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La sentencia del TJUE de los interinos pone en riesgo las oposiciones convocadas
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Son más de 500.000 plazas publicadas

La sentencia del TJUE de los interinos pone en riesgo las oposiciones convocadas

El TJUE señala que las convocatorias diseñadas en 2021 para estabilizar el empleo público no se ajustan a la normativa comunitaria y señala que el camino puede ser la fijeza

Foto: Oposiciones del País Vasco. (EFE/Miguel Toña)
Oposiciones del País Vasco. (EFE/Miguel Toña)
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha vuelto a dar otra gran reprimenda a España por el abuso del empleo público. Y podría no ser la última. En este último pronunciamiento, en respuesta a una cuestión prejudicial del Tribunal Superior de Madrid, señala que el sistema diseñado por el Gobierno y los sindicatos para estabilizar las plazas temporales tampoco se ajusta a la normativa comunitaria. Actualmente, hay más de 530.000 plazas ya convocadas.

El alto tribunal de Luxemburgo señala que la indemnización que reciben los interinos de larga duración que fijó el Gobierno en la Ley 20/2021, de 20 días por año trabajado hasta un máximo de una anualidad, no es sanción suficiente para las administraciones públicas. La ausencia de mecanismos sancionadores lleva a deducir al TJUE que la mejor solución es hacer fijos a los trabajadores que sumen más de tres años en la Administración encadenando contratos temporales (incluyendo los indefinidos no fijos).

Esto significa que las convocatorias diseñadas por el Gobierno y los agentes sociales no cumplen con el Acuerdo Marco comunitario, a juicio del TJUE. Se trata de un duro revés para el Ejecutivo, que consideraba que había solucionado el problema de los interinos con las convocatorias de estabilización en el empleo. Pero, además, ahora se queda en el aire la legalidad de las oposiciones que ya estén convocadas y que no se hayan realizado. Por ejemplo, las ofertas de empleo público (OEP) de la Justicia, la Sanidad o de la Administración General del Estado y las comunidades autónomas.

Así lo señala Javier Araúz, abogado de Araúz y Belda, un despacho que lleva 10 años litigando por conseguir hacer fijos a los interinos de larga duración y que está cerca de lograr su objetivo. "Las administraciones empleadoras convocantes tendrán que paralizar las convocatorias por pura prudencia y por la obligación de cumplir el derecho comunitario", explica tras conocer la respuesta del TJUE. En el caso contrario, se enfrenta a que sean los propios interinos quienes impugnen, ante la Justicia española, la paralización de esos procesos.

Foto: Domingo Sánchez Ruiz delante del Hospital Ramón y Cajal. (Enrique Villarino)

La respuesta del TJUE deja poco espacio para pensar que las convocatorias de estabilización en el empleo lanzadas al abrigo de la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público pasen el filtro comunitario. En concreto, señala que el Acuerdo Marco europeo "se opone" a que estas plazas se cubran mediante "convocatorias públicas" en los casos en que "dicha convocatoria es independiente de cualquier consideración relativa al carácter abusivo de la utilización de tales contratos de duración determinada".

Al contrario, el tribunal señala que el camino "puede ser" hacer fijos a estos trabajadores temporales. Esto es, rechaza, al menos a priori, el camino de las convocatorias públicas y señala que la alternativa factible es la de la estabilización de los trabajadores que ya llevan años en sus cargos demostrando capacidad y mérito.

Araúz confía en que el TJUE publique una segunda respuesta a un tribunal español en los próximos meses que sea aún más concisa. En concreto, se trata de una cuestión prejudicial planteada desde la Justicia de Barcelona. "Creemos que en esta ocasión impondrá la fijeza como única solución", explica el abogado.

No lo tienen tan claro los sindicatos, quienes están analizando en detalle la sentencia del alto tribunal europeo. Para las organizaciones de trabajadores, la batalla de los interinos ha sido muy incómoda, ya que la mayor parte de sus afiliados no son personal laboral, sino funcionarios, por lo que han tenido preferencia por defender que las plazas se cubrieran con convocatorias públicas. La fijeza nunca ha estado entre sus opciones, por lo que la sentencia del TJUE supone un duro golpe contra sus posiciones.

Para UGT y CCOO, las plazas convocadas no corren peligro, porque la sentencia afecta únicamente al personal indefinido no fijo y porque la Ley 20/2021 establece las medidas oportunas para sancionar a las administraciones por el abuso de la temporalidad e indemnizar a los trabajadores afectados. Una interpretación que podría generar dudas, ya que la respuesta del TJUE señala específicamente "los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales, incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente". Esto es, no solo se refiere a los indefinidos no fijos, sino a todos los interinos de larga duración.

Creemos que en esta ocasión el TJUE impondrá la fijeza como única solución

"Queremos dar una respuesta de tranquilidad al personal", ha comunicado CCOO a través de una nota de prensa. Por su parte, la secretaria de Acción Sindical de UGT Servicios Públicos ha asegurado que "la sentencia no pone en cuestión los procesos de estabilización que se están desarrollando en este país, ninguno corre peligro".

¿Y quienes ya han cesado?

Otra de las dudas que abre la respuesta del TJUE es qué ocurre con los interinos que ya han cesado en su cargo porque su puesto lo haya ocupado otro trabajador que superó las oposiciones, que se calcula que serán varios miles de personas. En los ayuntamientos, la mayor parte de los procesos de estabilización en el empleo terminaron con la fijeza del personal laboral, pero en las convocatorias de las CCAA y del Estado sí se han producido muchos ceses desde el año 2022.

Araúz considera que si el TJUE ha determinado que la solución debe ser la fijeza, estos trabajadores tendrán que ser readmitidos en sus puestos. Esto es, serían puestos que se duplicarían, porque ya están siendo ocupados por personal fijo. Supondría, por tanto, un aumento involuntario de las plantillas públicas.

Foto: 35.000 opositores se examinan para 277 plazas en el Ayuntamiento de Madrid. (EFE/Víctor Lerena)

Por el contrario, las fuentes sindicales señaladas no descartan que la solución sea aumentar las indemnizaciones ya concedidas, lo que supondría un gasto muy cuantioso para las arcas públicas. La solución ahora queda en manos de la Justicia europea, quien tiene que pronunciarse por la cuestión prejudicial señalada anteriormente. Pero también en manos de los tribunales españoles, ya que en su respuesta de esta semana, el TJUE delega en ellos fijar una nueva jurisprudencia sobre el abuso de la temporalidad que no atente contra los principios del Acuerdo Marco comunitario. "Corresponde, en su caso, al tribunal nacional modificar la jurisprudencia nacional consolidada si esta se basa en una interpretación de las disposiciones nacionales, incluso constitucionales, incompatible con los objetivos de la Directiva 1999/70", señala la sentencia.

Esto significa que, en esta ocasión, la solución al problema ya no está en manos del Gobierno. Será la Justicia quien tenga que determinar si el camino que diseñó el Gobierno con los sindicatos en 2021 se atiene a la normativa comunitaria o si culmina la enmienda a la totalidad.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha vuelto a dar otra gran reprimenda a España por el abuso del empleo público. Y podría no ser la última. En este último pronunciamiento, en respuesta a una cuestión prejudicial del Tribunal Superior de Madrid, señala que el sistema diseñado por el Gobierno y los sindicatos para estabilizar las plazas temporales tampoco se ajusta a la normativa comunitaria. Actualmente, hay más de 530.000 plazas ya convocadas.

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