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Día clave en Europa para la banca y los afectados por las cláusulas suelo
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CONCLUSIONES DE LA ABOGADA GENERAL EUROPEA

Día clave en Europa para la banca y los afectados por las cláusulas suelo

Este jueves, 18 de enero, es clave para la banca y para miles de afectados que aún siguen reclamando la devolución de las cantidades abonadas de más por las cláusulas suelo

Foto: Vista del exterior del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. (DPA/Arne Immanuel Bänsch)
Vista del exterior del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. (DPA/Arne Immanuel Bänsch)

Este jueves, 18 de enero, es un día clave para la banca y para miles de afectados que aún siguen reclamando la devolución de las cantidades abonadas de más por las ya famosas cláusulas suelo. La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncia sobre la macrodemanda por cláusulas suelo abusivas en préstamos hipotecarios presentada por la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros (Adicae) contra 101 bancos y cajas españoles.

En concreto, la abogada general deberá pronunciarse sobre dos cuestiones prejudiciales planteadas por el Supremo ante el TJUE. En primer lugar, el Supremo pide a la Justicia europea que aclare si una acción colectiva, como la llevada a cabo por Adicae, que se resume a un control abstracto de una cláusula contractual, es apropiada para examinar la transparencia de las cláusulas suelo, ya que, entiende el alto tribunal español, este examen requeriría de una apreciación concreta de todas las circunstancias que rodearon la celebración del contrato.

El TJUE podría tumbar la 'macrodemanda' colectiva de Adicae contra más de 100 bancos

"Es una cuestión procesal, es decir, si el juicio de transparencia para determinar la abusividad de las cláusulas suelo es posible hacerlo en abstracto y con una pluralidad de consumidores o si es necesario hacerlo individualmente, es decir, consumidor a consumidor, en función de sus circunstancias subjetivas y de la información que se le facilitará a cada uno. De considerarlo así, el TJUE tumbaría la demanda colectiva de Adicae", explica a El Confidencial Marisa Protomártir, directora jurídica de la asociación de usuarios financieros Asufin.

"Esto implicaría que para poder recuperar su dinero, los consumidores tendrían que desistir de la demanda colectiva y volver a empezar con una demanda individual", añade Protomártir.

En palabras del Tribunal Supremo, es "extremadamente complejo" poder concluir que se puede hacer un control de transparencia unívoco de estas cláusulas cuando una acción colectiva se refiere "a miles de cláusulas predispuestas por decenas de entidades bancarias diferentes, durante un largo periodo de tiempo, sometidas a cambios legislativos en cuanto a su formulación y sin posibilidad de contrastar la información precontractual ofrecida en cada caso a los consumidores".

Foto: El TJUE avala restituir de oficio todo lo pagado por las cláusulas suelo . ILUSTRACIÓN: RAÚL ARIAS

En segundo lugar, el Supremo ha preguntado al TJUE si es posible caracterizar al consumidor medio, ya que, aunque la jurisprudencia del TJUE se refiere a este como un consumidor normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, considera el Supremo que "el nivel de atención y de perspicacia de un consumidor puede variar en función de datos legales, de exigencias publicitarias nacionales o sectoriales o incluso de elementos de la lengua propia utilizada en la información comercial suministrada, que pueden marcar una exigencia diferente de diligencia informativa y de advertencia en el consumidor".

El Supremo considera que estas cláusulas suelo han impactado a "grupos muy heterogéneos de consumidores", de modo que sería "muy difícil" adoptar un criterio sobre la base del concepto de consumidor medio al llevar a cabo el examen de la transparencia de las cláusulas.

Las conclusiones de la abogada general no son vinculantes para el tribunal europeo, que dictará sentencia más adelante, si bien, en la mayoría de los casos, suelen coinciden con el fallo definitivo del TJUE. De ahí la relevancia de conocer hacia dónde se inclina la balanza de las cláusulas suelo: si hacia el lado de la banca o de los consumidores.

Una larga batalla judicial

En noviembre de 2010, Adicae presentó ante el Juzgado de lo Mercantil 11 de Madrid una acción colectiva de cesación contra 44 entidades bancarias por las cláusulas suelo en los contratos de crédito hipotecario de interés variable. Estas cláusulas suelo imponían un tipo de interés mínimo a dichas hipotecas, impidiendo a miles de hipotecados beneficiarse de la fuerte bajada que experimentó el euríbor hace unos años.

En aquella macrodemanda, que posteriormente fue ampliada hasta 101 entidades, es decir, la totalidad del mercado financiero español, se pedía que se condenase a los bancos a reembolsar las cantidades abonadas de más como consecuencia de estas cláusulas. Según el TJUE, fueron 820 los consumidores que se personaron individualmente en apoyo de las pretensiones de Adicae.

Foto: El TC dice que la banca sí deberá pagar las costas judiciales por las cláusulas suelo. (iStock)

La demanda fue estimada parcialmente en primera instancia, salvo para tres entidades (BBVA, Abanca y Cajas Rurales Reunidas). Así, el juzgado declaró la nulidad de estas cláusulas, ordenó la supresión de las mismas y el cese de su uso de manera no transparente, aunque determinó que siguieran en vigor los contratos en cuestión. Las entidades bancarias fueron, además, condenadas a reembolsar las cantidades indebidamente cobradas en aplicación de las citadas cláusulas a partir del 9 de mayo de 2013, fecha de la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo nº 241/2013. Es decir, limitaba el carácter retroactivo de las devoluciones.

En este punto, cabe recordar que el Supremo confirmó el carácter abusivo de las cláusulas suelo, debido a la falta de transparencia material, y declaró su nulidad. No obstante, basándose en el principio de seguridad jurídica, limitó los efectos de su sentencia a partir de la fecha de publicación de la misma, de modo que solo deberían ser restituidas las cantidades indebidamente abonadas sobre la base de dichas cláusulas con posterioridad al 9 de mayo de 2013, lo que le valió un fuerte tirón de orejas por parte del TJUE, que en su sentencia del 21 de diciembre de 2021 señaló que la jurisprudencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es incompatible con el derecho de la Unión Europea.

Las entidades bancarias apelaron entonces la sentencia del juzgado de primera instancia, y fue la Audiencia Provincial de Madrid la que desestimó la mayoría de estos recursos de apelación. En cambio, sí estimó en parte el de Banco Popular, por apreciar la existencia de cosa juzgada, si bien mantuvo la condena a la devolución de cantidades. Los bancos decidieron entonces recurrir ante el Tribunal Supremo que, a su vez, elevó dos cuestiones prejudiciales ante el TJUE.

"Excesiva duración" del procedimiento

Desde Adicae, aseguran que la banca española se ha mantenido en su estrategia de "evitar que se les condene conjuntamente en un solo procedimiento para que el consumidor se vea obligado a acudir solo ante los tribunales", haciendo valer "un comportamiento que les ha permitido retrasar e incluso evitar devolver las cantidades pagadas indebidamente".

En este sentido, la asociación defiende la necesidad de que el procedimiento termine con una sentencia que confirme la viabilidad de la acción colectiva como medio de protección válido de los consumidores a nivel europeo.

Además, asegura que sus argumentos "han sido apoyados" por la Comisión Europea y algunos Estados miembros, como Polonia y Portugal, mientras que "sorprendentemente" España "ha vuelto a respaldar los argumentos de la banca, como viene siendo habitual en los últimos tiempos".

Este jueves, 18 de enero, es un día clave para la banca y para miles de afectados que aún siguen reclamando la devolución de las cantidades abonadas de más por las ya famosas cláusulas suelo. La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncia sobre la macrodemanda por cláusulas suelo abusivas en préstamos hipotecarios presentada por la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros (Adicae) contra 101 bancos y cajas españoles.

Cláusulas abusivas Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Tribunal Supremo Adicae
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