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La Audiencia deja en libertad a Villarejo pese al aviso de la Fiscalía sobre el riesgo de fuga
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YA QUEDÓ EN LIBERTAD EN 2021

La Audiencia deja en libertad a Villarejo pese al aviso de la Fiscalía sobre el riesgo de fuga

Los magistrados condenaron la semana pasada al comisario a 19 años de cárcel en el primer juicio de la macrocausa, pero la sentencia aún es recurrible

Foto: El comisario José Manuel Villarejo, a su llegada a la Audiencia Nacional. (EFE/Mariscal)
El comisario José Manuel Villarejo, a su llegada a la Audiencia Nacional. (EFE/Mariscal)

José Manuel Villarejo seguirá en libertad hasta nuevo aviso. La Fiscalía Anticorrupción pidió este lunes su ingreso en prisión al considerar que el riesgo de fuga ha aumentado desde que le notificaron su primera condena, pero el tribunal ha rechazado la solicitud: “El solo dato de las elevadas penas impuestas no conlleva una justificación autónoma suficiente para determinar la legitimidad de la adopción de esta medida”.

Villarejo fue condenado el pasado 24 de julio a 19 años de cárcel en el primer juicio del caso Tándem, la investigación que acumula más de 40 piezas sobre las supuestas operaciones parapoliciales que llevó a cabo cuando aún seguía en activo como comisario. La sentencia es recurrible, y los magistrados descartan su ingreso en prisión hasta que adquiera firmeza. Esta decisión se extiende al socio del comisario, Rafael Redondo, que fue condenado a 13 años de cárcel.

En lugar de su ingreso en prisión, los magistrados obligan a ambos a comparecer en el juzgado cada quince días, les prohíbe salir del territorio nacional y acuerda la retirada de sus respectivos pasaportes: "La proporcionalidad exige no solo que la medida sea adecuada al cumplimiento de un fin constitucionalmente legítimo, sino que el sacrificio que a la libertad de la persona se impone sea razonable en comparación con la importancia del fin de la medida".

Villarejo lleva en libertad desde 2021

Tras su detención en noviembre de 2017, Villarejo pasó más de tres años en prisión provisional, pero la Audiencia Nacional levantó esta medida en marzo de 2021. El plazo máximo que un imputado puede permanecer en prisión sin condena previa es de cuatro años y los investigadores asumieron que no iban a lograr una condena antes de sobrepasar esta línea roja. El comisario ha cumplido todas las medidas acordadas desde entonces, una situación que, según advierten los magistrados, "juega a favor" de su defensa.

La Fiscalía incidía por su parte en la "abultada condena" y en "las circunstancias personales del acusado" para advertir sobre el supuesto riesgo de fuga, pero el tribunal considera que "no precisa en lo más mínimo cuáles son esas circunstancias". Según destacan en el auto notificado este lunes, el Ministerio Público solo apunta a datos que "figuran en otras piezas" y que "aquí no pueden tenerse en consideración".

Foto: El comisario jubilado José Manuel Villarejo. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)

De las más de 40 piezas que acumula la macrocausa, la Audiencia Nacional abordó en este primer juicio tres de ellas: el supuesto espionaje a un bufete de abogados (pieza Iron), la batalla por la herencia del creador de la urbanización La Finca (pieza Land) y el encargo de dos empresarios para recuperar una deuda (pieza Pintor).

La correspondiente sentencia impone 19 años de cárcel a Villarejo por los delitos de revelación de secretos y falsedad en documento mercantil, pero el cumplimiento efectivo ni siquiera superaría los 10: la ley fija el máximo en el triple de la pena más alta que se le ha impuesto —cuatro años por el delito de revelación de secretos— y también hay que restar los tres años y cuatro meses que ya pasó en prisión preventiva.

José Manuel Villarejo seguirá en libertad hasta nuevo aviso. La Fiscalía Anticorrupción pidió este lunes su ingreso en prisión al considerar que el riesgo de fuga ha aumentado desde que le notificaron su primera condena, pero el tribunal ha rechazado la solicitud: “El solo dato de las elevadas penas impuestas no conlleva una justificación autónoma suficiente para determinar la legitimidad de la adopción de esta medida”.

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