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El juez del caso Negreira rechaza el "fraude de ley" de Laporta: "También efectuó pagos"
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Se opone a la personación del club

El juez del caso Negreira rechaza el "fraude de ley" de Laporta: "También efectuó pagos"

El magistrado recuerda a Joan Laporta que también pagó al dirigente arbitral y que el único motivo por el que no está imputado en el procedimiento es la prescripción del delito de cohecho por los años que han transcurrido

Foto: Joan Laporta en un acto del FC Barcelona el pasado septiembre. (EFE/Enric Fontcuberta)
Joan Laporta en un acto del FC Barcelona el pasado septiembre. (EFE/Enric Fontcuberta)

El instructor del caso Negreira, el magistrado Joaquín Aguirre, ha dictado un auto en el que rechaza la personación del FC Barcelona como acusación particular al concluir que esa petición constituye un "fraude de ley" y que el actual presidente del club, Joan Laporta, habría participado en los mismos pagos al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros que ahora pretende reprochar a sus antecesores en el cargo, según recoge la resolución, a la que ha tenido acceso El Confidencial.

Los servicios jurídicos del club habían solicitado personarse en el procedimiento para acusar a los expresidentes Josep María Bartomeu y Sandro Rosell de un delito de administración desleal. Pero el juez considera que la maniobra carece de lógica. Reconoce que hasta el momento no se ha atribuido a Laporta "la comisión de ningún delito", pero señala que el único motivo por el que no está imputado es "la aplicación de las reglas de la prescripción delictiva".

Foto: La Ciudad del Fútbol de Las Rozas. (Reuters/Isabel Infantes)

En ese sentido, el juez recuerda que el actual presidente del club blaugrana también efectuó "pagos a la familia Negreira a través de las sociedades que estos utilizaron como interpuestas". "Por tanto, la conducta de Laporta a este respecto es idéntica a la de los presidentes posteriores".

Ante tales circunstancias, la resolución argumenta que la admisión de la solicitud del Barça atentaría "gravemente contra el espíritu ético" de las normas aplicables a la personación, teniendo en cuenta "que el actual presidente del FC Barcelona es el que designa, bien directamente, bien a través de otras personas de menor rango, a quienes componen el equipo jurídico que representa el FC Barcelona en las presentes diligencias previas".

Foto: El presidente del Barça, Joan Laporta, junto al expresidente de la RFEF, Luis Rubiales. (Reuters/Albert Gea)

"Resulta contrario a toda ética que quien cometió unos actos idénticos a los de los posteriores presidentes pretenda personarse en la causa ejerciendo la acusación particular bajo el instrumento jurídico del FC Barcelona", añade el juez, "como si este fuera una entidad abstracta con un 'yo' propio ajeno al de los directivos del club".

El auto es contundente con el máximo responsable del Barça. No es admisible que Laporta acuse a los presidentes Rosell y Bartomeu por el delito de administración desleal cuando existen indicios sobrados de que Laporta cometió los mismos hechos. Dichos hechos consisten en haber pagado el FC Barcelona abultadas cantidades de dinero a José María Enríquez Negreira por tratarse de uno de los vicepresidentes del Comité Técnico de Árbitros de la Real Federación Española de Fútbol.

Foto: Josep Maria Bartomeu, el pasado septiembre. (EFE/Alejandro García)

El auto también plantea que la personación de la entidad en el procedimiento presenta deficiencias teóricas porque, desde hace semanas, el propio club como persona jurídica está imputado en la causa por un delito de cohecho. Para tratar de sortear la contradicción que supondría acusarse a sí mismo, los abogados del Barça pretendían arremeter contra los antecesores de Laporta únicamente por el delito de administración desleal. Pero el juez concluye que este movimiento también vulnera la "técnica jurídica".

En concreto, el magistrado explica que la administración desleal actuaría en estos hechos como un delito medial para incurrir en otros, como el cohecho o la corrupción entre particulares en su modalidad deportiva. "No es posible admitir la personación del FC Barcelona como parte acusadora solo por el delito de administración desleal, dado que dicho delito constituyó el medio para cometer otros (…). La parte que pretenda personarse debe acusar por el concurso de delitos, globalmente considerado, y no solo por el delito medial".

El instructor del caso Negreira, el magistrado Joaquín Aguirre, ha dictado un auto en el que rechaza la personación del FC Barcelona como acusación particular al concluir que esa petición constituye un "fraude de ley" y que el actual presidente del club, Joan Laporta, habría participado en los mismos pagos al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros que ahora pretende reprochar a sus antecesores en el cargo, según recoge la resolución, a la que ha tenido acceso El Confidencial.

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