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La Justicia declara fortuito el concurso de Banco Madrid y exime a los Cierco
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Eximido también el ex consejero delegado de bpa

La Justicia declara fortuito el concurso de Banco Madrid y exime a los Cierco

La sentencia supone un revés para las tesis de la Fiscalía, a la que el juez señala que no ha presentado "ni una sola prueba" que acredite la responsabilidad del banco ni de sus responsables

Foto: De izquierda a derecha: Ramón Cierco, Higini Cierco y Joan Pau Miquel.
De izquierda a derecha: Ramón Cierco, Higini Cierco y Joan Pau Miquel.

El Juzgado Mercantil número 1 de Madrid ha declarado fortuito y no culpable el concurso de acreedores de Banco Madrid, dejando exentos de responsabilidad en la quiebra de la entidad a los hermanos Higini y Ramón Cierco, accionistas mayoritarios de Banca Privada de Andorra (BPA), la matriz andorrana de Banco Madrid.

"Debo absolver y absuelvo a todas las personas afectadas por la calificación de todos los pedimentos contra ellas deducidos", dice el magistrado Carlos Nieto en la sentencia.

Según la sentencia, el juez también ha eximido de responsabilidad al ex consejero delegado de BPA Joan Pau Miquel, arrestado en marzo de 2015 acusado de blanqueo de capitales procedentes del crimen organizado y en libertad provisional. Los otros dos eximidos en la sentencia son José Pérez, expresidente de Banco Madrid, Rodrigo Achirica y Ricard Climent, antiguos miembros del consejo de administración de la filial de BPA.

Banco Madrid presentó en marzo de 2015 concurso voluntario de acreedores y suspendió su operativa tras conocerse la decisión adoptada por la Financial Crisis Enforcement Network (FinCEN) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos de considerar a BPA como una institución financiera extranjera sometida a preocupación de primer orden en materia de blanqueo de capitales.

Foto: Ramón Cierco.

La Fiscalía había pedido que el concurso se declarara culpable por el incumplimiento por parte de Banco Madrid de sus obligaciones impuestas por la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales, atribuyendo a sus gestores la responsabilidad. La Ley Concursal establece, en el marco de la sección de calificación, qué juez podrá calificar el concurso de una sociedad como fortuito o como culpable y que solo en este último caso existirá responsabilidad de los administradores.

El Ministerio Fiscal argumentaba que la conducta última generadora de la situación de insolvencia fue la decisión de situarse al margen de la legislación vigente, "y que dicha situación de insolvencia no fue más que el resultado previsible de esa actuación antijurídica, una vez que por el Estado se activaron los resortes para imponer la legalidad".

La sentencia conocida hoy supone un revés para las tesis de la Fiscalía, a la que el juez de lo mercantil señala que no ha presentado "ni una sola prueba" que acredite la responsabilidad del banco ni de sus responsables.

Banco Madrid, ahora convertida en empresa, trata de incrementar su liquidez a través de la venta de cartera propia, de comisiones procedentes de fondos y de otros hechos corporativos.

El Juzgado Mercantil número 1 de Madrid ha declarado fortuito y no culpable el concurso de acreedores de Banco Madrid, dejando exentos de responsabilidad en la quiebra de la entidad a los hermanos Higini y Ramón Cierco, accionistas mayoritarios de Banca Privada de Andorra (BPA), la matriz andorrana de Banco Madrid.

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