La Moncloa podrá multar a periodistas por publicar secretos salvo que los jueces los protejan
La nueva ley de secretos oficiales fija sanciones de hasta tres millones de euros por difundir documentos clasificados. Colectivos en defensa de la libertad de información piden incluir una protección específica para la prensa
La nueva ley de secretos oficiales impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez fija multas de hasta tres millones de euros para cualquier particular o empresa que difunda información clasificada. El texto del anteproyecto, al que ha tenido acceso El Confidencial, precisa que se enfrentarán a estas sanciones todos aquellos que difundan documentos que tengan las nuevas categorías de alto secreto, secreto, confidencial o restringido. Eso incluye a los medios de comunicación que publiquen secretos en el marco de sus investigaciones periodísticas.
La única vía para evitar las sanciones previstas será recurrir a los tribunales una vez la multa ya ha sido impuesta. La jurisprudencia ha protegido de forma tradicional el derecho a la información de los ciudadanos y la libertad de expresión por encima de otros bienes jurídicos. La ley gradúa la cuantía de estas multas en función de si las infracciones se consideran muy graves, graves o leves. Las muy graves se castigan con cantidades de entre un millón y tres millones. Persiguen "la difusión de información clasificada en las categorías de 'alto secreto' o 'secreto' a la que se haya tenido acceso oficial o fortuito". También si alguien se niega a entregar los documentos al Gobierno o “el simple acceso a estos datos sin contar con la pertinente habilitación de seguridad”. Esto se considera al mismo nivel que la entrega de documentos secretos a potencias extranjeras.
Para acceder a estos datos, se necesita una habilitación personal de seguridad que otorga la Autoridad Nacional. Ese organismo, según precisa la ley, depende del Ministerio de la Presidencia, que dirige Félix Bolaños, cargo de la estrecha confianza del presidente Pedro Sánchez. Este departamento tiene la competencia para decidir quién es idóneo para acceder a la información clasificada y quién no. “La Autoridad Nacional para la protección de la información clasificada resolverá la concesión, denegación, suspensión o retirada de dicha habilitación”, dice la norma, que tendrá que ser desarrollada en su trámite parlamentario en las Cortes.
La categoría grave o leve se aplicará en función del nivel de protección del secreto. Así, las multas menores, reservadas a la difusión de material clasificado como restringido, quedan en 50.000 euros o un apercibimiento. A la hora de fijar la cantidad exacta de la multa, el Gobierno tendrá que valorar criterios como la relevancia de la información para la seguridad de España, el daño causado o la actitud del sancionado. Si se negase a dejar de difundir información o no colaborase con las autoridades, la sanción sería mayor.
Capacidad nueva
Como adelantó 'El País', el Ejecutivo niega que su intención sea sancionar a los medios —el redactado no los cita expresamente—, pero lo cierto es que, con la reforma, asume una capacidad que hasta ahora no tenía. Hasta el momento, los hipotéticos castigos por la publicación de información clasificada eran competencia exclusiva de los tribunales en aplicación del Código Penal y dependían de si la Justicia consideraba que se habían cometido delitos de descubrimiento y revelación de secretos. La ley preveía penas de prisión aplicables, en concreto, a la difusión de asuntos que afecten a la defensa nacional.
Colectivos como Access Info proponen que se dote de especial protección a la prensa
Con la nueva redacción de la ley de secretos oficiales, la vía administrativa sancionadora es previa a la acción de los tribunales. El medio tendría que acudir después a los jueces si quisiera defenderse y anular esa multa que, por su elevada cuantía, tiene la capacidad de comprometer la viabilidad del medio y poner en riesgo su supervivencia. El artículo 46 de la ley reconoce a los tribunales de Justicia ordinarios un papel prioritario siempre que se aprecie alguna infracción penal. En ese caso, la Administración tendrá que ponerlo en conocimiento del juzgado o la Fiscalía. Y en ese momento, el proceso para sancionar en virtud de esta ley queda suspendido mientras se agita la vía penal en los tribunales.
"Efecto disuasorio"
En caso de que los jueces no viesen motivos para condenar, entonces ya sí el Gobierno podría continuar con el procedimiento de sanción. “En todo caso, el órgano administrativo quedará vinculado por los hechos declarados probados en vía judicial”, dice el anteproyecto. En opinión de juristas consultados, el Gobierno refuerza así el efecto disuasorio. "El efecto es que quienes tengan acceso a este tipo de documentos se pensarán dos veces si merece la pena arriesgarse a una multa de esa cuantía", indica una de las personas consultadas.
Lo mismo opina la plataforma Access Info Europe, un grupo con sede en Madrid que hace campaña por el acceso a la información en Europa y que ha revisado en estos días el anteproyecto para realizar observaciones. Su directora, Helen Darbishire, asegura que, sin lugar a dudas, estas multan pueden afectar a los periodistas, medios y otros organismos como las ONG. En las alegaciones planteadas por la organización al Ejecutivo, Access Info propone que se dote de especial protección a la prensa y "las personas que ejerzan sus derechos de libertad de expresión y de información, en línea con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos".
El anteproyecto fue aprobado por el Consejo de Ministros hace 15 días y pretende reformar la ley franquista de 1968. Establece un tope máximo temporal de protección a los secretos de Estado que fija en 50 años, prorrogable 10 años más en caso de alto secreto. Con la actualización de la norma, será el Ministerio de Presidencia, y no el de Defensa, como hasta ahora, el que tenga la prerrogativa de clasificar y desclasificar la información.
La nueva ley de secretos oficiales impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez fija multas de hasta tres millones de euros para cualquier particular o empresa que difunda información clasificada. El texto del anteproyecto, al que ha tenido acceso El Confidencial, precisa que se enfrentarán a estas sanciones todos aquellos que difundan documentos que tengan las nuevas categorías de alto secreto, secreto, confidencial o restringido. Eso incluye a los medios de comunicación que publiquen secretos en el marco de sus investigaciones periodísticas.
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