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El rechazo del juez al recurso de Durán impulsa el liderazgo de Ribón en la abogacía
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El fallo subraya la "autonomía" del ICAM

El rechazo del juez al recurso de Durán impulsa el liderazgo de Ribón en la abogacía

El juzgado desestima la nulidad de la candidatura del actual decano de Madrid y elimina la gran piedra en el zapato que debilitaba una gestión que está agitando a toda la profesión

Foto: Eugenio Ribón, decano del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM).
Eugenio Ribón, decano del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM).

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 33 de Madrid alivió ayer el que probablemente era el gran dolor de cabeza de la actual dirección del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) y de su máximo responsable, el decano Eugenio Ribón. El órgano judicial desestimó el recurso presentado por Miguel Durán, ex aspirante a las últimas elecciones de la corporación, en el que solicitaba la nulidad de la candidatura de Ribón y parte de su equipo —María Dolores Fernández Campillo, Emilio Ramírez y José Ignacio Monedero— por no haber dimitido de sus cargos en la anterior junta antes de concurrir al proceso electoral celebrado a finales del pasado año. Según la sentencia, difundida ayer por la institución, los estatutos del ICAM "no incluye[n] la falta de dimisión de los miembros de la Junta de Gobierno como causa de inelegibilidad de los candidatos", debiendo haberse incluido si la no renuncia "afectase a los principios de igualdad y transparencia" de forma "tan rotunda" como pretende el recurrente.

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Como avanzó El Confidencial el pasado mes de junio, el recurso de Durán, anunciado por el letrado a finales del año, había sido tramitado por el juzgado, que además había llamado a declarar a Juan Gonzalo Ospina. El letrado fue el único de los candidatos integrantes de la anterior junta de gobierno del ICAM que había presentado su dimisión antes de iniciarse la carrera para los comicios del 20 de diciembre. Raúl Ochoa, el tercero en cuestión, tampoco renunció a su cargo en el órgano colegial. Según Durán, la falta de renuncia vulneraba el artículo 79.3 del Estatuto de la Abogacía, que establece que "los miembros de la junta de gobierno que, antes del fin de su mandato, quieran presentarse a cualquiera de los cargos que sean objeto de elección, deberán dimitir previamente del cargo que ocupen".

El fallo, sin embargo, respalda los argumentos presentados por el Colegio de Madrid y subraya el "carácter restrictivo" que debe tener cualquier limitación de derechos —en este caso, en relación con la concurrencia al proceso electoral—. La resolución indica que, si bien es cierto que el ICAM no ha adecuado sus estatutos a lo que establece el Estatuto General de la Abogacía (EGAE) en el plazo de un año, como recoge la norma, "no existe una consecuencia" para dicha falta de adaptación. Además, la normativa y la jurisprudencia han reconocido la "autonomía" de los colegios "para dictar sus propias disposiciones, siempre que no entren en colisión con las bases establecidas".

Foto: Fachada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. (ICAM)

La decisión del juzgado no solo es un espaldarazo para la actual junta de gobierno del ICAM en este particular litigio, también elimina la gran piedra en el zapato con la que contaba Ribón en su mandato al frente de la institución. A pesar de que públicamente la dirección colegial se mantenía segura de que la justicia no cuestionaría el proceso electoral, lo cierto es que la impugnación de Durán, de haberse admitido, habría socavado su legitimidad como decano, incluso aunque se hubieran mantenido los resultados electorales. De este modo, Ribón y su equipo pueden respirar tranquilos y mantener la intensa hoja de ruta que están desplegado, desde que el pasado mes de enero asumieran el liderazgo del mayor colegio de abogados del país, con 70.000 colegiados y un presupuesto de más de 30 millones de euros.

Con la sentencia, además, el decano salva el segundo match ball de su mandato en apenas dos meses. El anterior fue la aprobación de la compra del edificio al completo de su actual sede, en la calle Serrano número 9, operación valorada en 19,12 millones de euros. Un visto bueno que se obtuvo en la muy convulsa junta extraordinaria celebrada el 20 de julio, en la que se vivieron momentos de mucha tensión entre los allí presentes y la dirección del ICAM, pero que el equipo de Ribón logró salvar con holgura gracias al voto delegado. Está por ver si alguna de las asociaciones y colectivos que se opusieron a la operación de compra a la Mutualidad de la Abogacía convierten su protesta en acciones legales para frenar la compra.

Foto: Eugenio Ribón (d), decano del ICAM, y Victoria Ortega (i), presidenta del CGAE.

Superadas ambas pruebas de fuego, el decano puede concentrar sus energías en una ambiciosa agenda que le está granjeando no pocas dificultades con el máximo órgano representativo de la profesión, el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE). Tal y como informó este diario, la relación entre Ribón y la cúpula del CGAE, presidida por Victoria Ortega, ha tocado fondo tras los últimos desplantes dirigidos contra él desde el núcleo duro del orteguismo. Al Consejo le irrita que el decano madrileño tenga una agenda propia que, en muchas ocasiones, hace sombra o colisiona con la labor del CGAE. Tampoco entienden la posición que ha adoptado el decano en algunos conflictos, como el de las protestas del turno de oficio, las huelgas en la justicia o la Mutualidad de la Abogacía, en el que está asumiendo un papel de líder nacional de la profesión.

Desde el ICAM argumentan, en su defensa —y lo que no deja de ser una carga de profundidad contra el CGAE y su funcionamiento— que ellos se deben a sus colegiados, y que ni van a enredarse en absurdas cuitas y juegos de poder que en nada interesan a los profesionales de a pie, ni van a dilatar su acción de gobierno por los exasperantes tiempos del consejo. La ruptura de relaciones entre ICAM y CGAE salió a la luz tras la publicación por parte de El Confidencial que Ribón exigía un cambio en el sistema de elección de la cúpula del órgano nacional, pasando de ser elegido por los decanos a votado directamente por los profesionales. Una modificación que ataca el statu quo sobre el que asienta su poder la presidenta Ortega.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 33 de Madrid alivió ayer el que probablemente era el gran dolor de cabeza de la actual dirección del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) y de su máximo responsable, el decano Eugenio Ribón. El órgano judicial desestimó el recurso presentado por Miguel Durán, ex aspirante a las últimas elecciones de la corporación, en el que solicitaba la nulidad de la candidatura de Ribón y parte de su equipo —María Dolores Fernández Campillo, Emilio Ramírez y José Ignacio Monedero— por no haber dimitido de sus cargos en la anterior junta antes de concurrir al proceso electoral celebrado a finales del pasado año. Según la sentencia, difundida ayer por la institución, los estatutos del ICAM "no incluye[n] la falta de dimisión de los miembros de la Junta de Gobierno como causa de inelegibilidad de los candidatos", debiendo haberse incluido si la no renuncia "afectase a los principios de igualdad y transparencia" de forma "tan rotunda" como pretende el recurrente.

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