Es noticia
El Supremo ve delito en parte de la gestión del covid y pide investigar
  1. España
no coincide con la postura de la Fiscalía

El Supremo ve delito en parte de la gestión del covid y pide investigar

Remite las querellas a los juzgados ordinarios para investigar la omisión de medidas de seguridad para sanitarios o policías y las muertes de ancianos en residencias, entre otros aspectos

Foto: Sanitarios de la 5º planta del Hospital de San Pedro, de Logroño. (EFE)
Sanitarios de la 5º planta del Hospital de San Pedro, de Logroño. (EFE)

El Tribunal Supremo no coincide con la Fiscalía en cuanto a la existencia de delito en la gestión del covid-19 por parte de las administraciones públicas. En un auto notificado este viernes, considera que determinadas conductas durante la pandemia deben ser investigadas, en contra del criterio del Ministerio Público, que apostaba por un archivo generalizado de las querellas y denuncias presentadas. El alto tribunal solicita así que se investiguen al menos aquellas basadas en la falta de material de protección para colectivos sensibles como el médico, las compras fraudulentas de test o mascarillas y la gestión de las residencias.

Pese a ver indicios de irregularidades, el Supremo no determinará quiénes son los responsables de las mismas y reclama la apertura de una investigación para la que no se ve competente. Remite para ello a los tribunales ordinarios los procedimientos para su instrucción y serán estos los que decidan si es necesario proceder contra los responsables y quiénes fueron. Las irregularidades que aprecia no afectan solo a la gestión del Ejecutivo central, ya que la relativa a los centros de la tercera edad también implica a gobiernos regionales como el madrileño.

En concreto, a lo largo de 93 páginas, los magistrados señalan que cuando las diligencias que practiquen esos juzgados evidencien la existencia de indicios de responsabilidad contra algún aforado, será el momento de que el juez de instrucción, en su caso, eleve una exposición razonada sobre ellos al Supremo. También destaca que existen otras formas de reparación al alcance de las víctimas en otros órdenes -como el contencioso- donde son indemnizables los daños ligados al funcionamiento anormal de un servicio público, o el civil, por acciones u omisiones en que haya habido culpa o negligencia.

Foto: Personal sanitario se prepara para atender a los pacientes de Ifema. (EFE)

La postura contrasta con la de los fiscales, que se inclinaron por pedir un rechazo del medio centenar de querellas y denuncias contra miembros del Gobierno y autoridades sobre el covid-19 que fueron llegando al alto tribunal. La Sala Segunda, encargada de los asuntos penales, pidió a principios de julio un informe a la Fiscalía sobre la conveniencia o no de admitirlas a trámite. Este criterio no ata, sin embargo, al de la sala, que no comparte la argumentación.

[Consulte aquí el auto al completo]

Las querellas y denuncias iban dirigidas contra el presidente del Gobierno y otros miembros del Ejecutivo, así como presidentes de comunidades autónomas, todos ellos con fuero, es decir, su investigación y en su caso su enjuiciamiento son potestad del Tribunal Supremo. Sin embargo, el Supremo no ha abierto causa contra ninguno y se limita a derivar. Los hechos denunciados se refieren, sobre todo, a la supuesta vinculación entre decisiones de las autoridades y la transmisión del coronavirus.

Foto: La fiscal general Dolores Delgado en la apertura del año judicial. (EFE)

En esta mezcolanza de escritos que llegaron al alto tribunal, hay acontecimientos muy diversos. Aunque los denunciados suelen ser los mismos —desde el presidente del Gobierno hasta el ministro de Sanidad y el resto de miembros del Ejecutivo, pasando por la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, también aforada en el TS—, los delitos varían. Homicidio imprudente, lesiones imprudentes, prevaricación, omisión del deber de socorro, imprudencia grave, delito contra la seguridad de los trabajadores...

placeholder Fachada del Tribunal Supremo. (EFE)
Fachada del Tribunal Supremo. (EFE)

Los magistrados señalan que cuando las diligencias que practiquen esos juzgados evidencien la existencia de indicios de responsabilidad contra algún aforado, será el momento de que el juez de instrucción, en su caso, eleve una exposición razonada sobre ellos al Supremo. "Esta complejidad no exime, desde luego, de realizar el juicio de autoría cuando así quede acreditado. Pero, en ningún caso, puede desembocar en atribuciones objetivas de responsabilidad por el mero hecho de la posición o cargo que una persona concreta ostente en la organización, por muy alto que este sea. De hacerlo así vulneraríamos de manera flagrante el principio de culpabilidad", indica.

Foto: Pedro Sánchez. (EFE)

Entre unas querellas y otras, también cambian los hechos. Se ha estudiado una amalgama heterogénea que va de las manifestaciones celebradas en los días previos a la declaración del estado de alarma al retraso en la compra y distribución de material de protección y sus consecuencias, de la carencia de test efectivos a la falta de control de las residencias de mayores, de la 'selección' de pacientes en las UCI y el rechazo a los mayores a las presentadas por declaraciones públicas, más o menos desafortunadas, de cargos públicos.

Los juzgados indagarán en las muertes en residencias, la eventual omisión de medidas de seguridad, si hubo malversación...

Pese a ello, según explica el auto, las investigaciones de los juzgados ordinarios deberán incidir ahora en las muertes en residencias de la tercera edad, en la eventual omisión de las medidas de seguridad que se brindaron a los profesionales sanitarios o a los policías, y a una posible malversación de fondos públicos en la contratación de materiales fallidos o fraudulentos para combatir la pandemia.

"Es necesario que existan datos objetivos que permitan imputar los concretos resultados lesivos producidos en cada caso y sobre cada persona afectada, lo que exige la evaluación, aunque sea provisional, de las circunstancias concretas en la que estos resultados se produjeron", explica el tribunal. En cuanto a las muertes de ancianos en residencias, incide en que debe investigarse si "esos fallecimientos estuvieron asociados a decisiones políticas, administrativas o de gestión y si aquellas son susceptibles de reproche penal", así como "el origen y la autoría de resoluciones prohibitivas que impidieron que esas personas fueran trasladadas a centros sanitarios".

El Tribunal Supremo no coincide con la Fiscalía en cuanto a la existencia de delito en la gestión del covid-19 por parte de las administraciones públicas. En un auto notificado este viernes, considera que determinadas conductas durante la pandemia deben ser investigadas, en contra del criterio del Ministerio Público, que apostaba por un archivo generalizado de las querellas y denuncias presentadas. El alto tribunal solicita así que se investiguen al menos aquellas basadas en la falta de material de protección para colectivos sensibles como el médico, las compras fraudulentas de test o mascarillas y la gestión de las residencias.

Tribunal Supremo Pedro Sánchez Isabel Díaz Ayuso
El redactor recomienda