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La Fiscalía se posiciona en contra de imputar al primo de Almeida y a la funcionaria
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Caso mascarillas

La Fiscalía se posiciona en contra de imputar al primo de Almeida y a la funcionaria

También informa al juez del hallazgo de dos "cuentas activas" a nombre de una sociedad que fue constituida en julio de 2020 y en la que Luis Medina figura como administrador único

Foto: El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida. (EFE)
El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida. (EFE)

La Fiscalía Anticorrupción ha remitido al juez Adolfo Carretero un escrito en el que se posiciona en contra de imputar al primo de José Luis Martínez-Almeida y a la trabajadora del Ayuntamiento de Madrid que dirigió las negociaciones con Alberto Luceño y Luis Medina, Elena Collado. El fiscal informa además al juez del hallazgo de dos "cuentas activas" a nombre de una sociedad administrada por Medina, al que se le atribuye un posible alzamiento de bienes por haber realizado movimientos patrimoniales tras saberse investigado.

En lo que se refiere a Carlos Martínez-Almeida, el fiscal sostiene que su declaración resultaría "irrelevante a los efectos de investigar los presuntos delitos que son objeto de la presente causa", pues se cometieron con posterioridad a su intervención en los hechos. El escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial, incide para ello en que "no existe ningún indicio de que su conducta, que se limitó a facilitar los datos de contacto de la persona que gestionaba en el Ayuntamiento de Madrid la compra de material sanitario [Elena Collado], pueda haber constituido un delito de tráfico de influencias".

Foto: El empresario Luis Medina a su llegada al Juzgado de Instrucción Número 47 de Madrid. (EFE)

En el caso de Collado, el fiscal Luis Rodríguez Sol apunta a un comportamiento que revelaría "a lo sumo una actuación negligente", pero considera que los indicios resultan insuficientes para apoyar una investigación contra ella. Con este razonamiento, pide que se mantenga su condición de testigo y rechaza la petición de una de las acusaciones de imputarla: "Si la petición prospera, habría que llamar a todos los miembros del consejo de administración de la empresa pública", advierte. El fiscal se refiere así a la Empresa Municipal de Servicios Funerarios, desde donde se gestionaron las compras de material sanitario al arranque de la pandemia en 2020.

"Para cualquiera que analice objetivamente el material obrante en las diligencias y, en particular, los mensajes dirigidos por ella al Sr. Luceño, resulta evidente que la Sra. Collado no tuvo en ningún momento intención de causar un quebranto al erario público", explica el fiscal. "El tipo delictivo [la malversación] exige que el autor tenga facultades para administrar los caudales públicos, condición que no poseía la Sra. Collado, pues era una simple consejera de la sociedad que realizó el acto de disposición".

Foto: La declaración de Alberto Luceño ante la Fiscalía Anticorrupción

En cuanto al delito de prevaricación que le atribuye la acusación, el fiscal recuerda que este se basa en "la existencia de una resolución arbitraria, pero no se dice en el escrito cuál sería la resolución que habría dictado la Sra.Collado". El mencionado delito queda así descartado, situación que se repite ante la idea de que podría haber sido "cómplice o cooperadora necesaria" de la presunta estafa: "La querella presentada por el Ministerio Fiscal se basa precisamente (...) en que la Sra. Collado fue la persona principal y directamente engañada por los investigados, por lo que resultaría contradictorio (...) que la Sra. Collado ha podido ser penalmente responsable de dicha estafa".

De esta manera, el fiscal descarta dirigirse contra Collado por la vía penal, lo que no quita que pueda tener "responsabilidad contable". Rodríguez Sol apunta en este sentido al artículo 38 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas, que establece que "el que por acción u omisión contraria a la Ley originare el menoscabo de los caudales o efectos públicos quedará obligado a la indemnización de los daños y perjuicios causados". En cualquier caso, "la responsabilidad contable es distinta de la penal y lo son también los órganos jurisdiccionales competentes para exigir una u otra responsabilidad", por lo que el fiscal se inclina por limitar la investigación a Medina y Luceño.

Hallan otras dos "cuentas" de Medina

En un segundo escrito al que ha tenido acceso El Confidencial, el fiscal informa al juez de que el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) ha localizado otras dos cuentas bancarias asociadas a Luis Medina. Hasta ahora, la investigación solo apuntaba a tres cuentas en el Deutsche Bank, entidad que informó al magistrado de que tenía 247,26 euros en las mismas. Ante la sospecha de que podía haber realizado movimientos patrimoniales para evitar los embargos tras saberse investigado, el juez le imputó entonces un delito de alzamiento de bienes y ordenó rastrear su patrimonio.

Foto: El empresario Luis Medina a su llegada al Juzgado de Instrucción Número 47 de Madrid. (EFE)

Según apunta el Sepblac, Medina es administrador único de la sociedad Sextante Trade Desk, que cuenta con dos "cuentas activas" en el Santander. La empresa, de hecho, se constituyó en mayo de 2020, tan solo un mes después de que Medina cobrara un millón de dólares por la venta de material sanitario al Ayuntamiento de Madrid. El escrito del fiscal no recoge el dinero que hay en las cuentas, pero apunta a que la sociedad también es titular de un contrato de renting "de 40.000 euros" cuyo objeto es un "vehículo marca Jeep". La garantía del mismo se ofreció "mediante la pignoración de fondos de inversión" y, en concreto, "varias participaciones" de un fondo del Santander.

La Fiscalía Anticorrupción ha remitido al juez Adolfo Carretero un escrito en el que se posiciona en contra de imputar al primo de José Luis Martínez-Almeida y a la trabajadora del Ayuntamiento de Madrid que dirigió las negociaciones con Alberto Luceño y Luis Medina, Elena Collado. El fiscal informa además al juez del hallazgo de dos "cuentas activas" a nombre de una sociedad administrada por Medina, al que se le atribuye un posible alzamiento de bienes por haber realizado movimientos patrimoniales tras saberse investigado.

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