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Avalancha de recursos en Europa por el Popular: ¿tienen posibilidades?
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ES DIFÍCIL QUE SE CONDENE AL BCE

Avalancha de recursos en Europa por el Popular: ¿tienen posibilidades?

Numerosos accionistas del Popular han solicitado al Tribunal de la UE que anule la resolución del banco. A priori lo tienen difícil, pero cuentan con algunos argumentos de peso

Foto: Un hombre saca dinero en un cajero del Banco Popular de Madrid. (Reuters)
Un hombre saca dinero en un cajero del Banco Popular de Madrid. (Reuters)

El mismo estamento que puso patas arriba a la banca española con las cláusulas suelo será el que decida la suerte de los antiguos accionistas del Banco Popular. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en Luxemburgo ha recibido una avalancha de recursos de afectados esta semana, ya que vencía el plazo de dos meses desde la resolución del banco y su venta al Santander el 7 de junio. ¿Tienen posibilidades de prosperar? A priori no demasiadas, ya que es difícil que un organismo de la UE condene a otro (el BCE en este caso) y, más aún, que tumbe el nuevo procedimiento de resolución de bancos quebrados en la primera ocasión en que se utiliza. Pero los demandantes cuentan con algunos argumentos de peso que les permiten albergar algunas esperanzas.

Foto: Vista de la fachada de la nueva sede del Banco Popular en el madrileño barrio de San Blas. (EFE)

Entre los que han reclamado se encuentran la familia mexicana Del Valle, las mutualidades de abogados y arquitectos, la sindicatura de las familias históricas del Opus Dei y numerosos accionistas minoritarios agrupados por bufetes de abogados y asociaciones de consumidores. La mayoría de los despachos siguen estrategias muy similares, aunque algunos han planteado acciones más agresivas que otros. Por ejemplo, unos cuantifican el perjuicio sufrido en función de la valoración del banco, y alguno llega a fijarla en 1,85 euros por acción (es lo que considera que se habría conseguido recuperar en un concurso de acreedores, en contra de la opinión de la Junta Única de Resolución (JUR) y del Gobierno español).

placeholder Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo. (EFE)
Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo. (EFE)

Un argumento con muy pocos visos de prosperar, según expertos juristas consultados, es el de la falta de legitimidad del BCE o la JUR, o bien la ilegalidad del proceso. Este está recogido en la Directiva Europea de Resolución Bancaria, que está incorporada a la legislación española, y todos los puntos de la decisión de resolver el Popular hacen alusión a artículos de esta norma. Es decir, el organismo del BCE encargado de resolver bancos en apuros tuvo un cuidado exquisito en acomodar todos sus pasos a la legislación para que no pudiera ser atacado en los tribunales. Algunos bufetes sostienen que el proceso vulneró derechos fundamentales de los accionistas, como a la información o a una compensación adecuada. Pero esa vulneración sería culpa del proceso establecido en la directiva, no de esta resolución individual.

placeholder El presidente del BCE, Mario Draghi. (Reuters)
El presidente del BCE, Mario Draghi. (Reuters)

Otro punto en que se basan estos recursos y cuyo éxito se antoja bastante difícil es el de que el Popular no era inviable tal y como declaró el BCE. El banco había intentado venderse ante su desesperada situación tras una inspección del BCE que había detectado insuficiencias de provisiones y capital; el Santander ha inyectado 7.900 millones en provisiones para tapar su agujero, ha tenido que ampliar capital en 7.000 millones y en las cuentas del primer semestre cuantificó las pérdidas del Popular en más de 12.000 millones; y el informe encargado a Deloitte como base de la resolución le otorgaba un valor negativo de hasta -2.000 millones.

placeholder La presidenta del Santander, Ana Botín, en la presentación de la compra del Popular. (Reuters)
La presidenta del Santander, Ana Botín, en la presentación de la compra del Popular. (Reuters)

Los argumentos con más probabilidades

Ahora bien, los demandantes sí tienen algunas aristas a las que agarrarse en este punto. Uno de ellos es la versión oficial de que la intervención se debió exclusivamente a problemas de liquidez —que eran ciertos; el banco no tenía efectivo para abrir al día siguiente— por la salida masiva de depósitos, pero que el banco era solvente, como afirmaron tras la resolución varios miembros del Gobierno y el gobernador del Banco de España; reconocer que existían problemas de solvencia cuestionaría la labor del supervisor y los mensajes de tranquilidad lanzados en las semanas previas a su final. Si era solvente, sostienen los abogados, no había necesidad de resolverlo, y sus problemas de liquidez se podrían haber solventado con inyecciones del BCE u otras medidas excepcionales limitadas a ese campo.

Foto: Banco Popular (Imagen: Enrique Villarino)

En relación con los depósitos, el argumento estrella de los recursos es que la fuga de recursos se aceleró después de que la presidenta de la JUR, Elke König, reconociera que estaba vigilando de cerca al Popular. Esta imprudencia sí puede servir de base a las reclamaciones, con la tesis de que, si este organismo no hubiera provocado este pánico entre los clientes, el banco no habría tenido problemas de liquidez y no habría tenido que ser resuelto… siempre partiendo de la versión oficial de que la intervención se debió solo a la liquidez y no a la solvencia. Es decir, aquí existen unas evidentes contradicciones que parecen la mejor baza de los afectados, según los expertos consultados. Y el TJUE condenaría a una persona concreta por su imprudencia, no al nuevo mecanismo.

placeholder Elke König, presidenta de la Junta Única de Resolución bancaria. (Reuters)
Elke König, presidenta de la Junta Única de Resolución bancaria. (Reuters)

El oscurantismo de la JUR

La última gran arma con la que cuentan los demandantes es, precisamente, la opacidad de la JUR y del FROB, que se han negado a facilitar a los abogados el informe de Deloitte que sirivió de base a la intervención del Popular y solo han publicado una versión censurada de la decisión de resolver el banco. Esto supone, a juicio de estos despachos, una vulneración de la tutela judicial efectiva, que implica que el interesado pueda conocer los motivos de la resolución que le afectan, y aquí la parte decisiva del informe de resolución sigue siendo secreta.

En todo caso, aunque finalmente los afectados consigan que el Tribunal de la UE declare nula la resolución y venta del banco, esta será ya irreversible; el Santander se ha dado mucha prisa en vender el ladrillo del Popular precisamente para conseguir eso. Así que tendrán que solicitar una compensación económica por las pérdidas sufridas. Aparte, el caso del Popular se ha convertido en el maná del sector legal en España, que está utilizando todas las vías: aparte de la europea, el recurso contencioso administrativo contra el FROB en la Audiencia Nacional, la vía penal en este mismo órgano y las demandas civiles basadas en la falsedad de las cuentas del banco. También hay que recordar que el Santander ofrece devolver de forma extrajudicial la inversión en la ampliación de capital de 2016 hasta 100.000 euros.

El mismo estamento que puso patas arriba a la banca española con las cláusulas suelo será el que decida la suerte de los antiguos accionistas del Banco Popular. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en Luxemburgo ha recibido una avalancha de recursos de afectados esta semana, ya que vencía el plazo de dos meses desde la resolución del banco y su venta al Santander el 7 de junio. ¿Tienen posibilidades de prosperar? A priori no demasiadas, ya que es difícil que un organismo de la UE condene a otro (el BCE en este caso) y, más aún, que tumbe el nuevo procedimiento de resolución de bancos quebrados en la primera ocasión en que se utiliza. Pero los demandantes cuentan con algunos argumentos de peso que les permiten albergar algunas esperanzas.

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