carácter internacional celebradas dentro y fuera del territorio del Estado; siendo también de su competencia la selección de los futbolistas que hayan de integrar cualquiera de los equipos nacionales".

Foto: Joan Laporta a la llegada de una Asamblea de la Liga. (EFE/Javier Lizón)

Asimismo, los magistrados de la Sección Quinta recordaron que la RFEF también "ejerce la potestad disciplinaria deportiva sobre los clubes y sus futbolistas, técnicos y directivos; sobre los árbitros; y, en general, sobre todas aquellas personas o entidades que, estando federadas, desarrollan funciones, ejercen cargos o practican su actividad en el ámbito estatal" y que, para ello, "se nutre anualmente de subvenciones de índole pública que debe gestionar conforme a la ley de subvenciones". "Por tanto", concluyó la Audiencia Provincial, "es claro que ejerce funciones de notorio interés general y de carácter público por delegación con una trascendencia que supera con creces a una entidad privada".

Su defensa del carácter público de la entidad se extendió también a Rubiales, a quien diferenció de Piqué para dejar claro que su condición de personaje público no venía dada por una cuestión de exposición mediática, sino por su relevancia institucional. En concreto, los jueces avalaron la idoneidad de las revelaciones publicadas por El Confidencial, “siendo información de interés general al afectar a personas con cargos públicos como el señor Rubiales, o con notoriedad como el señor Piqué, y a una institución pública como es la RFEF”.

Esa es la misma lectura que ha hecho el titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Barcelona para enmarcar a Negreira en las limitaciones propias de un funcionario público y acusar por cohecho a los implicados, que únicamente exige que se demuestre una promesa u ofrecimiento de dinero, regalo o dádiva a una autoridad para que trate de cometer alguna arbitrariedad relacionada con el ejercicio de sus competencias. En el caso que afecta al FC Barcelona, no solo habría existido una oferta, sino que está acreditado que entregó 7,3 millones de euros a Negreira entre 2001 y 2018.

Los implicados se exponen a penas de hasta seis años de cárcel únicamente por el cohecho. También se ciernen sobre ellos imputaciones por blanqueo de capitales, falsedad documental y administración desleal.

Una resolución judicial de la Audiencia Provincial de Madrid avala la tesis del juez del caso Negreira, que ha imputado al FC Barcelona y a varios exdirectivos del club un delito de cohecho por pagar más de siete millones de euros al exvicepresidente de los árbitros José María Enríquez Negreira. El magistrado Joaquín Aguirre sostiene que la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) es una entidad privada, pero de naturaleza pública, y que, por tanto, cuando se produjeron los pagos, el dirigente arbitral tenía un estatus equiparable al de cualquier funcionario o autoridad pública.

Caso Negreira
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