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Rumbo de colisión entre los poderes del Estado y con la UE en la recta final de la amnistía
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José Antonio Zarzalejos

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Rumbo de colisión entre los poderes del Estado y con la UE en la recta final de la amnistía

La amnistía y los presupuestos son la clave de bóveda de la legislatura. La proposición de ley enfrenta al poder judicial con el Ejecutivo, al Supremo con la Fiscalía General, al Congreso con el Senado y al Estado español con la Eurocámara

Foto: Pedro Sánchez, junto a los presidentes del Congreso y el Senado y los del TC y el CGPJ, en Zarzuela. (Europa Press/Alberto Ortega)
Pedro Sánchez, junto a los presidentes del Congreso y el Senado y los del TC y el CGPJ, en Zarzuela. (Europa Press/Alberto Ortega)
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El auto de la Sala de Admisión de la Segunda del Tribunal Supremo del pasado día 29 de febrero encomienda la instrucción del procedimiento sobre la posible implicación de Carles Puigdemont y de Rubén Wagensberg en delitos varios, entre ellos el de terrorismo contemplado en el artículo 573 del Código Penal, a la magistrada Susana Polo García. Se trata de una jurista del más alto prestigio profesional. Accedió a la Sala Segunda en 2018 y en la actualidad es la coordinadora nacional en la labor de especialización de los jueces y magistrados que acceden a cargos jurisdiccionales con competencias en materia de violencia de género.

Susana Polo, además, es la segunda mujer en la historia del Alto Tribunal que, por elección de sus compañeros, forma parte de su Sala de Gobierno. Sus colegas la definen como "adherida de forma solvente y comprometida con los valores constitucionales". No integró la Sala de enjuiciamiento del procés, pero intervino en el órgano de apelación de interlocutorias que concernían a aspectos colaterales de la causa.

Susana Polo, la magistrada instructora del Supremo, es "una defensora de los valores de la Constitución española"

La magistrada es la encargada de ordenar todas las investigaciones pertinentes. Así, debe recibir declaración a los investigados y practicar las pruebas testificales, documentales y periciales para determinar si emite o no un auto de procesamiento contra los dos cargos públicos. Si antes no comparecen, será competente para instar el suplicatorio al Parlamento Europeo y dictar, después, una nueva euroorden a Bélgica, en donde se refugia Puigdemont, y de activar la petición de extradición en el caso del diputado autonómico catalán Rubén Wagensberg que huyó hace unas semanas a Suiza. En este caso, el suplicatorio no es necesario, aunque goce de inmunidad y de aforamiento como diputado catalán.

Las relaciones judiciales entre Suiza y España están prácticamente colapsadas desde el conocido caso de la lista Falciani, en el que la Justicia española desbarató el secreto bancario helvético. De hecho, se han denegado extradiciones entre ambos países desde aquella sentencia del Supremo de 23 de febrero de 2017, ratificada por el Constitucional en 2019.

El auto del Supremo que admite la exposición razonada del juez García-Castellón, acordado por unanimidad de los cinco magistrados integrantes de la Sala presidida por Manuel Marchena, se declara competente en la instrucción y, en su caso, en el enjuiciamiento de los sospechosos porque entiende que la exposición razonada del magistrado de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, ofrece los indicios delictivos suficientes.

La resolución —de 31 folios y casi 10.000 palabras— está robustamente fundamentada y llega a ampararse en los criterios expuestos en su día sobre el independentismo catalán en la memoria presentada por la que fuera fiscal general del Estado Dolores Delgado. Y lo hace en los siguientes términos:

"En consonancia con lo expuesto, la propia Fiscalía General del Estado en la Memoria del año 2020 (siendo Fiscal General la Excma. Sra. Dolores Delgado) se ocupó explícitamente del que calificaba como 'movimiento violento independentista catalán' (págs. 541 y ss. dentro del apartado 4.5.2 terrorismo nacional) señalando expresamente a los Comités de Defensa de la República (CDR) y el llamado Equipo de Respuesta Táctica (ERT) por los delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia de explosivos con finalidad terrorista y conspiración para la comisión de estragos (apartados 4.5.6 pág. 548). También se señalaba que dentro de ciertos sectores del independentismo se fueron incrementando progresivamente las movilizaciones y perfilando las diferentes dinámicas, especialmente a través de Tsunami Democratic y los intentos de paralizar el aeropuerto de Barcelona y los ataques a edificios públicos y policiales".

La investigación por terrorismo se basa también en la Memoria Fiscal del 2020, elaborada por Dolores Delgado

El párrafo anterior deja en mal lugar al actual fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y, más aún, a su segunda, la fiscal que presentó el informe oponiéndose a la decisión que finalmente ha tomado el Supremo, Ángeles Sánchez Conde que, además, desoyó la opinión de sus compañeros de la Sala Segunda. De ahí que los cinco magistrados respondan a determinados amateurismos jurídicos con un párrafo terminante: "Por ello, ya de entrada, la afirmación que aflora en algunos políticos y medios de comunicación que solo las acciones de ETA o de la Yihad merecen ser tratados como terrorismo, es incompatible con la definición que del terrorismo se deriva del actual art. 573 CP".

La Fiscalía General del Estado ha quedado desairada por partida doble: por el propio Tribunal Supremo, que no considera acertado el informe de Sánchez-Conde, y ante la carrera fiscal a la que tanto ella como García Ortiz han desafiado al desoír el criterio mayoritario de los fiscales de la Sala Segunda favorables a la decisión que finalmente ha adoptado el Alto Tribunal. El presidente del Gobierno ha sido indirectamente respondido al rebatir el Supremo su apriorismo, que negaba de raíz la concurrencia de posibles delitos terroristas entendidos estos en la nueva formulación del artículo 573 del Código Penal.

La Sala Segunda desaira tanto a García Ortiz como a Sánchez en un auto contundente

La resolución del Supremo se dictó a siete días del vencimiento del plazo (el próximo jueves) para que la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados apruebe un nuevo dictamen sobre la proposición de ley orgánica de amnistía a fin de que el pleno de la Cámara lo debata y lo vote tras rechazarla el pasado 31 de enero. Si no hay acuerdo, la proposición decae definitivamente. Sin embargo, los letrados del Congreso tratan de encontrar la fisura reglamentaria que permita una nueva prórroga para evitar el fracaso de la proposición, dando más tiempos a los interlocutores en la negociación, aunque la intervención pública de Puigdemont en Elna (Francia) el pasado sábado daba por seguro el acuerdo y, al mismo tiempo, la voluntad suya y de su partido de mantener la unilateralidad secesionista. Jaume Asens ha adelantado que el pacto sobre la proposición es "seguro" y en los círculos empresariales de Cataluña se daba ayer por "probable".

Se maneja el acuerdo sobre la amnistía con la supresión del artículo 2 de la proposición de ley todavía en negociación

Parece seguro que la ampliación de tipos penales beneficiarios de la amnistía no es asumible por los socialistas. Tampoco lo es para los junteros el texto actual porque pretenden una cobertura "integral" hasta el punto de que la gracia ampare a los delitos de terrorismo sin excepción (ahora se amnistiarían los que no hayan violado los derechos humanos, una categoría jurídico-penal inexistente). El único espacio de posible entendimiento estaría en lograr un mecanismo que dificulte o impida el más mínimo margen de maniobra a los jueces y tribunales que deberían aplicar la ley en los procedimientos terminados con sentencia firme o en instrucción.

Se baraja también la posibilidad de que se retire de la actual proposición su artículo segundo, que establece las "exclusiones", es decir, los delitos que no ampara la amnistía, generalizándola a aquellos tipos penales que se hayan cometido en el espacio temporal previsto y que estén conectados con el proceso soberanista. Se trataría de una cláusula genérica que, sin embargo, ofrece mucho margen a la interpretación judicial. Esta alteración de la proposición tendría una ventaja para los socialistas: no añadir nada al texto actual, pero salvar el trance si los representantes de Puigdemont valoran la oferta como suficiente.

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Fuentes judiciales, sin embargo, aseguran que de "ninguna manera" podría evitarse "ni la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia Europeo" ni "su carácter suspensivo respecto de la aplicación de ley", ni tampoco "la cuestión, una o varias, de inconstitucionalidad ante el TC". En el mejor de los casos para el Gobierno y Puigdemont, la ley no se aplicaría hasta transcurridos "muchos meses" y no "antes de las elecciones europeas del 9 de junio". Para este aplazamiento se computa el "largo período" de tiempo durante el que la proposición de ley permanecerá en el Senado con mayoría absoluta del Partido Popular. Los tiempos son importantes a efectos de que el expresidente de la Generalitat sea o no elegible de nuevo como europarlamentario.

Se destaca, así mismo, que la amnistía reta al Parlamento Europeo, que en el último pleno celebrado en Estrasburgo acordó una resolución según la cual "los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para prohibir cualquier indulto o amnistía en beneficio de quienes hayan sido considerados responsables de cualquiera de las infracciones penales" referidas a los tipos de corrupción que cita la directiva en vigor, entre ellos la malversación.

El Parlamento Europeo reclama una "auditoría de la ley" y pide que no se amnistíen ni indulten los delitos de corrupción

También el Parlamento Europeo ha solicitado una "auditoría independiente" para evaluar la proposición de ley y pedido la "máxima transparencia" a las informaciones que le facilite el Gobierno, lo que, según fuentes jurídicas de la Cámara europea, se hace "más necesario" al mediar la investigación por presuntos delitos, entre ellos, de terrorismo a uno de sus parlamentarios, Carles Puigdemont. Sobre el que recaen también generales reticencias en la capital de la UE no solo por esta sospecha del juez García-Castellón asumida por el Supremo, sino, igualmente, por la investigación que tramita en Barcelona el magistrado Joaquin Aguirre: la conexión rusa del expresidente de la Generalitat y de algunos de sus colaboradores, un delicado asunto del que "existen numerosas evidencias".

La Convención de Venecia, órgano consultivo en materia constitucional del Consejo de Europa, ha elaborado un borrador de informe de 26 páginas redactado por cinco especialistas de otros tantos países (México, Italia, Suiza, Países Bajos y Bulgaria) sobre la proposición de ley en el que reconoce que las amnistías tienen sentido en determinadas circunstancias, pero que su tramitación ha de permitir un amplio debate para obtener mayorías cualificadas, que el procedimiento de urgencia por el que ha optado el Gobierno no es el adecuado, que la ley debe ser "impersonal" (no aprobada en beneficio de personas concretas y predeterminadas) y responder verdaderamente a los fines conciliatorios que se preconizan y que los expertos de la Comisión no observan con claridad.

La Comisión de Venecia plantea objeciones de fondo a la amnistía que no impedirán el acuerdo entre el PSOE y Junts

La necesidad del presidente del Gobierno de retribuir a Puigdemont y a su partido, también a ERC, con una amnistía por el apoyo a su investidura, y, eventualmente, después, a los presupuestos generales del Estado, está "reventando las costuras del Estado" en expresión de un exministro socialista que, antes partidario de Sánchez, ha comenzado a distanciarse de su gestión. El tramo final de la negociación de la amnistía se produce, además, en un contexto desfavorable para PSOE y para su secretario general: el estallido del caso Koldo, que es ya el caso Ábalos y podría ser el también caso Armengol, y, "al final, el caso Sánchez", un episodio grave de corrupción con ramificaciones todavía sin evaluar, pero que ha alertado a la oficina antifraude de la UE para que se aclare si se han producido pagos de comisiones delictivas a cargo de fondos europeos.

Todos los poderes del Estado colisionan entre sí en el contexto más difícil para Sánchez por los casos de corrupción

La conclusión, al inicio de esta semana, que podría ser decisiva para el Gobierno y la legislatura, es de "vértigo", según la define un dirigente socialista, mientras fuentes judiciales subrayan que los "poderes del Estado han entrado en rumbo de colisión: el Poder Ejecutivo contra el Judicial, el Congreso contra el Senado y a la inversa, el Parlamento Europeo vigilante, la Comisión de la UE pendiente de la corrupción y de la impunidad" (El Gobierno y el Tribunal Constitucional rompen hostilidades con el Tribunal Supremo, crónica del pasado 29 de enero).

Y una coda a todo este entramado: está caducando también la posibilidad de que se renueve el Consejo General del Poder Judicial. Efectivamente, porque Didier Reynders, según su entorno inmediato, "no ve posibilidades" en la mediación que ha intentado y que vence también este mes de marzo porque el comisario de Justicia de la UE advirtió en enero de que su disponibilidad arbitral solo duraría dos meses.

El auto de la Sala de Admisión de la Segunda del Tribunal Supremo del pasado día 29 de febrero encomienda la instrucción del procedimiento sobre la posible implicación de Carles Puigdemont y de Rubén Wagensberg en delitos varios, entre ellos el de terrorismo contemplado en el artículo 573 del Código Penal, a la magistrada Susana Polo García. Se trata de una jurista del más alto prestigio profesional. Accedió a la Sala Segunda en 2018 y en la actualidad es la coordinadora nacional en la labor de especialización de los jueces y magistrados que acceden a cargos jurisdiccionales con competencias en materia de violencia de género.

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