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¿Qué novedades presenta la tributación de vivienda en la renta con la nueva ley?
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DECLARACIÓN DE LA RENTA 2023-24

¿Qué novedades presenta la tributación de vivienda en la renta con la nueva ley?

La nueva Ley de Vivienda, cuya entrada en vigor se produjo el 26 de mayo de 2023, traerá consigo algunos cambios en la declaración de la renta de este año

Foto: Novedades de la tributación de vivienda en la renta con la nueva ley. (Europa Press/Tomàs Moyà)
Novedades de la tributación de vivienda en la renta con la nueva ley. (Europa Press/Tomàs Moyà)
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La vivienda ocupa un lugar muy destacado en la declaración de la renta. Cualquier propiedad, ya sea la vivienda habitual, la casa de la playa, un piso en alquiler o, simplemente, una casa vacía, deben incluirse en la misma. Lo que no quiere decir que haya que pagar impuestos.

Este año, con la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda en mayo de 2023, se introducen algunos cambios que conviene tener en cuenta. Cambios que afectan a algunas deducciones que los propietarios con viviendas en alquiler podrán incluir en su impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) de 2023.

En primer lugar, todos los propietarios de una vivienda, independientemente de que reciban o no las rentas de sus inquilinos -es el caso, por ejemplo, de la cesión de una vivienda a un familiar de manera gratuita-, están obligados a declarar todos los ingresos por rentas de alquiler en la declaración de la renta. También deben saber que, en estos casos en los que se alquila una vivienda, existen una serie de incentivos fiscales aplicables al IRPF.

Todos los propietarios de una vivienda están obligados a declarar todos los ingresos por rentas de alquiler en la declaración de la renta

La nueva Ley 12/2023 del 24 de mayo establece, por ejemplo, que en los contratos de alquiler firmados después del 26 de mayo de 2023 se aplicará una reducción del 50%, en vez del 60% que se aplicaba anteriormente, y son muchas las dudas que pueden surgir en torno a cómo declarar los ingresos percibidos por rentas de alquiler, sobre todo en las denominadas zonas tensionadas.

Dicho 50% se podrá ampliar en determinadas circunstancias:

1.- Si la zona es declarada como tensionada y se aplica una rebaja del 5% en el contrato de arrendamiento, la reducción subirá hasta el 90%.

"El mayor de los incentivos fiscales, una reducción del 90%, será aplicable a aquellos arrendadores que formalicen nuevos contratos en viviendas situadas en mercados tensionados y que, además, reduzcan la renta de alquiler, como mínimo, un 5% respecto a lo que su arrendatario abonó con el contrato anterior", recuerda Ferran Font, director de estudios y portavoz de pisos.com.

2.- Si la vivienda se alquila por primera vez a jóvenes entre 18 y 35 años, la reducción sube hasta el 70%.

Si la vivienda se alquila por primera vez a jóvenes entre 18 y 35 años, la reducción sube hasta el 70%

"Para aquellas personas que no cumplan con estos requisitos existe una deducción del 70%, siempre y cuando el inmueble que se incorpore al mercado lo haga en una zona tensionada y para que entren a vivir jóvenes de entre 18 y 35 años", añade Font.

3.- Si el inmueble se ofrece a una administración o entidad sin ánimo de lucro, la reducción será del 70%.

4.- Si se ha realizado una obra de rehabilitación o mejora en los dos últimos ejercicios anteriores, el propietario podrá reducirse un 60%, un 10% más del mínimo establecido.

"En última instancia, los propietarios españoles podrán acogerse a una reducción del 60% siempre y cuando sus viviendas hayan sido objeto de una obra de rehabilitación que haya mejorado su eficiencia energética y consumo, y se haya llevado a cabo en los dos años previos a la celebración del contrato. Con este tipo de medidas el Ejecutivo pretende incentivar la mejora y conservación de nuestro envejecido parque de viviendas", concluye Font.

La vivienda ocupa un lugar muy destacado en la declaración de la renta. Cualquier propiedad, ya sea la vivienda habitual, la casa de la playa, un piso en alquiler o, simplemente, una casa vacía, deben incluirse en la misma. Lo que no quiere decir que haya que pagar impuestos.

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