Es noticia
¿Derecho al error fiscal? Hacienda estudiará mitigar la sanción por equivocarse en el IRPF
  1. Economía
PROPUESTA DE LOS EXPERTOS

¿Derecho al error fiscal? Hacienda estudiará mitigar la sanción por equivocarse en el IRPF

Los errores, aunque sean formales y sin ánimo de defraudar, se pagan. Esta es la filosofía de la Agencia Tributaria que ahora el Consejo de Defensa del Contribuyente quiere cambiar para evitar sanciones ilegítimas

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE/Chema Moya)
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE/Chema Moya)
EC EXCLUSIVO Artículo solo para suscriptores

El reconocimiento del derecho al error en las declaraciones fiscales se abrirá paso en la legislación española. Al menos, si el Gobierno acoge las propuestas que han hecho llegar a Hacienda. Primero, lo reclamaron los expertos que elaboraron un informe sobre la reforma tributaria a comienzos de este año, y ahora ha sido el Consejo para la Defensa del Contribuyente quien lo ha solicitado formalmente al ministerio.

La propuesta la han suscrito todos sus miembros en el pleno del organismo, entre ellos fiscalistas y altos cargos de Hacienda (la directora general de Tributos, María José Garde, es uno de los vocales), y parte de una idea: el sistema actual penaliza a los contribuyentes que cometen un error material o aritmético de forma involuntaria. Pese a ello, son tratados por la Agencia Tributaria como si el error fuera cometido de forma deliberada, lo que lleva aparejado un duro régimen de sanciones.

Foto: Calviño, Rodríguez y Montero, en rueda de prensa. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)

Lo que propone el Consejo, en concreto, es que la legislación española haga suya una regulación similar a la francesa, que facilita la regularización voluntaria, siempre que se pueda acreditar que el afectado no ha querido engañar de forma fehaciente al fisco. Ahora bien, el Consejo matiza que la propuesta que ha hecho llegar a Hacienda no pretende ser una auténtica rectificación de errores en el sentido más amplio del término, ya que sería una invitación al fraude, sino más bien de lo que se trata es de impulsar la creación de un mecanismo dirigido a facilitar la regularización voluntaria. El objetivo, en todo caso, es excluir o mitigar las consecuencias del incumplimiento, eliminando o, al menos, suavizando multas ilegítimas.

Es decir, la propuesta se sitúa en línea con lo expresado por el Comité de Expertos nombrado por la ministra Montero, que reclamó al Gobierno en su día que estudiara la posibilidad de aligerar las sanciones en supuestos de fallos o incumplimientos menores, al igual que se hace en otros países, como Francia o Singapur. Sin embargo, para evitar que reine la confusión sobre la naturaleza del error, lo que se propone es que este derecho se perfile "con la mayor claridad posible'' para evitar un incremento de la litigiosidad entre el contribuyente y la Administración tributaria. Se propone, en concreto, que la legislación precise con detalle los ámbitos cuantitativo y temporal del derecho al error, además de clarificar cuántos errores del contribuyente son admisibles.

Recargos, intereses y sanciones

Como una línea roja, advierte la propuesta elevada por el Consejo del Contribuyente, se deja bien claro que si el Gobierno decide legislar sobre el derecho al error, “nunca puede suponer una reducción de la cuota tributaria”, lo que significa que únicamente podría afectar a recargos, intereses y sanciones.

Más novedosa es la propuesta de que el derecho al error no solo se reconozca a los contribuyentes, sino también a los asesores o intermediarios fiscales, a la luz de que su participación en la elaboración de declaraciones es cada vez más relevante, tanto por su complejidad como por la utilización de medios electrónicos, cada vez más frecuente en las gestiones ante la Administración. Ese colectivo, dice la propuesta, es “especialmente vulnerable a la comisión de meros errores involuntarios”. Sobre todo, teniendo en cuenta la generalización de las autoliquidaciones tributarias, cada vez más frecuentes, lo que aumenta las probabilidades de error.

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)

La actual legislación española no prevé ninguno de los supuestos que pueden inducir a que un contribuyente cometa un fallo. Lo que hace la Agencia Tributaria, según fuentes autorizadas, es perfeccionar sus sistemas informáticos, pero 'a priori', lo que hace que cuando el fallo se ha cometido, ya no hay forma de esquivar una sanción, que conlleva un gasto adicional para el declarante. Algunas sentencias, sin embargo, han puesto límite a estas sanciones y han definido el error material cuando se manifiesta de forma “ostensible e indiscutible (...) sin necesidad de mayores razonamientos”, tales como simples equivocaciones elementales de nombres, fechas, operaciones aritméticas o transcripciones de documentos. Esto es lo que interpretó el Tribunal Supremo en 2006, pero no existe una legislación específica que dé cobertura a la reclamación.

Para evitar la litigiosidad, lo que hace la legislación francesa, que es la más avanzada del continente, es invertir la carga de la prueba. Es decir, que sea la Administración tributaria quien deba demostrar la mala fe del contribuyente, el dolo, cuando presenta su declaración, al igual que sucede en el derecho penal, que es la acusación quien debe demostrar la culpabilidad.

Foto: El alcalde de Zaragoza, Jorge Azcón. (Daniel Marcos)
TE PUEDE INTERESAR
"Aragón es un infierno fiscal. Pido a Lambán que no sea el último sanchista y baje el IRPF"
Genoveva Crespo Álvaro Sierra. Zaragoza Fotografías: Daniel Marcos

Esa salvaguardia, sin embargo, no resulta aplicable a reincidentes o defraudadores, ni tampoco es un derecho a incumplir obligaciones tributarias de forma tardía. En el caso de España, se propone que los funcionarios de la Agencia Tributaria puedan valorar si hay negligencia o dolo teniendo en cuenta el historial del contribuyente afectado a la hora de valorar su responsabilidad. Y en este sentido, se plantea la posibilidad de que los órganos de gestión de Hacienda envíen cartas de aviso o hagan visitas preventivas que no impliquen un requerimiento previo con el objetivo de que el contribuyente sea consciente de sus errores y los rectifique.

Otra de las propuestas pasa por que la Agencia Tributaria deba admitir rectificaciones de errores no dolosos tras requerimiento de la Administración. El argumento que se ofrece es que no tiene sentido que la Administración convierta en más grave el ilícito cometido por el simple hecho de que haya un requerimiento, siempre que se trate de meras negligencias.

El reconocimiento del derecho al error en las declaraciones fiscales se abrirá paso en la legislación española. Al menos, si el Gobierno acoge las propuestas que han hecho llegar a Hacienda. Primero, lo reclamaron los expertos que elaboraron un informe sobre la reforma tributaria a comienzos de este año, y ahora ha sido el Consejo para la Defensa del Contribuyente quien lo ha solicitado formalmente al ministerio.

Ministerio de Hacienda Reforma fiscal Evasión fiscal Fiscalidad
El redactor recomienda