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La Fiscalía recurre el archivo de la imputación de Iberdrola Renovables en el caso Villarejo
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Niega que el cohecho haya prescrito

La Fiscalía recurre el archivo de la imputación de Iberdrola Renovables en el caso Villarejo

El Ministerio Público recurre en apelación el sobreseimiento libre de la causa contra Iberdrola por el caso Villarejo, alegando que el juez ha computado erróneamente la prescripción del delito de cohecho activo

Foto: Ignacio Sánchez Galán, en una imagen del pasado julio. (EFE/José Coelho)
Ignacio Sánchez Galán, en una imagen del pasado julio. (EFE/José Coelho)
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La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido el archivo de la causa contra Iberdrola Renovables por la contratación del comisario Villarejo. El instructor del procedimiento, el juez Manuel García-Castellón, decretó el pasado julio el sobreseimiento libre de la acusación contra la eléctrica, al entender que el delito de cohecho por el que estaba imputada ya había prescrito. Sin embargo, el Ministerio Público sostiene que el magistrado aplicó un cómputo erróneo de la prescripción y solicita a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que devuelva a Iberdrola Renovables la condición de investigada, según recoge su escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial.

La discrepancia gira en torno al delito que se toma como referencia para el cálculo de la extinción de responsabilidad. El juez imputó formalmente a la mercantil el 9 de julio de 2021 —dos años después de que este diario publicara las primeras informaciones que vinculaban a Iberdrola con Villarejo— tras apreciar indicios de que, entre 2011 y 2016, la compañía pagó al funcionario de la Policía Nacional para que espiara a una empresa suiza con la que mantenía un litigio por un proyecto de renovables en Rumanía. El interlocutor de Iberdrola Renovables con Villarejo fue el entonces director de Seguridad de la eléctrica, Antonio Asenjo, que permanece imputado en el caso.

Foto: El comisario García Castaño durante su declaración en el juicio

El juez recuerda que el delito de cohecho activo que se atribuía a la mercantil habría concluido en el momento en que Villarejo se jubiló el 22 de junio de 2016, ya que, a partir de ese día, "el investigado ya no tendría la consideración de autoridad o funcionario público delimitados en el Código Penal" para ese tipo delictivo. De ese modo, entre el retiro del policía y la imputación de la multinacional que preside Ignacio Sánchez Galán habrían transcurrido los más de cinco años de prescripción de los que goza la imputación del cohecho activo a una mercantil, castigado con un máximo de dos años de multa. En esas circunstancias, la única decisión procedente era, a juicio del instructor, acordar el sobreseimiento libre del caso para Iberdrola Renovales.

Sin embargo, el Ministerio Público alega que la medida se basa en un cálculo equivocado y pide que la compañía sea imputada nuevamente. En su escrito, señala que el delito de cohecho activo que se atribuye a la compañía es "conexo con otros delitos de cohecho —activo y pasivo— que se atribuyen a diferentes investigados, entre otros a los investigados Antonio Asenjo y José Manuel Villarejo", personas físicas que se exponen a una pena mayor que la mercantil y, por tanto, sujetos a una prescripción superior.

Foto: El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán. (EFE)

Según la Fiscalía, "el plazo de prescripción a aplicar al conjunto punitivo objeto de esta investigación no sería el considerado de manera individual para el delito de cohecho activo atribuido a Iberdrola Renovables como persona jurídica, sino el delito más grave que se hubiera cometido". "En este caso", expone el recurso de apelación, "el delito de cohecho activo y pasivo que se atribuye a las personas físicas —como más grave del conjunto punitivo— se encuentra castigado en el artículo 419 del Código Penal con pena de prisión superior a cinco años y de inhabilitación superior a 10 años". "Ello significa", concluye el Ministerio Público, "que el plazo de prescripción a aplicar es de 15 años, no cinco, como defiende la investigada Iberdrola Renovables Energía".

Anticorrupción apunta que la propia Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya se pronunció en este sentido el pasado 6 de mayo y defiende que, "en este momento procesal, en plena fase de instrucción, el plazo de prescripción ha de resultar único para todo el procedimiento, no siendo posible aplicar la prescripción por separado cuando existe una evidente conexión natural entre los ilícitos sometidos a investigación".

Foto: El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán. (EFE/José Coelho)

La aplicación de esta lectura errónea de la prescripción, plantea la Fiscalía, es que Iberdrola Renovables y algunos de sus directivos, como Sánchez Galán, se han quedado al margen de la causa por la extinción de su responsabilidad, mientras que otros investigados por los mismos hechos, como Asenjo y Villarejo, conservan la condición de investigados.

"En consecuencia", finaliza el recurso de apelación, "sobre la base de aplicar un plazo de prescripción de 15 años —no de cinco—, entiende el Ministerio Fiscal que obviamente no ha transcurrido ese plazo que obligaría a aplicar el instituto de la prescripción. Dando por bueno el cómputo realizado por la propia Iberdrola Renovables en su petición de sobreseimiento, es evidente que entre marzo de 2012 y el 9 de julio de 2021 —en que se acuerda mediante el auto correspondiente atribuir a Iberdrola Renovables Energía la condición de investigada— no ha transcurrido el plazo legal de 15 años previsto para la prescripción".

Foto: El excomisario José Manuel Villarejo, a su salida de la Audiencia. (EFE/Luis Millan)

Anticorrupción ya recurrió específicamente el pasado junio el archivo del caso contra Sánchez Galán y otros tres responsables de la multinacional, argumentando también que García-Castellón había cometido "un error" en la aplicación de la prescripción. En ese caso, el magistrado consideró que el último encargo a Villarejo en el que supuestamente habrían participado tuvo lugar en 2009 y, por tanto, se habría rebasado el plazo de 15 años. Por contra, la Fiscalía considera que el juez incurrió en una "flagrante omisión" al olvidar el llamado proyecto Wind, el supuesto espionaje de la compañía suiza con la que litigaba en Rumanía, que arrancó en 2011 y se extendió hasta 2016. La Sala de lo Penal aún no se ha pronunciado.

La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido el archivo de la causa contra Iberdrola Renovables por la contratación del comisario Villarejo. El instructor del procedimiento, el juez Manuel García-Castellón, decretó el pasado julio el sobreseimiento libre de la acusación contra la eléctrica, al entender que el delito de cohecho por el que estaba imputada ya había prescrito. Sin embargo, el Ministerio Público sostiene que el magistrado aplicó un cómputo erróneo de la prescripción y solicita a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que devuelva a Iberdrola Renovables la condición de investigada, según recoge su escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial.

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