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La Fiscalía prepara el archivo de la investigación sobre Juan Carlos I
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DESCARTA CITARLE A DECLARAR

La Fiscalía prepara el archivo de la investigación sobre Juan Carlos I

La decisión no es equiparable a un sobreseimiento judicial, ni provisional ni definitivo, pero permite el regreso temporal del Rey emérito a España

Foto: Juan Carlos I. (Getty)
Juan Carlos I. (Getty)
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En cuestión de semanas, la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, dictará un decreto con una larga y detallada motivación ordenando el archivo de las diligencias indagatorias prejudiciales iniciadas el 5 de junio del pasado año que abría la investigación de los presuntos o acreditados, pero no perseguibles, comportamientos irregulares de Juan Carlos I y que se la encomendaba al entonces fiscal de Sala y hoy teniente fiscal del Supremo, Juan Ignacio Campos, al tratarse el emérito de persona aforada ante la Sala Segunda. El equipo de fiscales dirigido por Campos, en el que colabora el fiscal jefe de anticorrupción, Alejandro Luzón, ha llegado a la conclusión de que el rey emérito no es imputable por la concurrencia, según los casos, de la inviolabilidad (artículo 56.3 de la CE) mientras ostentó la jefatura del Estado hasta junio de 2014, por la prescripción de determinados hechos y por las excusas absolutorias frente a delitos fiscales que conllevan las dos regularizaciones tributarias voluntarias (artículo 305 del Código Penal) realizadas por el padre del Rey en los meses de diciembre de 2020, por el impuesto de donaciones, y en febrero de este año, por el de renta de la personas físicas, por un importe conjunto superior a los cinco millones de euros.

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La Fiscalía considera innecesaria la citación a Juan Carlos I para que preste voluntariamente declaración en las diligencias indagatorias, después de haber recibido la de su pariente Álvaro de Orleans, la de su amigo Allen Sanginés-Krause y, entre otros, la del coronel Nicolás Murga, ayudante de campo del Rey emérito. La representación letrada del padre del Rey, ostentada por el abogado y exfiscal Javier Sánchez-Junco, se abstuvo de personarse en el procedimiento prejudicial cuando le fue ofrecido hacerlo. La Fiscalía ante el Tribunal Supremo dispone ya de los informes de la Agencia Tributaria, según confirmaron fuentes de la entidad, de las contestaciones “suficientes” a las comisiones rogatorias cursadas y de todas las demás indagaciones practicadas.

Con este material de investigación, el decreto de la Fiscalía General del Estado expondrá el conjunto de las indagaciones desplegadas y sus resultados. Será un relato “duro” y pormenorizado y, aunque concluirá con la imposibilidad de interponer denuncia o querella criminal contra Juan Carlos I, las fuentes consultadas —de conformidad con los criterios de la Circular de la Fiscalía 4/2013 “sobre diligencias de investigación” y de acuerdo con las conclusiones de la doctrina de la Consulta 1/2005 de 31 de marzo sobre “competencia de las fiscalías para tramitar diligencias de investigación que afecten a personas aforadas”— advierten de que el archivo que se va a acordar no implica un sobreseimiento judicial, ni provisional ni definitivo, de tal manera que podrían reabrirse en el caso de que surgiesen indicios nuevos que implicasen otras 'notitias criminis' diferentes a las investigadas. En tal caso, la Fiscalía conserva íntegras las facultades de investigación previstas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (artículo 773) y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (artículo 5). La Circular de la Fiscalía que regula esta materia es concluyente al respecto: “La naturaleza preprocesal y no jurisdiccional de las actuaciones del fiscal lleva a la conclusión lógica de que la decisión de archivo en ningún caso podrá equipararse ni en su naturaleza ni en sus efectos jurídicos a la decisión de sobreseimiento del juez de instrucción”.

Foto: Juan Carlos I. (EFE)

Por otra parte, el archivo de las tres diligencias indagatorias se producirá antes de que en el próximo mes de diciembre tuviesen que ser prorrogadas, lo que hubiese supuesto también una demora que las propias normas internas de la Fiscalía tratan de evitar. En ese sentido, la conclusión 11º de la Circular de 2013 establece con claridad que “la posibilidad de prórroga debe ser entendida como una excepción a la regla general, constituida por unas diligencias de vida ordinaria inferior a los seis meses”. Hasta el momento, las actuales se han prorrogado en dos ocasiones de forma motivada y su duración ha sido de más de un año, si se toma como referencia de su inicio el decreto de la fiscal general del Estado, y de más de dos años si se contabiliza el tiempo desde que la Fiscalía especial anticorrupción investigó a Juan Carlos I en 2018.

Foto: Fotografía de archivo del 10 03 2018, del rey emérito Juan Carlos I. (EFE)

La Fiscalía tenía previsto —como informó El Confidencial el 10 de octubre de 2020— concluir la investigación sobre Juan Carlos I en diciembre del pasado año, pero al sobrevenir nuevos indicios —la eventualidad de un trust en Jersey y las donaciones opacas de Sanginés-Krause— y producirse las dos regularizaciones fiscales voluntarias que hubo que comprobar en su carácter espontáneo, completo y veraz, han ido dilatando la toma de la decisión. Fuentes de la Fiscalía aseguran —y así lo corroboran otras también consultadas— que Dolores Delgado y Juan Ignacio Campos se han conducido en este asunto con “criterios profesionales” sin atender a “presiones políticas ni mediáticas”. La fiscal general del Estado es consciente, según estas fuentes, de las repercusiones de todo orden de la conclusión de la investigación al Rey emérito y por esa razón ha apurado todas las posibilidades de investigación para que no queden “cabos sueltos”. Esas fuentes subrayan que la Fiscalía ante la Sala Segunda del Supremo ha actuado sin “apriorismos”, asegurando que “no se trataba ni de querellarse o denunciar a Juan Carlos I ni de exculparlo, sino de determinar los criterios más sólidos para tomar una decisión o la otra”. De ahí que el equipo de investigación se remita a la motivación del decreto de archivo que tendrá gran alcance en los términos ya relatados en este diario en octubre del pasado año.

El archivo de las diligencias indagatorias de la Fiscalía permitiría al padre del Rey su regreso temporal a España, si bien no se alojaría en la Zarzuela ni fijaría su residencia en España. Mientras Carmen Calvo estuvo al frente del Ministerio de la Presidencia, hasta julio pasado, y siguiendo instrucciones de Pedro Sánchez, hizo las gestiones necesarias para el acomodo “digno” del Rey emérito en dependencias de Patrimonio Nacional.

En cuestión de semanas, la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, dictará un decreto con una larga y detallada motivación ordenando el archivo de las diligencias indagatorias prejudiciales iniciadas el 5 de junio del pasado año que abría la investigación de los presuntos o acreditados, pero no perseguibles, comportamientos irregulares de Juan Carlos I y que se la encomendaba al entonces fiscal de Sala y hoy teniente fiscal del Supremo, Juan Ignacio Campos, al tratarse el emérito de persona aforada ante la Sala Segunda. El equipo de fiscales dirigido por Campos, en el que colabora el fiscal jefe de anticorrupción, Alejandro Luzón, ha llegado a la conclusión de que el rey emérito no es imputable por la concurrencia, según los casos, de la inviolabilidad (artículo 56.3 de la CE) mientras ostentó la jefatura del Estado hasta junio de 2014, por la prescripción de determinados hechos y por las excusas absolutorias frente a delitos fiscales que conllevan las dos regularizaciones tributarias voluntarias (artículo 305 del Código Penal) realizadas por el padre del Rey en los meses de diciembre de 2020, por el impuesto de donaciones, y en febrero de este año, por el de renta de la personas físicas, por un importe conjunto superior a los cinco millones de euros.

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