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Junqueras será condenado a un mínimo de 12 años por sedición y malversación
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Sentencia del 'procés'

Junqueras será condenado a un mínimo de 12 años por sedición y malversación

El TS aplicará el segundo de los delitos en concurso medial con el más grave, lo que elevará la pena prevista. El fallo también condenará por sedición y malversación a Forn, Turull, Rull, Romeva y Bassa

Foto: El exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, durante su turno de última palabra ante el TS el pasado junio. (EFE)
El exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, durante su turno de última palabra ante el TS el pasado junio. (EFE)

Oriol Junqueras, exvicepresidente del Govern de Cataluña, será condenado a una pena de un mínimo de 12 años por los delitos de sedición y malversación. El Tribunal Supremo aplicará el segundo de los delitos en concurso medial con el más grave, lo que elevará la pena prevista. El Código Penal contempla entre 10 y 15 años para aquellos reos de sedición que la hubieran inducido, sostenido o dirigido si fueran personas constituidas en autoridad. Así, la condena que se impondría al principal de los acusados, el 'dos' de Carles Puigdemont durante los hechos de septiembre y octubre de 2017, es de al menos 12 años.

En aplicación de la última reforma del Código Penal de 2015, el citado concurso medial implica que se imponga una pena superior a la que habría correspondido por la infracción más grave "y que no podrá exceder de la suma de las penas concretas que hubieran sido impuestas separadamente por cada uno de los delitos". Dentro de estos límites, el tribunal individualizará la pena en función del grado de responsabilidad.

Además de a Oriol Junqueras, la sentencia condenará por sedición y malversación a Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Dolors Bassa. Todos ellos ejercían funciones como 'consellers' de la Generalitat por lo que todo apunta a que sus penas serán superiores a los 10 años. En caso distinto se encuentran los presidentes de las asociaciones soberanistas, Jordi Cuixart y Jordi Sànchez, y la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, únicamente condenados por sedición. Los 'Jordis' no ejercían, sin embargo, cargos públicos por lo que su condena será inferior, en torno a los 8 años. Forcadell rondará los 10 años de cárcel como propulsora de la aprobación en la cámara baja de las leyes con las que se construyeron los cimientos de la futura e hipotética república.

Quedan fuera tres 'exconsellers', Santi Vila, Meritxell Borràs y Carlos Mundó, que solo serán condenados por desobediencia y eluden, con ello, las penas de cárcel. La desobediencia se castiga con penas de multa e inhabilitación para el ejercicio de cargo público. La inhabilitación se extiende, por supuesto, al resto de condenados que no podrán volver a ejercer funciones públicas durante el tiempo de sus condenas. Esta congelación política comenzará a contar a partir de la notificación de la sentencia, prevista el lunes.

La decisión sobre el tipo penal, por unanimidad de todos los magistrados, se tomó hace meses sin que hubiera desacuerdo entre los siete. El trabajo, desde un inicio, ha sido común, hasta el punto de que pese a que la sentencia ha sido redactada por el ponente Manuel Marchena, el resto de miembros del tribunal han contribuido con aportaciones. Los años específicos de condena no quedaron cerrados hasta esta misma semana.

Foto: Imagen de archivo de los presos del 'procés' en la cárcel de Lledoners

La sentencia del 'procés' acoge los argumentos defendidos durante el juicio por la Abogacía del Estado y rechaza la acusación de la Fiscalía, que desde un principio defendió la comisión de un delito de rebelión. La resolución establecerá así que el plan orquestado en los meses previos a el 1-O consistió en alentar un choque desde las instituciones que ocupaban los acusados contra la legalidad constitucional y estatutaria, impidiendo el cumplimiento de las resoluciones administrativas y judiciales que sí estaban amparados por la Constitución a través de una masiva movilización social para presionar al Estado. Cada uno de los acusados dentro de sus respectivos ámbitos de responsabilidad, en cada órgano —parlamentario o ejecutivo— o en la actividad de agitación social, pero con un concierto previo de voluntades y de manera sincronizada, participó en la ejecución del plan común, respondiendo a la evolución de los acontecimientos que se iban produciendo, lo describía la Abogacía en su escrito de acusación.

Violencia, pero no instrumental

Esa movilización social produjo un choque que no fue pacífico como defendieron los acusados durante el juicio, sino violento. No obstante, no se ha considerado probado que esa violencia, que sí existió, fuera instrumental; es decir, planificada y ejecutada por los acusados. Se centró en dos episodios: la movilización del día 20 de septiembre de 2017 y el día del referéndum ilegal del 1 de octubre.

placeholder Jordi Cuixart, durante un mitin a favor del referéndum ilegal del 1-O. (Reuters)
Jordi Cuixart, durante un mitin a favor del referéndum ilegal del 1-O. (Reuters)

En el primero de los casos, los acusados Jordi Sànchez y Jordi Cuixart convocaron a la población para que compareciera ante la sede de la Consejería de Economía donde se estaban llevando a cabo registros tras varias detenciones ordenadas en el marco de la operación Anubis. La concentración impidió que se pudiera introducir en el edificio a los detenidos y mantuvo encerrada durante horas a la comisión judicial que tuvo que abandonar el edificio a través del tejado.

El 1 de octubre, la ciudadanía acudió a los colegios electorales en respuesta al llamamiento de los acusados, persuadidos de continuar con la estrategia de incumplir la ley pese a conocer que se desencadenarían disturbios y altercados. A lo largo de la jornada se produjeron actos de resistencia a las Fuerzas de Seguridad, que actuaban en aplicación del mandato judicial, y provocaron lesiones a ciudadanos y policías.

Oriol Junqueras, exvicepresidente del Govern de Cataluña, será condenado a una pena de un mínimo de 12 años por los delitos de sedición y malversación. El Tribunal Supremo aplicará el segundo de los delitos en concurso medial con el más grave, lo que elevará la pena prevista. El Código Penal contempla entre 10 y 15 años para aquellos reos de sedición que la hubieran inducido, sostenido o dirigido si fueran personas constituidas en autoridad. Así, la condena que se impondría al principal de los acusados, el 'dos' de Carles Puigdemont durante los hechos de septiembre y octubre de 2017, es de al menos 12 años.

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