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El TJUE desestima el último recurso de Junqueras para obtener escaño en la Eurocámara
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El TJUE desestima el último recurso de Junqueras para obtener escaño en la Eurocámara

El alto tribunal europeo desestima el recurso de Junqueras contra la decisión del presidente del Parlamento Europeo de declarar vacante su escaño en la Eurocámara

Foto: Junqueras en un acto de ERC. Foto de archivo. (EFE/David Borrat)
Junqueras en un acto de ERC. Foto de archivo. (EFE/David Borrat)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha rechazado el recurso por el que Oriol Junqueras, líder de Esquerra Republicana y antiguo vicepresidente de la Generalitat durante el procès, pretendía obtener su escaño en el Parlamento Europeo. El líder independentista había presentado ante el más alto tribunal europeo un recurso contra la decisión de la corte inferior, el Tribunal General de la Unión Europea (TUE), que había apoyado la decisión que tomó el presidente del Parlamento Europeo en enero de 2020: declarar vacante su escaño. Esta era la última vía judicial de Junqueras para obtener el asiento en el hemiciclo.

Los numerosos recursos y casos relacionados con los líderes independentistas en el TUE y el TJUE son una auténtica maraña de causas que se cruzan y mezclan. Tanto que en Luxemburgo, donde se encuentran los tribunales europeos, y en Bruselas se les conoce con un solo nombre, como si de una saga se tratara: los “casos catalanes”. El recurso de Junqueras tiene detrás una larga historia.

El 19 de diciembre de 2019, en lo que fue una sentencia que sorprendió a muchos, el TJUE respondió a una serie de cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo español en el marco de la causa del procès contra los líderes independentistas que no habían huido. En esa decisión, el alto tribunal estableció que Junqueras, que había participado desde la prisión preventiva en las elecciones europeas, saliendo elegido, contaba con inmunidad europarlamentaria desde el mismo momento en el que se declaraban los resultados electorales sin necesidad de tener que completar ningún otro procedimiento, a pesar de que la ley nacional establece que los electos deben jurar la Constitución ante la Junta Electoral Central (JEC). Por esa razón el nombre de Junqueras, como tampoco el de los líderes independentistas huidos que habían participado en las elecciones europeas, aparecían en la lista de eurodiputados elegidos que la JEC envió al Parlamento Europeo.

Foto: Oriol Junqueras, en el Congreso de los Diputados. (Reuters)

Esa decisión del TJUE llegó meses después de que el 14 de octubre el Supremo condenara a Junqueras a trece años de prisión e inhabilitación absoluta por el referéndum ilegal y el intento de independencia. Por lo tanto, la opinión de Luxemburgo llegaba ya con un Junqueras condenado, pero en el Parlamento Europeo sus aliados comenzaron a mover fichas para intentar que la Eurocámara ejerciera presión y él pudiera salir de prisión para trasladarse a la sede de la institución. De hecho, el presidente, el difunto David Sassoli, prefirió no correr riesgos y permitió que Carles Puigdemont y Toni Comín, huidos de la justicia española accedieran al Parlamento y a sus escaños.

La inelegibilidad de Junqueras

El 3 de enero, la JEC aclaró la inelegibilidad de Junqueras por estar condenado, y unos días después, el 9 de enero, el Supremo señaló que no se podía ni acordar su libertad, ni permitir su desplazamiento a la sede de la Eurocámara, ni declarar la nulidad de la sentencia del procès, como tampoco así tramitar el suplicatorio de suspensión de la inmunidad parlamentaria. Además, el Supremo señaló que en el momento en el que se encontraba el proceso contra Junqueras cuando fue elegido como eurodiputado el líder de ERC ya no gozaba de inmunidad parlamentaria según el derecho español.

Por eso, en el pleno del 13 de enero de 2020, Sassoli hizo un doble movimiento: anunció la elección de Junqueras al Parlamento Europeo con efectos desde el 2 de julio de 2019, en reconocimiento de la decisión del TJUE del 19 de diciembre de 2019, y, por otro lado, anunció la vacante de su escaño desde el 3 de enero de 2020, día de la comunicación de la JEC sobre su inelegibilidad. Fue esta decisión del presidente del Parlamento Europeo la que Junqueras recurrió ante el Tribunal General, así como contra lo que su defensa consideraba una falta de acción por parte del presidente ante la petición presentada por parte de la eurodiputada Diana Riba el 20 de diciembre de 2019, un día después de la polémica sentencia del TJUE, pidiendo a Sassoli medidas que confirmaran su inmunidad.

El 15 de diciembre de 2020, el Tribunal General consideró inadmisible el recurso de Junqueras, y este a su vez lo llevó al más alto tribunal europeo, el TJUE, que se ha pronunciado este jueves, desestimando el recurso de casación y dando carpetazo a los intentos del líder de ERC por obtener su escaño. El TJUE recuerda a Junqueras que el papel del Parlamento es tomar nota de las decisiones de anulación de mandato que tienen origen en el derecho nacional, y subraya que “el procedimiento electoral sigue rigiéndose por el derecho nacional”.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha rechazado el recurso por el que Oriol Junqueras, líder de Esquerra Republicana y antiguo vicepresidente de la Generalitat durante el procès, pretendía obtener su escaño en el Parlamento Europeo. El líder independentista había presentado ante el más alto tribunal europeo un recurso contra la decisión de la corte inferior, el Tribunal General de la Unión Europea (TUE), que había apoyado la decisión que tomó el presidente del Parlamento Europeo en enero de 2020: declarar vacante su escaño. Esta era la última vía judicial de Junqueras para obtener el asiento en el hemiciclo.

Oriol Junqueras Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
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