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Los médicos planean un alud de demandas económicas por su desprotección frente al virus
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BULLEN LOS CHATS JURÍDICOS

Los médicos planean un alud de demandas económicas por su desprotección frente al virus

Los sindicatos estudian la sentencia contra la Conselleria de Sanidad valenciana para usarla en procedimientos de toda España. Otro fallo inminente podría reforzar su tesis

Foto: Técnicos en radiología en el hospital de Albacete, dos de ellas ataviadas con una protección hecha de bolsas de basura. (Cedidas)
Técnicos en radiología en el hospital de Albacete, dos de ellas ataviadas con una protección hecha de bolsas de basura. (Cedidas)
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El colectivo de médicos se prepara para presentar un aluvión de nuevas demandas contra los servicios de salud de las comunidades autónomas tras la sentencia del juzgado de lo social de Alicante que ha condenado a la Consejería valenciana de Sanidad a indemnizar con entre 5.000 y 49.180 euros a 154 facultativos por ausencia de material de protección contra el covid. El fallo agitó ayer el chat de los abogados de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), cuya federación valenciana es la que ha impulsado la acción en la jurisdicción social. No es la única. Solo en la Comunidad Valenciana, cerca de 400 facultativos están pendientes de la resolución de denuncias similares en juzgados de Valencia, Benidorm o Elche, algunas ya vistas para sentencia. Los sindicatos han comenzado ya a estudiar el fallo con la intención de ampliarlo a otros muchos casos.

Lo mismo ocurre en diversos territorios. Algunas de las denuncias han ido prosperando y otras han sido rechazadas. Es el caso de Murcia, cuyos médicos no han tenido la misma suerte que los alicantinos y se han encontrado con la desestimación de sus reivindicaciones. En jurisdicciones como Aragón o Euskadi sí obtuvieron el amparo de los tribunales, pero estos no fijaron cuantías económicas como compensación porque los facultativos denunciaron de forma genérica que la situación de desprotección afectó a sus derechos fundamentales. No abrieron en esos casos la vía de reclamar una compensación económica por el impacto derivado del incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Foto: Varias imágenes de las batas y protecciones que deben usar los enfermeros.

Esa es la novedad de la sentencia alicantina, que alienta ahora a otros muchos médicos. La Conselleria de Sanidad ya contempla recurrir al entender que se produjo una situación excepcional por la pandemia y que hizo todo lo posible por obtener el material en los primeros meses de irrupción del virus. La alternativa hubiera sido, defiende, que los profesionales sanitarios hubieran dejado de atender a los enfermos. El juez de Alicante admite esta circunstancia, pero aun así insiste en que la desprotección se produjo y, por tanto, la obligación del empleador, en este caso la Administración Pública, es indemnizar por el incumplimiento de las obligaciones laborales.

Ante el impacto económico que puede tener en las cuentas públicas una proliferación de reclamaciones dinerarias, el ‘president’ de la Generalitat, Ximo Puig, ha defendido el recurso judicial en defensa del “interés general”, aunque reclamó disculpas a los profesionales. Fue una situación anómala "absolutamente sobrevenida", insistió. En el resto de comunidades autónomas, aún ven el riesgo para sus arcas como algo hipotético y no como un riesgo inmediato.

Foto: La 'consellera' de Sanidad, Ana Barceló. (EFE/Biel Aliño)

La posibilidad de que las demandas económicas se extiendan por todo el país es real, según admiten desde CESM, cuyos abogados ya están estudiando el nuevo fallo para emplearlo como argumento jurídico. Un hito importante podría producirse en breve, cuando se conozca la sentencia del juzgado de lo social de Valencia. Si coincide con el fallo de Alicante, serán ya dos los jueces que abran la vía de las reclamaciones de indemnización. La Generalitat presentará su recurso en la siguiente instancia, el Tribunal Superior de Justicia autonómico. Todo indica que el conflicto terminará ventilándose en el Tribunal Supremo y sentará jurisprudencia.

El pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ya examinó dos recursos de casación en materia de medidas de prevención de riesgos laborales en relación con el covid, en el ámbito del Servicio Vasco de Salud y de la Ertzaintza, respectivamente. En febrero del año pasado, ratificó las sentencias recurridas de la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco que habían considerado lesionados los derechos fundamentales de los trabajadores públicos. Sin embargo, al tratarse precisamente de casos de derechos fundamentales, no se fijaron indemnizaciones. Con todo, los sindicatos ven ese reconocimiento de la desprotección como una primera señal de la opinión de los magistrados.

Foto: Técnicos en radiología en el hospital de Albacete, dos de ellas ataviadas con una protección hecha de bolsas de basura. (Cedidas)

Individualizadas

Las nuevas demandas tienen que ser individualizadas. Cada médico, enfermero o técnico sanitario tendrá que acreditar su situación personal de desprotección en su acción judicial. El Supremo ha reconocido a los sindicatos la legitimidad de presentar demandas conjuntas de profesionales, pero detallando caso por caso cada circunstancia. La CESM no es la única confederación sindical que está estudiando multiplicar la demandas judiciales. Otras centrales como el CSIF, que mantiene vivos varios recursos, también lo están analizando. Fuentes sindicales reconocen que la resolución alicantina supone un punto de inflexión que puede incluso abrir la puerta a la compensación para otros colectivos esenciales que trabajaron durante las primeras semanas de la pandemia sin las debidas medidas.

Advierten, no obstante, de que hay que mostrarse cauto. Por el momento esperarán los próximos acontecimientos a la espera de que esta postura alcance firmeza. Por ejemplo, desde la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO) se está pendiente de ver cómo termina el proceso tras el recurso de la Administración valenciana. "Habrá que esperar a ver qué ocurre definitivamente", indican.

Foto: Algunos de los recursos que el personal sanitario de Madrid usa ahora para protegerse. (EC)

Existen, además, dudas de si llegan a tiempo. La jurisdicción social establece un plazo de un año de prescripción para las reclamaciones económicas. Pero hay sentencias que se inclinan por ampliar este periodo a los cuatro años para los funcionarios públicos, en línea con el plazo del que disfruta cualquier ciudadano para exigir una deuda económica a la Administración Pública.

La sentencia de Alicante ha llegado como empuje en un momento en que el sentimiento general de los demandantes era de frustración por la lentitud con que avanzan los procedimientos. En diciembre de 2020, el Supremo cerró la puerta a abrir causa contra cargos públicos aforados como el presidente o el ministro de Sanidad por carecer de indicios directos de su responsabilidad en estos fallos que se tradujeron en muertes en muchas ocasiones. Precisó entonces, sin embargo, que al menos tres de las cuestiones denunciadas debían ser investigadas por la Justicia ordinaria. El alto tribunal se refirió en concreto a los hechos vinculados con la falta de material de protección para colectivos que se encontraban en primera línea de lucha contra el virus —médicos, enfermería, fuerzas de seguridad del Estado...—, las compras fraudulentas de test o mascarillas y la gestión de las residencias. Desde entonces, la mayoría de los procedimientos se encuentran inmersos en el laberinto de los tribunales.

Foto: Hospital La Paz, en Madrid. (Reuters)

El Juzgado de lo Social número 5 aceptó la categorización realizada por CESM, que agrupó previamente a los trabajadores en cuatro categorías de afectados por un incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. En primer lugar, se encontraban aquellos que prestaron servicio en aquellos días sin protección, pero también sin contagio ni cuarentena por carecer de este material esencial; en segundo, los que prestaron servicios sin contagio, pero con cuarentena por contacto con personas que han padecido la infección; en tercero, aquellos que se contagiaron y se sometieron a cuarentena en domicilio con periodo de incapacidad temporal, y en cuarto, los que prestaron servicios con contagio y hospitalización con periodo de incapacidad temporal.

Para la primera de las categorías, el fallo establece una compensación de 5.000 euros que se incrementan a 15.000 en la segunda, a 35.000 euros en la tercera y llegan al tope de 49.180 euros en la última. Los médicos reclamaban 60.000 euros para la cuarta situación, pero la cifra ha sido rebajada por el juez Ricardo Barrio Martín. Las indemnizaciones han sido fijadas sobre la base de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Como un círculo que se cierra, es más que previsible que la cuestión llegue al Supremo en los próximos meses y sea este quien decida si la compensación procede o no.

El colectivo de médicos se prepara para presentar un aluvión de nuevas demandas contra los servicios de salud de las comunidades autónomas tras la sentencia del juzgado de lo social de Alicante que ha condenado a la Consejería valenciana de Sanidad a indemnizar con entre 5.000 y 49.180 euros a 154 facultativos por ausencia de material de protección contra el covid. El fallo agitó ayer el chat de los abogados de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), cuya federación valenciana es la que ha impulsado la acción en la jurisdicción social. No es la única. Solo en la Comunidad Valenciana, cerca de 400 facultativos están pendientes de la resolución de denuncias similares en juzgados de Valencia, Benidorm o Elche, algunas ya vistas para sentencia. Los sindicatos han comenzado ya a estudiar el fallo con la intención de ampliarlo a otros muchos casos.

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