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La malversación, la piedra oculta en el zapato de la amnistía de cara a Europa
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Dudas de encaje en el derecho comunitario

La malversación, la piedra oculta en el zapato de la amnistía de cara a Europa

El olvido de este delito no coordina bien con la legislación europea en materia de lucha contra la corrupción y quedará previsiblemente incluido en las futuras cuestiones al TJUE

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el presidente del Consejo Europeo, Charles Michel, y la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen. (Europa Press/Belga)
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el presidente del Consejo Europeo, Charles Michel, y la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen. (Europa Press/Belga)
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La ley de amnistía sigue su avance en la tramitación, pero, pese a que su aprobación definitiva aún está lejos y se sitúa en la primavera de 2024, propios y ajenos ya piensan en el desarrollo de las cuestiones que los tribunales elevarán ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En la redacción de la ley hay una piedra oculta, menos evidente que el perdón del terrorismo, que para muchos juristas dificulta el encaje de la norma con el derecho de la Unión. Se trata de la malversación, cuyo perdón no coordina bien con la legislación europea en materia de lucha contra la corrupción.

Hace solo unos meses, la Comisión Europea presentó una propuesta de directiva cuyo texto supone un refuerzo y una unificación de las infracciones penales de corrupción en la UE. En su redacción inicial, que aún debe ser negociada y puede sufrir cambios, la iniciativa —de obligada transposición a los marcos jurídicos de todos los Estados miembros— propone un incremento de las penas máximas previstas en España para ese delito. Las principales figuras del independentismo están condenadas o investigadas y serán amnistiadas precisamente por malversación.

La directiva define la malversación como "el compromiso, desembolso, apropiación o uso por un funcionario público de bienes cuya administración le está encomendada directa o indirectamente en contra de la finalidad para la cual estaban destinados". Bruselas establece que las penas máximas para los condenados por este delito no pueden ser inferiores a cinco años de prisión. Su redacción ya choca con la reforma de la malversación que introdujo el Ejecutivo de forma coordinada con ERC como condición a su apoyo a los presupuestos de la pasada legislatura.

Foto: El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont. (EFE/EPA/Ronald Wittek)

Aquella reforma diseñó una malversación atenuada que no sirvió, sin embargo, para el objetivo final de Esquerra, que buscaba una reducción de las inhabilitaciones castigando a quien diera al patrimonio público una “aplicación pública diferente” de aquella a la que estaba destinado con penas de uno a cuatro años si hay "daño o entorpecimiento graves" del servicio al que estaba consignado ese fondo y de multa de tres a 12 meses, si no hay daño. Ese delito sería ahora borrado por completo por la amnistía. Carles Puigdemont, por ejemplo, está en la actualidad procesado por malversación agravada por el desvío de fondos públicos para financiar el procés.

Vicios que corroen la UE

Más allá del detalle práctico del delito, amnistiar delitos del arco de la corrupción choca con una de las principales prioridades de la UE. En su último discurso sobre el estado de la Unión, Ursula von der Leyen se refirió a los "vicios que corroen" la UE desde dentro. "Si queremos ser creíbles cuando pedimos a los países candidatos que refuercen sus democracias, también debemos erradicar la corrupción en casa", dijo. Su promesa se concretó en el diseño posterior de las medidas señaladas que se vendieron en su día como "un hito en la lucha contra la corrupción a escala nacional y de la UE".

Es más que previsible que las hipotéticas cuestiones prejudiciales que tienen opción de presentar los tribunales si existen dudas sobre si la amnistía contradice el derecho de la Unión mencionarán la malversación. Ya desde su artículo 1, la ley perdona "los actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o de malversación dirigidos a financiar, sufragar o facilitar" el procés desde enero de 2012 y hasta noviembre de este año.

Foto: Laura Borràs, a su llegada a Bruselas hace una semana. (Europa Press)

El otro punto evidente de choque con Europa es el terrorismo. La actual redacción de la ley permite a todos los implicados en causas en las que se investigan actos de carácter terrorista acogerse a la amnistía. En su artículo 2, cita este tipo de ilícitos y excluye "los actos tipificados como delitos de terrorismo" solo en aquellos casos en los que "haya recaído sentencia firme". Los dos principales procedimientos vinculados con el independentismo catalán que encajan en este escenario están aún lejos de llegar a una resolución con firmeza. Al menos aparentemente. Se trata del caso Tsunami, que afecta al propio Carles Puigdemont, y el basado en la preparación de acciones por parte de un grupo de CDR radicalizados.

La ley de amnistía sigue su avance en la tramitación, pero, pese a que su aprobación definitiva aún está lejos y se sitúa en la primavera de 2024, propios y ajenos ya piensan en el desarrollo de las cuestiones que los tribunales elevarán ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En la redacción de la ley hay una piedra oculta, menos evidente que el perdón del terrorismo, que para muchos juristas dificulta el encaje de la norma con el derecho de la Unión. Se trata de la malversación, cuyo perdón no coordina bien con la legislación europea en materia de lucha contra la corrupción.

Amnistía Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
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