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El TC declara constitucional la ley del aborto de Zapatero por siete votos contra cuatro
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Montalbán será la nueva ponente

El TC declara constitucional la ley del aborto de Zapatero por siete votos contra cuatro

El debate de este jueves se ha centrado en el modo en que debe informarse a la mujer sobre distintas cuestiones antes de que preste su consentimiento

Foto: Pleno del Tribunal Constitucional. (EFE/Zipi)
Pleno del Tribunal Constitucional. (EFE/Zipi)

El pleno del Tribunal Constitucional ha avalado este jueves por siete votos frente a cuatro la totalidad de la ley del aborto que se aprobó en 2010 durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

El magistrado Enrique Arnaldo, a cargo de la ponencia, consideraba inconstitucional un artículo sobre la información que debe proporcionarse a la mujer antes de que preste su consentimiento, pero la mayoría progresista del tribunal ha rechazado su análisis y ha acordado que la magistrada Inmaculada Montalbán redacte ahora la sentencia definitiva.

Foto: Concepción Espejel toma posesión como nueva magistrada del Tribunal Constitucional. (EFE)

La ley aún sigue en vigor, y el presidente del Constitucional, el progresista Cándido Conde-Pumpido, ordenó el pasado enero dar absoluta prioridad a su resolución. Más de 12 años después de que el PP interpusiera un recurso de inconstitucionalidad contra la misma, el magistrado advirtió sobre la necesidad de responder a aquellos asuntos que "tienen más antigüedad" y "revisten una mayor repercusión social y política", lo que situaba el aborto como el primero de la lista.

La ponencia de Arnaldo

El debate de este jueves se ha centrado en el modo en que debe informarse a la mujer sobre distintas cuestiones antes de que preste su consentimiento. En concreto, en torno al artículo 17, que dispone que a la mujer se le indicará en la "documentación entregada" que esa misma información puede ser ofrecida "verbalmente" si así lo pide. Arnaldo consideraba que esta redacción resulta inconstitucional, porque "permite que no se ofrezca esa información a la mujer si no lo solicita de forma expresa".

Foto: El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, durante un pleno del tribunal. (EFE/Zipi)

Su ponencia incluía, además, aclaraciones sobre otros dos artículos: el 15 y el 19. El primero establece que "podrá interrumpirse el embarazo por causas médicas" y, según criticaba el PP, esta frase abre la puerta a practicar abortos por riesgo de "salud social" de la mujer. Frente a esta reflexión, el magistrado dejaba claro que el artículo "solo se refiere a la salud física o psíquica". El artículo 19 regula por su parte la posibilidad de que los sanitarios se nieguen a practicar un aborto: "La objeción de conciencia alcanza a todos aquellos profesionales sanitarios que intervienen en la ejecución del aborto, cualquiera que sea su categoría profesional", concluía Arnaldo.

Foto: Pleno extraordinario del CGPJ del 20 de diciembre.

Los otros tres magistrados conservadores han secundado esta ponencia, pero los siete del bloque progresista han concluido que la ley del aborto de 2010 es constitucional en su totalidad. Arnaldo ha declinado entonces la redacción de una nueva ponencia que refleje el sentir de la mayoría y, a partir de ahora, Montalbán pasa a hacerse cargo de la redacción de la sentencia definitiva.

El rechazo de las recusaciones

Antes de debatir la ponencia de Arnaldo, el Constitucional ya tuvo que rechazar este miércoles la petición del exministro Federico Trillo y otros exdiputados del PP de apartar a cuatro magistrados de la deliberación: la conservadora Concepción Espejel y los progresistas Cándido Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo e Inmaculada Montalbán. En el caso de Espejel, ella misma había anunciado su abstención al considerar que su trayectoria le impedía participar en el debate, pero el tribunal no avaló su decisión.

Foto: El presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo. (EFE/Marcial Guillén)

El exministro y otros cuatro exdiputados del PP pedían apartar a los magistrados por sus respectivas trayectorias como fiscal general, secretario de Estado de Justicia y vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), puestos desde los que ya tuvieron que revisar la ley del aborto en su momento. Génova decidió no secundar su propuesta y, según concluyó el tribunal este miércoles, Trillo y los otros antiguos parlamentarios carecían de legitimidad para recusar por sí solos.

Si los cuatro magistrados llegan a ser apartados, el Constitucional no hubiese alcanzado el mínimo de ocho miembros para arrancar la deliberación. Espejel ya ha anunciado un voto particular contra la decisión del pleno de no admitir las recusaciones al considerar que su imagen de imparcialidad se veía afectada.

El pleno del Tribunal Constitucional ha avalado este jueves por siete votos frente a cuatro la totalidad de la ley del aborto que se aprobó en 2010 durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

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