Es noticia
La Fiscalía archivará con un duro relato su investigación sobre Juan Carlos I
  1. España
la inviolabilidad impide la querella criminal

La Fiscalía archivará con un duro relato su investigación sobre Juan Carlos I

Juan Ignacio Campos y tres fiscales del Supremo redactan las conclusiones de su investigación sobre el Rey emérito y las razones para su exoneración

Foto: Fotografía de archivo de Juan Carlos I. (Reuters)
Fotografía de archivo de Juan Carlos I. (Reuters)
EC EXCLUSIVO Artículo solo para suscriptores

El fiscal de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Juan Ignacio Campos, ha concluido las investigaciones prejudiciales sobre la relevancia penal de los comportamientos del Rey emérito y ha llegado a la conclusión de que la inviolabilidad de la que gozó por mandato del artículo 56.3 de la Constitución hasta su abdicación el 19 de junio de 2014 le impide interponer una querella criminal contra Juan Carlos I ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, instancia en la que el anterior jefe del Estado está aforado. Sin embargo, la Fiscalía del alto tribunal no cerrará sus averiguaciones sin ofrecer un detallado relato de los comportamientos del anterior jefe del Estado que se deducen de la investigación que ha llevado a cabo.

Foto: El rey Juan Carlos saluda desde su coche en una imagen de 2012. (EFE)

El relato incorporará los episodios, muchos de ellos conocidos a través de los medios de comunicación, que podrían justificar la incoación de una causa penal que, no obstante, impide la irresponsabilidad criminal del padre del Rey mientras ejerció la jefatura del Estado. O en otros términos, la Fiscalía del Supremo está en condiciones de afirmar que Juan Carlos I pudo incurrir en conductas que, de no mediar el privilegio de la inviolabilidad, justificarían un enjuiciamiento penal y, eventualmente, una sentencia condenatoria.

Pese a la documentación examinada, a los datos obtenidos de las respuestas de las comisiones rogatorias solicitadas a la Fiscalía suiza y a los testimonios recabados, la investigación no ha podido determinar indicios delictivos —sean de blanqueo, sean de infracción tributaria— posteriores a la renuncia de Juan Carlos I, pero sí mientras desempeñó la jefatura del Estado. Según otras fuentes, la Fiscalía estaría asumiendo la ultraactividad de la inviolabilidad en los mismos términos del dictamen de los letrados del Congreso, que el 15 de junio pasado consideraron que “las prerrogativas de la inviolabilidad y no sujeción a responsabilidad (…) son absolutas, abarcan la totalidad del periodo que se ejerce la jefatura del Estado y tienen efectos permanentes”. Con base en este informe, el PSOE se opuso a la constitución de una comisión de investigación parlamentaria sobre los negocios de Juan Carlos I reclamada por ERC, JxCAT, PNV, Bildu, BNG, Más País, Compromís y la CUP.

Foto: El rey emérito Juan Carlos I. (Reuters)

El informe del ministerio fiscal y el archivo del procedimiento indagatorio que Dolores Delgado encomendó por decreto el pasado 5 de junio a Juan Ignacio Campos, fiscal de la Sala Segunda del Supremo, delegado para delitos económicos, estarán listos y serán públicos “antes de las próximas navidades”. En la actualidad, al tiempo que se practica alguna diligencia de “menor importancia”, el relato está en fase de elaboración. Participan en la redacción del texto, con aportación de datos y criterios técnicos, tres inspectores de la Agencia Tributaria que se incorporaron hace meses al equipo de investigación dirigido por Juan Ignacio Campos. Junto a él, han trabajado en estas indagaciones, desde el pasado mes de julio y por decisión de la fiscal general del Estado, los fiscales José Antonio del Cerro, Juan Carlos López Coig y Paloma Iglesias. Tanto en amplios sectores de la magistratura como entre los fiscales de la Sala Segunda y de otras del Supremo, se destaca la profesionalidad y rigor del trabajo de todos ellos y se subraya la posición “institucional” de Dolores Delgado, que “ha amparado plenamente la labor de los fiscales en la delicada investigación que han realizado”.

El informe del fiscal Campos se estructura en tres apartados: los elementos objetivos deducidos de la investigación; los subjetivos que acreditarían una voluntad de delinquir, y las razones que, no obstante, imponen la exoneración del Rey emérito por el efecto enervante de la inviolabilidad, ya que la “figura del Rey no está sometida a responsabilidad” (artículo 56.3 de la Constitución). Está por ver si el fiscal Campos se suma a la tesis de los letrados del Congreso o esgrime una argumentación diferente, o se basa en que la investigación no ha detectado después de la abdicación del Rey emérito indicios delictivos. Se manejaría, según algunas de las fuentes consultadas, no solo la inviolabilidad sino también la prescripción.

Foto: El rey Juan Carlos y Corinna en una imagen de archivo. (EFE)

La Fiscalía General del Estado se opuso el pasado mes de septiembre a la admisión de la querella criminal interpuesta contra Juan Carlos I por la entidad independentista catalana Òmnium Cultural. La Sala Segunda no ha dictado aún el auto correspondiente para tramitar o inadmitir la querella, aunque, según fuentes del Supremo, el texto de la resolución estaría prácticamente redactado y, asumiendo los criterios del ministerio fiscal y pronunciamientos anteriores del propio Tribunal Supremo e interpretativos del Constitucional, la inadmitirá. El ponente del auto es el presidente de la sala, Manuel Marchena.

Aunque el relato de los fiscales encargados de investigar las conductas de Juan Carlos I no puede considerarse desde el punto de vista procesal más que como una motivación del archivo de las indagaciones prejudiciales, la narrativa de las conductas del Rey emérito y su exoneración basada en la inviolabilidad tendrán una alta significación jurídica y serias consecuencias políticas. Según se pronuncien los fiscales, el regreso a España del padre del Rey sería verosímil o inviable. Fuentes del Ministerio de Asuntos Exteriores confirmaron oficiosamente que Juan Carlos I permanece en los Emiratos Árabes. Otras fuentes aseguran que el padre del Rey no tiene previsto salir de aquel país y que permanece a la “espera de acontecimientos”.

El fiscal de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Juan Ignacio Campos, ha concluido las investigaciones prejudiciales sobre la relevancia penal de los comportamientos del Rey emérito y ha llegado a la conclusión de que la inviolabilidad de la que gozó por mandato del artículo 56.3 de la Constitución hasta su abdicación el 19 de junio de 2014 le impide interponer una querella criminal contra Juan Carlos I ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, instancia en la que el anterior jefe del Estado está aforado. Sin embargo, la Fiscalía del alto tribunal no cerrará sus averiguaciones sin ofrecer un detallado relato de los comportamientos del anterior jefe del Estado que se deducen de la investigación que ha llevado a cabo.

Rey Don Juan Carlos Tribunal Supremo
El redactor recomienda