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El fallo de hace 33 años al que se agarra Junqueras para defender su inmunidad
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LA CONSULTA, EN MANOS DEL TJUE

El fallo de hace 33 años al que se agarra Junqueras para defender su inmunidad

El Supremo considera que esta sentencia no resuelve las dudas en torno al alcance de la inmunidad del 'exvicepresident', por lo que traslada la consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Foto: Oriol Junqueras, en el Congreso de los Diputados. (Reuters)
Oriol Junqueras, en el Congreso de los Diputados. (Reuters)

Oriol Junqueras quiere que se aclare el alcance de su inmunidad como eurodiputado. Tanto la Abogacía del Estado como la Fiscalía defienden que el derecho de la UE no deja lugar a dudas y establece que esta protección especial solo es aplicable "mientras el Parlamento Europeo esté en periodo de sesiones", pero la defensa del 'exvicepresident' sostiene que una sentencia de 1986 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "amplía el concepto". Con estas dos posturas sobre la mesa, el Supremo ha decidido consultar al propio TJUE para aclarar la polémica y, a la espera de que respondan desde Luxemburgo, analiza también en su último auto el fallo de hace 33 años en el que se apoya Junqueras: el caso Wybot/Faure.

Foto: El expresidente catalán, Carles Puigdemont. (EFE)

La sentencia en cuestión se remonta a una consulta que hizo el Tribunal de Apelación de París al TJUE en 1984. Al igual que ocurre ahora con el Supremo, los jueces franceses dudaron sobre el alcance de la inmunidad de Edgar Faure, un diputado del Parlamento Europeo que había sido acusado de difamación. Con Faure como parlamentario, el periodo de sesiones de la cámara había arrancado el 9 de marzo de 1982 y finalizado el 7 de marzo de 1983, pero los magistrados no estaban seguros sobre cómo valorar su citación del 27 de enero de 1983 por la mencionada denuncia, pues ese día el Parlamento "no estaba efectivamente reunido". Al vacilar sobre cómo interpretar esta situación, el Tribunal de Apelación de París lanzó la siguiente pregunta al TJUE:

"¿Debe interpretarse el artículo 10 del Protocolo [ahora el 9] sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas, a la vista de la redacción actual de los textos y de la práctica seguida por el Parlamento Europeo, en el sentido de que confiere a los parlamentarios europeos una inmunidad permanente que abarca todo el periodo de su mandato, salvo levantamiento de la inmunidad por el propio Parlamento, o bien les confiere una inmunidad limitada a determinados espacios de tiempo del periodo anual de sesiones?".

placeholder Pinche en la imagen para leer la sentencia del caso Wybot/Faure.
Pinche en la imagen para leer la sentencia del caso Wybot/Faure.

La respuesta del TJUE llegó el 10 de julio de 1986, cuando los magistrados decretaron que el artículo que protege a los eurodiputados no implica que solo gocen de esta inmunidad los días concretos en que se celebran sesiones. En otras palabras: Faure gozaba de esta protección especial aunque el 27 de enero de 1983 el Parlamento Europeo no se hubiese reunido. "El artículo 10 del Protocolo de 8 de abril de 1965, en cuya virtud los miembros del Parlamento Europeo gozan de inmunidad 'mientras la Asamblea esté en periodo de sesiones', ha de interpretarse en el sentido de que se debe considerar que el Parlamento Europeo está en periodo de sesiones, aunque no se encuentre reunido en sesión, hasta el momento en que el propio Parlamento adopte la decisión por la que se clausuran los periodos de sesiones anuales o extraordinarios", concluyó la sentencia.

Las diferencias entre la situación de Edgar Faure y Oriol Junqueras son claras, porque en el caso del 'exvicepresident' su citación no se ha producido en periodo de sesiones, pero su defensa no duda en apoyarse en el fallo para responder a la Abogacía del Estado y la Fiscalía, que consideran que el de ERC no goza de inmunidad porque esta solo es aplicable una vez se adquiere de forma plena la condición de miembro del Parlamento Europeo. Frente a esta postura, el abogado de Junqueras argumenta que este razonamiento es incorrecto, pues "no coincide por ejemplo con la interpretación teleológica que ha realizado el TJUE sobre el alcance de dicho precepto en la sentencia de 10 de julio de 1986 del caso Wybot/Faure, en la que amplía el concepto de 'periodo de sesiones' conforme al propio fundamento de la inmunidad, que no es otro que el de ofrecer una garantía de independencia al Parlamento Europeo en su conjunto y a sus diputados".

El Supremo, sin embargo, considera que este fallo de hace 33 años no resuelve las dudas en torno al alcance de la inmunidad de Junqueras. En el auto del 1 de julio, que acuerda trasladar esta consulta al TJUE, el tribunal del 'procés' defiende que el caso Wybot/Faure establece que no se puede interpretar ese artículo del derecho europeo a partir de la legislación nacional, pero el análisis que hace del mismo no es aplicable al 'exvicepresident': "No resuelve las situaciones anteriores al inicio de sesiones, ni tampoco su extensión (en todo caso no prevista) a los eurodiputados electos", concluye el Supremo. Teniendo en cuenta este razonamiento, los jueces han optado entonces por lanzar tres preguntas al tribunal de Luxemburgo.

Las tres preguntas

La primera cuestión que plantea el Supremo se centra en si la inmunidad "rige antes del inicio del 'periodo de sesiones' para un acusado por delitos graves en situación de prisión provisional acordada judicialmente por hechos anteriores al inicio del proceso electoral", para lo que subrayan además que los requisitos establecidos por la ley electoral española para adquirir la condición de parlamentario no se han cumplido.

Foto: El líder de ERC, Oriol Junqueras, promete su cargo durante la sesión constitutiva de las nuevas Cortes Generales de la XIII Legislatura. (EFE)

En caso de que la respuesta sea afirmativa, la sala quiere que el TJUE le aclare también si "persiste la interpretación extensiva" de la expresión "periodo de sesiones" por mucho que el órgano electoral nacional, la Junta Electoral Central, no haya comunicado al Parlamento Europeo la adquisición de la condición de parlamentario. En el caso de que el TJUE haga una "interpretación extensiva de la inmunidad", la sala pregunta entonces si también estaría obligada a "levantar la situación de prisión en términos absolutos, de modo casi automático, para permitir el cumplimiento de las formalidades y desplazamientos al Parlamento Europeo", o si por el contrario se deben ponderar "otros intereses en juego como serían los derechos e intereses derivados del interés de la justicia y del debido proceso".

Oriol Junqueras quiere que se aclare el alcance de su inmunidad como eurodiputado. Tanto la Abogacía del Estado como la Fiscalía defienden que el derecho de la UE no deja lugar a dudas y establece que esta protección especial solo es aplicable "mientras el Parlamento Europeo esté en periodo de sesiones", pero la defensa del 'exvicepresident' sostiene que una sentencia de 1986 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "amplía el concepto". Con estas dos posturas sobre la mesa, el Supremo ha decidido consultar al propio TJUE para aclarar la polémica y, a la espera de que respondan desde Luxemburgo, analiza también en su último auto el fallo de hace 33 años en el que se apoya Junqueras: el caso Wybot/Faure.

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