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La ponencia sobre el aborto que divide al TC: "Permite no ofrecer información a la mujer"
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TAMBIÉN ABORDA LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA

La ponencia sobre el aborto que divide al TC: "Permite no ofrecer información a la mujer"

La mayoría progresista del tribunal no coincide con la interpretación del magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla y defenderá que la ley del aborto de Zapatero debe ser avalada en su totalidad

Foto: El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, durante un pleno del tribunal. (EFE/Zipi)
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, durante un pleno del tribunal. (EFE/Zipi)

El Tribunal Constitucional comenzará a debatir este miércoles sobre la ley del aborto que salió adelante durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. El magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla, de corte conservador, será el encargado de presentar a sus compañeros el primer análisis, una ponencia de 92 páginas a la que ha tenido acceso El Confidencial. Su borrador avala el grueso de la ley y avisa de que "al Tribunal Constitucional le son necesariamente ajenos los juicios morales", pero al mismo tiempo propone tumbar un artículo. Según argumenta, pone en riesgo que la mujer esté "debidamente informada antes de adoptar su decisión".

La mayoría progresista del tribunal no coincide con esta interpretación y defenderá que la ley del aborto debe ser avalada en su totalidad, lo que abre la puerta a dos posibilidades a partir de este miércoles: que Alcubilla atienda sus argumentos y redacte una nueva sentencia o que el pleno acuerde cambiar de ponente.

Foto: Concepción Espejel toma posesión como nueva magistrada del Tribunal Constitucional. (EFE)

La polémica gira en torno al modo en que debe informarse a la mujer sobre distintas cuestiones antes de que preste su consentimiento. En concreto, en torno al último inciso del artículo 17.5, que dispone que a la mujer se le indicará en la "documentación entregada" que esa misma información puede ser ofrecida "verbalmente" si así lo pide. Alcubilla considera que esta redacción resulta inconstitucional, porque "permite que no se ofrezca esa información a la mujer si no lo solicita de forma expresa".

La normativa apunta que, antes de prestar consentimiento, la mujer debe conocer cuestiones que van desde "los distintos métodos de interrupción del embarazo" hasta "los centros públicos y acreditados a los que se pueda dirigir", así como "las consecuencias médicas, psicológicas y sociales". Sin embargo, Alcubilla advierte de que el artículo 17.5 "no garantiza que la gestante sea informada previamente (…) en términos claros, objetivos y comprensibles" sobre estos aspectos.

Foto: El nuevo presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido. (EFE)

"La información previa al consentimiento de la mujer para la interrupción voluntaria del embarazo debe facilitarse verbalmente, como regla general", sostiene el magistrado. "No puede entenderse, en consecuencia, que el legislador haya llevado a cabo en este punto una ponderación adecuada de los derechos y bienes dignos de protección".

Aclaraciones para otros dos artículos

La ponencia, adelantada por el diario El País, incluye a su vez aclaraciones respecto a cómo se deben interpretar otros dos artículos de la ley del aborto. El primero de ellos es el 15, que establece que "podrá interrumpirse el embarazo por causas médicas cuando (...) no se superen las veintidós semanas de gestación y siempre que exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico o médica especialista distinto del que la practique o dirija". Si la situación es de "urgencia por riesgo vital para la gestante", la ley también señala que "podrá prescindirse del dictamen".

En el recurso que presentó en 2010, el PP apunta a "la posibilidad de que el grave riesgo para la salud de la embarazada se interprete como salud social", lo que abriría la puerta a "ampliar desmedidamente el supuesto". Sin embargo, el magistrado deja claro que "el precepto solo se refiere a la salud física o psíquica". En cuanto al término "grave", concluye que "expresa con claridad la idea de que ha de tratarse de un peligro de disminución importante de la salud y con permanencia en el tiempo".

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El segundo artículo que aclara la ponencia es el 19.2: "Los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho de ejercer la objeción de conciencia sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabados por el ejercicio de la objeción de conciencia".

En este caso, las pegas del PP se centran en la referencia al "directamente implicados", pues consideran que cabría excluir a todo tipo de personal: los médicos que deben firmar el dictamen sobre el feto o madre, los facultativos a los que se obliga a entregar información a la embarazada, los sanitarios que preparan el instrumental médico de la intervención e incluso aquellos que intervienen en la fase posterior, como el personal auxiliar que recoge y destruye los restos derivados de la intervención abortiva.

Frente a esta interpretación, la ponencia de Alcubilla advierte de que "la objeción de conciencia alcanza a todos aquellos profesionales sanitarios que intervienen en la ejecución del aborto, cualquiera que sea su categoría profesional, su especialidad y su actuación". De esta manera, aclara cuál debe ser la interpretación de "directamente implicados", lo que incluye a cualquier sanitario por su "implicación en otros pormenores del proceso cuya relevancia sobre la conciencia no cabe atribuir al Estado".

El Tribunal Constitucional comenzará a debatir este miércoles sobre la ley del aborto que salió adelante durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. El magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla, de corte conservador, será el encargado de presentar a sus compañeros el primer análisis, una ponencia de 92 páginas a la que ha tenido acceso El Confidencial. Su borrador avala el grueso de la ley y avisa de que "al Tribunal Constitucional le son necesariamente ajenos los juicios morales", pero al mismo tiempo propone tumbar un artículo. Según argumenta, pone en riesgo que la mujer esté "debidamente informada antes de adoptar su decisión".

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