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La DGT descarta retirar puntos del carné por esta infracción grave (aunque sí multa)
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La DGT descarta retirar puntos del carné por esta infracción grave (aunque sí multa)

Aunque en la ley sobre tráfico se recogen 28 supuestos para tipificar las infracciones graves en materia de seguridad vial, no todas constituyen pérdida de puntos

Foto: Un policía controla el tráfico en la plaza de Colón, Madrid. (EFE)
Un policía controla el tráfico en la plaza de Colón, Madrid. (EFE)

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha descartado sancionar con la retirada de puntos del carné de conducir las infracciones graves que cometan los conductores que estacionen su vehículo en zonas señalizadas y reservadas para uso exclusivo de personas con discapacidad, según ha asegurado la subsecretaria del Ministerio del Interior, Isabel Goicoechea, que ha comparecido este martes en la Comisión de Seguridad Vial del Congreso, encuentro que se transmite en directo a través de YouTube desde el canal oficial del Congreso de los Diputados, para la contestación de varias preguntas de la oposición.

En el arranque de dicha comisión, el diputado de Vox Francisco José Alcaraz Martos ha preguntado acerca del motivo por el que el Gobierno continúa sin incluir la infracción relacionada con el estacionamiento en plazas destinadas a personas con discapacidad en la lista de infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos, en la que se incluye, de acuerdo con lo que explican desde la revista de la DGT, infracciones como el exceso de velocidad (castigado con la pérdida de dos a seis puntos además de multa), las tasas positivas en alcohol o drogas (pérdida de cuatro a seis puntos), el uso de móviles u otros dispositivos al volante (tres puntos), no utilizar casco en moto (tres puntos), ir sin cinturón (tres puntos), no respetar las señales de stop o los semáforos en rojo (cuatro puntos), circular en sentido contrario o por carril prohibido (pérdida de hasta seis puntos), no respetar la distancia de seguridad (hasta cuatro puntos) y no respetar la prioridad de paso de ciclistas o peatones, una infracción con la que también se pueden perder hasta cuatro puntos.

En su defensa de la pregunta, Alcaraz Martos ha expresado que muchas personas discapacitadas, que pueden circular por carretera con vehículos adaptados, "se enfrentan al incivismo de muchas personas que, sin tener la tarjeta, aparcan en esas plazas". "Han sido muchos los colectivos que se han dirigido a Interior pidiendo que se sancione con una pérdida de puntos esta conducta incívica. Sin embargo, el Ministerio dice que se sancionan con pérdida de puntos únicamente las infracciones que tengan un impacto directo sobre la seguridad del tráfico", ha inquirido también el diputado durante su intervención, argumentando también que la postura del departamento liderado por Fernando Grande-Marlaska se escuda con esta "excusa" para no hacer un cambio en la tipificación de esta sanción.

Foto: 'Evite acabar en el hospital', el mensaje de la DGT. (EFE)

Al ser preguntada por si el Gobierno tiene la intención de cambiar en algo esta disposición, Goicoechea ha sido clara, haciendo referencia a que "ya en su momento dimos una explicación": "No tenemos la intención de llevar a las sanciones con pérdida de puntos el aparcar en las plazas reservadas destinadas a discapacitados y no por falta de sensibilidad sino, como ha dicho efectivamente en su formulación, en España al igual que en los países de nuestro entorno el permiso de conducir por puntos se considera una herramienta de mejora de la seguridad vial". Por ello, se tienen en cuenta "todas aquellas acciones que puedan devenir en un riesgo para la vida".

Goicoechea ha afirmado, de hecho, que desde la DGT se siguieron los criterios de la Comisión Europea sobre seguridad vial, que recalcaban que había que "incluir únicamente infracciones que supongan riesgos graves en materia de seguridad vial", por lo que no todas las infracciones graves que se recogen en la normativa de Tráfico están incluidas en el catálogo de infracciones con pérdida de puntos. Entre aquellas que sí forman parte de estas infracciones, de acuerdo con las que ha mencionado la subsecretaria del Ministerio del Interior, están las relacionadas con la velocidad, el uso del móvil, las distracciones, no usar el cinturón de seguridad o los adelantamientos. "El tema del aparcamiento no se puede resolver con retirada de puntos", ha resuelto Goicoechea, haciendo alusión a los criterios que se tuvieron en cuenta para elaborar el reglamento vigente en España sobre seguridad vial.

Si aparcas donde no toca, 200 euros de multa

Tal y como ha recordado la subsecretaria del Ministerio del Interior, aparcar indebidamente en plazas reservadas para uso exclusivo de personas discapacidad figura como una infracción grave, castigada con 200 euros de multa y por la que las autoridades encargadas de la gestión de tráfico pueden proceder a retirar el vehículo de la vía, en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 2015. Desde el Ejecutivo, según lo que ha indicado Goicoechea, se cree que esta retirada del vehículo representa ya "una medida disuasoria sumamente importante". "Lo consideramos grave, antisocial e incívico, pero no acarrea riesgo para la seguridad vial. Por ese motivo, aun siendo grave y teniendo la penalización, no supone la retirada de puntos", ha zanjado la cuestión Goicoechea.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha descartado sancionar con la retirada de puntos del carné de conducir las infracciones graves que cometan los conductores que estacionen su vehículo en zonas señalizadas y reservadas para uso exclusivo de personas con discapacidad, según ha asegurado la subsecretaria del Ministerio del Interior, Isabel Goicoechea, que ha comparecido este martes en la Comisión de Seguridad Vial del Congreso, encuentro que se transmite en directo a través de YouTube desde el canal oficial del Congreso de los Diputados, para la contestación de varias preguntas de la oposición.

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