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¿Estado de alarma para decretar el toque de queda? El último embrollo jurídico del covid
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EL GOBIERNO ESTUDIARÁ LA MEDIDA

¿Estado de alarma para decretar el toque de queda? El último embrollo jurídico del covid

A la espera de que las autoridades aclaren a qué se refieren por toque de queda, los juristas avisan de que esta expresión por sí sola no dice nada y de que su encaje legal es una incógnita

Foto: El ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la rueda de prensa del Consejo de Ministros. (EFE)
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la rueda de prensa del Consejo de Ministros. (EFE)

Cuando el embrollo jurídico de las restricciones parecía acotado, tres palabras abrieron un nuevo capítulo este martes: toque de queda. El pistoletazo de salida lo dio el consejero de Sanidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, al anunciar por la mañana que estudian pedírselo al Gobierno. El popular no concretó en qué consistiría la medida, pero tras saltar sus palabras a los titulares, distintos políticos se subieron a la ola y la cuestión llegó a la rueda de prensa del Consejo de Ministros. "Si decidiéramos ir por ese camino, sería muy importante saber qué grupos, y especialmente el PP, estarían dispuestos a dar su apoyo en el Congreso", anunció el ministro de Sanidad, Salvador Illa. Tras 10 días de protestas contra el estado de alarma, el PP de Madrid acaba de allanar el camino a Pedro Sánchez para su aplicación en todo el territorio.

A la espera de que aclaren a qué se refieren por toque de queda, estas tres palabras no dicen nada y su encaje legal es una incógnita. El ministro de Sanidad asegura que requiere el estado de alarma, pero juristas consultados no lo tienen tan claro. "¿Qué es el toque de queda? Es un concepto jurídico de contenido indeterminado, un término coloquial que no está recogido como tal en ninguna norma. No sabemos de qué se está hablando", argumenta Carlos Flores Juberías, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia. "El toque de queda como concepto jurídico no existe", añade Javier Albar, magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. "El toque de queda depende de lo que digamos que sea el toque de queda", zanja Andrés Boix, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia.

Foto: El ministro de Sanidad, Salvador Illa. (EFE)

Aunque Ruiz Escudero no mencionó el estado de alarma al plantear el toque de queda esta mañana, su razonamiento sí apuntó a la intervención de Moncloa desde el primer momento: "Para eso, hay que tener una cobertura legal que no tiene la comunidad autónoma. Tendría que ser una decisión del Gobierno de España", argumentó en un desayuno organizado por Europa Press. Horas después, su compañero de partido y consejero de Justicia, Enrique López, matizó estas palabras al señalar que solo se plantean limitar la actividad económica desde una hora determinada y no "la suspensión de un derecho fundamental", pero sus palabras llegaron demasiado tarde: con un difuso toque de queda en el aire, Salvador Illa lo relacionó de forma directa con el estado de alarma, postura a la que los juristas añaden una serie de matices.

Una vez queda claro que el toque de queda como tal no está definido en ley alguna, solo queda entrar en el terreno de las hipótesis y suposiciones. El primer escenario pasa por entenderlo como una forma de "limitar la actividad económica a una hora determinada para que a los ciudadanos únicamente les quede como opción pasear o irse a sus casas", tal y como el consejero de Justicia sostuvo a media mañana. En ese caso, el toque de queda equivale a las restricciones aplicadas en distintos puntos sin el estado de alarma. "A mí me da la sensación de que lo que Madrid pretende es que, una vez termine el estado de alarma, hay dos alternativas: una es prorrogarlo y otra no. Implantar el toque de queda en estos momentos lo que significa es levantar las medidas en horario diurno, es una solución menos drástica", sostiene Flores.

Foto: El consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero. (EFE)

Con esta tesis como telón de fondo, el catedrático defiende que la necesidad de aplicar el estado de alarma dependerá de la intensidad de las propias restricciones que se quieran imponer. "Si estamos hablando de una restricción generalizada y universal de movimientos, yo no lo veo sin alarma. No puedes decirle a todo el mundo que no puede salir. Si fuese una restricción más quirúrgica, más específica a determinados desplazamientos o a determinadas zonas, como ya ha ocurrido, entonces quizá sí. Depende por tanto del contenido e incluso del alcance horario", argumenta Flores. Boix, por su parte, coincide en que la ratificación judicial del toque de queda dependerá de cómo se desarrolle el mismo, pero al mismo tiempo considera que se pueden aplicar diversas restricciones sin activar el estado de alarma.

"Si obligamos a la gente a quedarse en casa salvo excepciones, entonces sí estamos ante una restricción mayor de derechos fundamentales. Ahí entramos en la discusión más peliaguda: para restringir derechos fundamentales con intensidad, ¿hace falta el estado de alarma?. Yo opino que basta con la legislación sanitaria", argumenta. Para justificar su postura, Boix apunta a la Ley Orgánica 3/1986, que en principio permite restringir derechos en caso de riesgo sanitario de carácter transmisible. "La diferencia entre el estado de alarma y las competencias ordinarias en materia de Sanidad es que el estado de alarma centraliza las funciones en el Gobierno central, pero no creo que permita mayores restricciones que las que ya permite la legislación sanitaria". Apoyándose en esa idea, considera que cabe un toque de queda sin estado de alarma.

Foto: Fachada del Tribunal Constitucional. (EFE)

Tanto Boix como Flores coinciden, por tanto, en que habrá que esperar a ver el contenido del toque de queda para estudiar su encaje legal, pero el primero va un paso más allá y defiende que, si se trata de garantizar las restricciones, basta con la legislación sanitaria. Su postura choca con la de Javier Albar, magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Aragón, que ha puesto en duda en repetidas ocasiones la constitucionalidad de restringir derechos fundamentales apoyándose en leyes sanitarias o incluso en el estado de alarma. El 30 de abril, él mismo quiso consultar al Tribunal Constitucional sobre la legalidad del confinamiento con base en esta figura, por lo que ahora que se plantea un posible toque de queda, defiende la misma idea: el Gobierno tendría que ir un paso más allá y aprobar el estado de excepción.

"Si entendemos el toque de queda como un confinamiento parcial que solo afecta a parte del día, nos lo encontramos en el artículo 20 de la Ley Orgánica de Estados de Alarma, Excepción y Sitio. El caso es que ese artículo 20 está ubicado en el estado de excepción, que realmente es el único en el que se regula la posibilidad de reducir los movimientos y la libertad de circulación", defiende. El magistrado apunta así a que ni siquiera el estado de alarma es suficiente para aprobar un toque de queda, pero reconoce que, tras lo vivido en la primera ola, su postura ha perdido fuerza entre los juristas: "En teoría, esto solo se puede hacer con el estado de excepción, pero si con el estado de alarma ya hicieron el confinamiento total, yo me espero cualquier cosa. Eso sí, siempre hecho por el Gobierno, no por la comunidad autónoma", subraya.

Los tres juristas consultados mantienen posturas distintas y apuntan que, mientras no se publiquen restricciones concretas, resulta imposible hablar con certeza del encaje legal de un supuesto toque de queda. Por mucho que Illa defienda que no puede sacarse adelante esta medida sin el estado de alarma, ellos se muestran más cautos y, por el momento, solo tienen una idea clara: "No sabemos de qué se está hablando". "El toque de queda como concepto jurídico no existe". "El toque de queda depende de lo que digamos que sea el toque de queda".

Cuando el embrollo jurídico de las restricciones parecía acotado, tres palabras abrieron un nuevo capítulo este martes: toque de queda. El pistoletazo de salida lo dio el consejero de Sanidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, al anunciar por la mañana que estudian pedírselo al Gobierno. El popular no concretó en qué consistiría la medida, pero tras saltar sus palabras a los titulares, distintos políticos se subieron a la ola y la cuestión llegó a la rueda de prensa del Consejo de Ministros. "Si decidiéramos ir por ese camino, sería muy importante saber qué grupos, y especialmente el PP, estarían dispuestos a dar su apoyo en el Congreso", anunció el ministro de Sanidad, Salvador Illa. Tras 10 días de protestas contra el estado de alarma, el PP de Madrid acaba de allanar el camino a Pedro Sánchez para su aplicación en todo el territorio.

Salvador Illa
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