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Moncloa fuerza la ley para proteger a Puigdemont, pero le deja más expuesto a los jueces
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Enmiendas de la amnistía

Moncloa fuerza la ley para proteger a Puigdemont, pero le deja más expuesto a los jueces

La nueva redacción sobre el terrorismo hace depender ahora más que antes al 'expresident' catalán de la interpretación de los tribunales y no logra afianzar su blindaje

Foto: Carles Puigdemont, en una sesión del Parlamento Europeo. (EFE/EPA/Ronald Wittek)
Carles Puigdemont, en una sesión del Parlamento Europeo. (EFE/EPA/Ronald Wittek)
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Cuando Puigdemont se despertó, los jueces seguían allí. La ley de amnistía sufrió este martes cambios sustanciales en el apartado que afecta al delito de terrorismo, fruto de un nuevo pacto entre la Moncloa y Junts. El nuevo inciso incluido a través de una enmienda de última hora está diseñado para tratar de proteger mejor al expresident de Cataluña ante su implicación en la causa que investiga las actividades de la plataforma Tsunami Democràtic. Sin embargo, muchos dudan de que lo consiga. Distintas fuentes jurídicas consultadas indican que le hace depender ahora más que antes de la interpretación de los tribunales y que, además, debilita el flanco internacional de la norma. "Están dando bandazos", aseguran.

La redacción sobre el terrorismo ha mutado para pasar de indicar que quedan excluidos del perdón "los actos tipificados como delitos de terrorismo", pero solo en aquellos casos en los que "haya recaído sentencia firme", a decir que ya no quedan fuera todos, sino solo aquellos que se cometieran "de forma manifiesta y con intención directa" y causaran "violaciones graves de derechos humanos". La enmienda hace más precisiones para intentar acotar el tipo de delito terrorista al que buscan referirse. Precisa que estas violaciones que se mencionan son, "en particular", las previstas en el artículo 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, que se refieren al derecho a la vida y la prohibición de torturas.

La idea tras la redacción es evitar que las dos únicas causas vinculadas al procés en las que se atribuyen delitos de terrorismo, Tsunami y CDR, acaben siendo un problema para los independentistas. Sobre el papel, en ninguna de ellas se provocó de forma intencionada la muerte de personas ni se torturó a nadie, como indica el convenio. Se adopta tras una semana en la que ha habido importantes novedades en el primero de los procedimientos.

El juez de la Audiencia Nacional que instruye la investigación sobre los actos de la plataforma, Manuel García-Castellón, rechazó el recurso de reforma del fiscal y confirmó la remisión de la exposición razonada al Supremo para que investigue a Puigdemont por terrorismo. El alto tribunal dio poco después los primeros pasos para pronunciarse al respecto, pidiendo informe al Ministerio Público. Urgía, pensaba Junts, una coraza más fuerte para Puigdemont. Sin embargo, se pasa de una fórmula concreta que le libraba (al ser imposible que sea condenado en firme) a una abierta y difusa que da pie a la lectura judicial. A eso se añade la "incongruencia" de definir un tipo de terrorismo que no viole derechos humanos.

Foto: El abogado Gonzalo Boye junto a Puigdemont. (EFE / Leo Rodríguez)

Lo que se introduce con la enmienda —aseguran las fuentes citadas— es un intento de reinterpretación del delito de terrorismo sin garantía alguna de asimilación por parte de los tribunales. Para empezar, no casa ni con el Código Penal ni con la definición que hace la UE en su directiva sobre el terrorismo (que aparece citada en el texto enmendado) y, sobre todo, no logra acotar la interpretación que efectúen los jueces sobre la gravedad mayor o menor del delito o la intención directa y manifiesta de cometerlo.

La reinterpretación del terrorismo

El Código Penal amplió en 2015 el catálogo de las "finalidades" terroristas para incluir los delitos dirigidos a desestabilizar el funcionamiento de instituciones políticas o estructuras económicas o sociales del Estado. Por su parte, la directiva comunitaria indica que deben tipificarse como delitos de terrorismo cuestiones como los atentados contra la integridad física de una persona o el ataque a instalaciones estatales o públicas que pueda producir un gran perjuicio económico. Entre los fines, de nuevo figura la desestabilización de las estructuras "económicas" y sociales.

Es evidente con esto que la enmienda tampoco consigue evitar que persistan las dudas sobre el encaje de la ley de amnistía con el derecho de la UE ni, por tanto, que se consulte al TJUE a través de cuestiones prejudiciales. Las fuentes citadas apuntan que se temía que la anterior redacción provocara rechazo precisamente por parte de la Unión y su Justicia. Con esta, esos posibles problemas no desaparecen e incluso se acentúan, aseguran.

Las últimas resoluciones del magistrado que instruye el procedimiento, Manuel García-Castellón, en ningún caso garantizan —por ejemplo— que se vaya a seguir ese razonamiento. Entre otros motivos, porque García-Castellón lleva meses advirtiendo sobre la necesidad de aclarar la "vinculación" entre la muerte de un ciudadano francés por un infarto y el bloqueo al Aeropuerto de El Prat que llevó a cabo Tsunami y porque en la causa se han personado varios policías que recibieron heridas de gravedad en actos promovidos por Tsunami. Si el nuevo artículo deja al margen aquellas violaciones del derecho a la vida, a los tribunales se les abre una vía para no aplicar la amnistía a Puigdemont y el resto de implicados. Al menos, mientras la investigación no logre esclarecer hasta el último detalle de esa muerte.

La enmienda trata de cerrar esa vía al añadir que solo quedarán fuera de la amnistía aquellos hechos que se hayan llevado a cabo "de forma manifiesta y con intención directa". Para los independentistas, resulta obvio que los líderes de Tsunami no buscaron la muerte de este ciudadano durante las protestas, pero en el caso de Puigdemont, una de las últimas resoluciones de García-Castellón repasa las comunicaciones que mantuvo con otros investigados y lanza la siguiente advertencia al respecto: "Parece asumir la posibilidad de que pudieran haberse producido víctimas mortales, y su capacidad, en tanto que ostentaba el dominio de la acción, para frenar esta posibilidad".

Foto: Miriam Nogueras, en el Senado durante un Pleno extraordinario del Congreso. (Europa Press / Ricardo Rubio)

En cuanto a la directiva europea de 2017, esta tampoco parece reforzar la protección de los líderes de Tsunami, sino más bien al contrario. De hecho, el propio García-Castellón se apoyó en este mismo dictamen el pasado diciembre para pedir al Tribunal Supremo que investigara a Puigdemont por terrorismo. Según sostenía en su resolución, el artículo 3 de la directiva incluye una serie de conductas que encajan con la investigación contra Tsunami por terrorismo, ya sea por la mencionada muerte, por los policías que resultaron heridos durante las protestas o por el bloqueo del Aeropuerto de El Prat. El juez apuntaba en concreto a cómo este artículo 3 incluye "los atentados contra la vida e integridad física de las personas y las destrucciones de instalaciones estatales o públicas, sistemas de transporte o infraestructuras".

Por otra parte, al establecer distintos niveles dentro de los delitos de terrorismo a partir de expresiones como "vulneraciones graves", "intención directa" y "en particular", este nuevo artículo deja un amplio margen de interpretación de los jueces. En su anterior redacción, apuntaba a que solo quedarían fuera de la amnistía aquellos delitos de terrorismo "cuando haya recaído sentencia firme" y no había espacio para el debate.

La otra enmienda, a medida de Junqueras

La segunda enmienda busca que los efectos de la amnistía sean inmediatos. Como ha ido informando El Confidencial los últimos meses, tanto la presentación de una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) como una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) amenazan con retrasar la aplicación definitiva de la ley durante meses, por lo que ahora realizan una serie de ajustes con los que tratan de evitar ese escenario.

Foto: Carles Puigdemont. (EFE/Ronald Wittek)

La enmienda apunta para ello al artículo 4 de la ley, en el que se abordan sus "efectos sobre la responsabilidad penal". La modificación más clara es que, nada más arrancar el mismo, ahora avisan de que estos efectos serán automáticos tras "la entrada en vigor" de la amnistía, sin importar que se activen las mencionadas vías del TC o el TJUE. También aclara que el encargado de aplicar estos efectos será el tribunal que "esté conociendo la causa" en ese mismo momento, lo que evita que se vayan retrasando las decisiones al elevarlas a otros tribunales.

En su último apartado, esta enmienda incluye a su vez la advertencia de que se "procederá a dar por finalizada la ejecución de todas las penas privativas de libertad, privativas de derechos y multa, que hubieran sido impuestas con el carácter de pena principal o de pena accesoria". La anterior redacción del artículo no incluía esta última mención a la "pena accesoria", una aclaración que beneficia tanto a Oriol Junqueras como al resto de líderes del procés ya condenados: busca garantizar que su actual inhabilitación quede sin efecto desde el primer momento y se les permita volver a la primera línea de la política.

Cuando Puigdemont se despertó, los jueces seguían allí. La ley de amnistía sufrió este martes cambios sustanciales en el apartado que afecta al delito de terrorismo, fruto de un nuevo pacto entre la Moncloa y Junts. El nuevo inciso incluido a través de una enmienda de última hora está diseñado para tratar de proteger mejor al expresident de Cataluña ante su implicación en la causa que investiga las actividades de la plataforma Tsunami Democràtic. Sin embargo, muchos dudan de que lo consiga. Distintas fuentes jurídicas consultadas indican que le hace depender ahora más que antes de la interpretación de los tribunales y que, además, debilita el flanco internacional de la norma. "Están dando bandazos", aseguran.

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