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Boye contraataca y acusa al juez de obviar los derechos del francés fallecido en El Prat
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Boye contraataca y acusa al juez de obviar los derechos del francés fallecido en El Prat

Asegura que el juzgado tenía obligación de informar del procedimiento a la familia del hombre que sufrió un ataque al corazón durante la toma del aeropuerto

Foto: El abogado Gonzalo Boye en una imagen de archivo. (EFE/Mariscal)
El abogado Gonzalo Boye en una imagen de archivo. (EFE/Mariscal)

El caso Tsunami se ha colado de lleno en las negociaciones de investidura y ha abierto un frente judicial que las defensas de los afectados ya combaten. En un nuevo escrito, el segundo en pocas horas, el abogado Gonzalo Boye acusa al instructor del procedimiento, el juez Manuel García-Castellón, de obviar u olvidar su obligación de dar acceso a la familia del ciudadano francés fallecido en El Prat durante los disturbios al contenido de la investigación en cumplimiento de la directiva de la UE que recoge los derechos "de las víctimas de terrorismo residentes en otro Estado miembro".

En el escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial, se recuerda la obligación del juzgado de "garantizar los derechos de esa familia" a la que "se presenta como víctima de una supuesta muerte de etiología terrorista". "Desconocemos desde cuándo el Código Penal o relativo a la lucha contra el terrorismo conceptúan como de etiología terrorista una fatal cardiopatía", añade.

"Resulta inimaginable pensar que, cuando han pasado ya más de cuatro años de los sucesos que, supuestamente, se estarían investigando como delito de terrorismo, no se hubiese actuado conforme al derecho de la Unión porque, de ser así, la mera existencia y forma de tramitar este procedimiento nos estaría arrastrando a un procedimiento de incumplimiento con las consecuencias que ello tendría", agrega Boye.

Con tono irónico, dice, además, estar convencido de que el juzgado "es perfectamente conocedor de las obligaciones derivadas del artículo 26 de la mencionada directiva y, también, de lo preceptuado en los Artículos 258, 259 y 260 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)". "Dicho más claramente, no puede existir un procedimiento por presunto delito de terrorismo en el que además se vincule esos hechos con el fallecimiento de una persona y que, al mismo tiempo, no se hubiese cumplido, en más de cuatro años, con lo previsto en el ya tan citado artículo 26 que establece unas obligaciones estatales, pero que recaen en este Instructor, respecto de una presunta víctima de un delito de terrorismo", concluye.

Foto:  EC.

Precisamente unas horas después del auto del juez en que se atribuye a Carles Puigdemont, Marta Rovira y otras personas delitos de carácter terrorista y del anuncio de recurso de la Fiscalía, el abogado ya presentó un escrito en el que deslizaba que las motivaciones del impulso a la causa están vinculadas al lawfare. “A lo largo de los últimos años hemos visto cómo han proliferado procedimientos penales, sancionadores administrativos o de derivación contable cuya única razón de ser es en función de contra quién o quiénes se dirigen”, dijo.

También criticó "la banalización expresamente censurada por la Unión Europea" del delito de terrorismo, que "prohíbe presentar como actos terroristas aquellos que no son más que el ejercicio legítimo de derechos fundamentales". "Resulta inimaginable pensar que este juzgado haya estado investigando como delito de terrorismo unas manifestaciones o protestas ciudadanas, por muy masivas o concurridas que hayan sido", concluyó.

El caso Tsunami se ha colado de lleno en las negociaciones de investidura y ha abierto un frente judicial que las defensas de los afectados ya combaten. En un nuevo escrito, el segundo en pocas horas, el abogado Gonzalo Boye acusa al instructor del procedimiento, el juez Manuel García-Castellón, de obviar u olvidar su obligación de dar acceso a la familia del ciudadano francés fallecido en El Prat durante los disturbios al contenido de la investigación en cumplimiento de la directiva de la UE que recoge los derechos "de las víctimas de terrorismo residentes en otro Estado miembro".

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