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Guía legal para las empresas afectadas por el veto argelino: así se defienden los contratos
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Hay un acuerdo de protección de inversiones

Guía legal para las empresas afectadas por el veto argelino: así se defienden los contratos

Los abogados recomiendan preservar toda la documentación que acredite la inversión y advertir a los terceros afectados. El tratado bilateral habilita a resolver el conflicto en un arbitraje neutral

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el presidente de la República de Argelia, Abdelmadjid Tabboune. (EFE/Fernando Calvo)
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el presidente de la República de Argelia, Abdelmadjid Tabboune. (EFE/Fernando Calvo)
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La reacción de Argelia, que primero anunció que iba a paralizar el comercio con nuestro país para luego recular, ha puesto en jaque a numerosas empresas con inversiones e intereses en el Estado del Norte de África. El pasado miércoles, el Ejecutivo argelino dio la orden a sus entidades bancarias de "congelar las domiciliaciones y las operaciones de comercio exterior de productos y servicios de y hacia España a partir del jueves 9 de junio". Aunque la instrucción, que habrá que ver si finalmente cristaliza tras la presión europea, no afecta a las exportaciones de hidrocarburos, sí podría tener un relevante impacto en muchos otros sectores de actividad. En 2021, España realizó importaciones por valor de 4.768 millones de euros desde el país magrebí; las exportaciones supusieron 1.880 millones.

La pregunta que desde el jueves se hacen las compañías perjudicadas es, ¿y ahora qué? Los expertos consultados por El Confidencial señalan que la normativa internacional les ofrece recursos legales para defender sus contratos, pero advierten de que son batallas largas y que se encuentran expuestas a un conflicto diplomático del que aún no es posible adivinar su evolución. En todo caso, recomiendan ir tomando posiciones y preparándose para la defensa de los propios intereses.

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Hay dos normas sobre las que se apoyará la estrategia legal. La primera es el Acuerdo entre España y Argelia para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, de 1994, y la segunda es el Acuerdo Euromediterráneo, suscrito por la UE con diversos países del Magreb, entre ellos, la República argelina.

"Cada demanda responderá a unas circunstancias concretas, pero los inversores tienen argumentos de peso para demostrar que Argelia está incumpliendo un buen número de las obligaciones contenidas en el Acuerdo de Protección Recíproca de Inversiones", señala Ben Sanderson, 'of counsel' y responsable de la práctica global de Arbitraje Internacional de DLA Piper. Asimismo, el letrado considera que la medida adoptada a través de la banca del país constituye un supuesto de fuerza mayor frente a terceros, por lo que es conveniente que las empresas afectadas se blinden también ante estas potenciales reclamaciones.

Ben Sanderson, de DLA Piper: "Los inversores tienen argumentos de peso para demostrar que Argelia incumple sus obligaciones"

En el tratado de inversiones recíprocas, España y Argelia se comprometen a proteger las inversiones efectuadas en su territorio por inversores del otro Estado, y a no obstaculizarlas "mediante medidas injustificadas o discriminatorias, la gestión, el mantenimiento, la utilización, el disfrute, la extensión, la venta ni, en su caso, la liquidación". Asimismo, el convenio establece que garantizarán que el tratamiento de las inversiones "no será menos favorable que el otorgado por cada parte contratante a las inversiones realizadas en su territorio por sus propios inversores o por inversores de un tercer país", una circunstancia que, en opinión de Sanderson, no se cumple desde el 8 de junio.

No son los únicos supuestos protegidos, remarca el letrado de DLA Piper. También ofrece garantías frente a las expropiaciones, ya sean directas o indirectas. Este segundo supuesto, detalla Sanderson, se produce cuando se adoptan medidas que privan al inversor del valor de su inversión. ¿Es el bloqueo bancario una expropiación indirecta? "Podría defenderse jurídicamente, puesto que Argelia está impidiendo traer a España los rendimientos que se obtienen en el país, pero lo cierto es que no existe un precedente que permita afirmar con rotundidad que le darían la razón al reclamante", subraya.

Foto: Vista de la planta de gas de Krechba, Argelia. (Reuters/Zohra Bensemra)

Una opinión que comparte José María Viñals, socio de Squire Patton Boggs y experto en comercio internacional. "En los últimos años, las expropiaciones ya no se hacen 'a las bravas', sino a través de instrumentos regulatorios muy sofisticados: con subidas excesivas de impuestos, limitaciones normativas desproporcionadas, etcétera. La medida que ha adoptado Argelia, que se trata de una decisión unilateral que provoca que una empresa española pierda el control de su inversión en el país, podría ser objeto de un arbitraje internacional basado en el tratado entre ambos Estados", expone.

El Acuerdo España-Argelia establece, en caso de controversia, un plazo de seis meses para resolver la cuestión por la vía de la negociación. Si transcurrido ese tiempo no hubiera sido posible alcanzar una solución, el asunto será sometido a un tribunal de arbitraje independiente: la Corte de París, el tribunal de Estocolomo, el tribunal de arbitraje de las Naciones Unidas o el CIADI. Este elemento es clave porque a ninguna empresa extranjera suele proporcionarle confianza el pleitear contra un Estado en los tribunales de su propio país. Como indica Ben Sanderson, es importante no demorar demasiado la notificación del incumplimiento para que empiece a correr el plazo de seis meses.

José María Viñals (Squire): "Las expropiaciones ya no se hacen 'a las bravas', sino a través de instrumentos muy sofisticados"

El laudo arbitral, que será definitivo y vinculante para ambas partes, deberá dictarse en aplicación de las disposiciones del Acuerdo, el derecho nacional del territorio en el que se ha realizado la inversión (en este caso, Argelia) y las reglas y principios del derecho internacional.

El otro instrumento legal que podría haber incumplido Argelia es el Acuerdo Euromediterráneo suscrito entre el país magrebí y la Unión Europea en 2005, un tratado que el Ministerio de Asuntos Exteriores aduce para lograr que el Ejecutivo comunitario se involucre en esta crisis. La norma fija entre sus objetivos, contenidos en el artículo 1.2, el desarrollo de "los intercambios, garantizar la expansión de unas relaciones económicas y sociales equilibradas (...) y fijar las condiciones para la liberalización progresiva de los intercambios de bienes, servicios y capitales". Un objetivo que se concreta en la no introducción de "restricciones cuantitativas a la importación o a la exportación, ni medidas de efecto equivalente" (artículo 17) o en el compromiso "a autorizar, en monedas de libre convertibilidad, todos los pagos corrientes relativos a transacciones corrientes".

El Acuerdo Euromediterráneo establece, en caso de conflicto en la aplicación o interpretación del texto, que las partes podrán someter la cuestión al Consejo de Asociación. En este caso, no obstante, la controversia se dirimiría entre los firmantes del acuerdo: es decir, el bloque europeo, por un lado, y Argelia por otro. No es un recurso legal en manos de las compañías.

Foto: Contenedores en el puerto de Argel. (EFE/STR)

A corto plazo, José María Viñals recomienda a las compañías que se hayan visto afectadas por la crisis con Argelia, en primer lugar, evaluar el grado de exposición que tienen respecto de las medidas adoptadas por el país, tanto la directa, como la indirecta —"¿Qué pasa con un producto que tiene un componente español?, ¿a partir de qué porcentaje del conjunto se le atribuye la españolidad?", se pregunta a este respecto—. En segundo término, continúa, debe acudirse a los principios de prudencia y cautela. "Dado que no conocemos cómo evolucionará el conflicto, lo mejor es, en la medida de lo posible, no aceptar nuevos pedidos que provengan de Argelia o no suscribir nuevos contratos en el país, porque pueden ser fuente de conflicto", remarca Viñals.

Ben Sanderson, a su vez, aconseja revisar todos los contratos con otras empresas que podrían verse afectados por las restricciones argelinas, a quienes es conveniente informar de que el cumplimiento del acuerdo puede verse afectado por el conflicto. "Así se preserva la propia posición frente a reclamaciones de terceros", explica. Posteriormente, debe examinarse la situación respecto de Argelia, lo cual incluye no solo recabar toda la información posible para iniciar eventuales acciones legales, sino también recuperar toda la documentación y material que pueda tenerse en el país (en caso de compañías con sede allí). "Un arbitraje de este tipo dura en torno a dos años y medio o tres años; son procesos largos, así que más vale estar bien preparado", remata el 'of counsel' de DLA Piper.

La reacción de Argelia, que primero anunció que iba a paralizar el comercio con nuestro país para luego recular, ha puesto en jaque a numerosas empresas con inversiones e intereses en el Estado del Norte de África. El pasado miércoles, el Ejecutivo argelino dio la orden a sus entidades bancarias de "congelar las domiciliaciones y las operaciones de comercio exterior de productos y servicios de y hacia España a partir del jueves 9 de junio". Aunque la instrucción, que habrá que ver si finalmente cristaliza tras la presión europea, no afecta a las exportaciones de hidrocarburos, sí podría tener un relevante impacto en muchos otros sectores de actividad. En 2021, España realizó importaciones por valor de 4.768 millones de euros desde el país magrebí; las exportaciones supusieron 1.880 millones.

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