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La ley permitía a Interior expulsar a Marruecos al yihadista de Algeciras antes de su ataque
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Asesinó a un sacristán

La ley permitía a Interior expulsar a Marruecos al yihadista de Algeciras antes de su ataque

Fuentes jurídicas, policiales y de asociaciones de migrantes coinciden en que los siete meses transcurridos desde la detención de Yassine Kanjaa en junio de 2022 eran suficientes para haberlo entregado ya a las autoridades de Rabat

Foto: Fernando Grande-Marlaska, este jueves, en Algeciras. (Reuters/Marcelo del Pozo)
Fernando Grande-Marlaska, este jueves, en Algeciras. (Reuters/Marcelo del Pozo)
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Los plazos que marca la Ley de Extranjería facultaban al Ministerio del Interior para expulsar al presunto yihadista Yassine Kanjaa antes de que este miércoles matara a un sacristán e hiriera de gravedad a un sacerdote en Algeciras. La Policía Nacional lo detuvo en junio, por encontrarse en situación irregular, y le abrió un expediente de expulsión a Marruecos, pero el proceso no llegó a completarse en los siete meses transcurridos. Sin embargo, fuentes jurídicas, policiales y de colectivos dedicados a la defensa de los derechos de los migrantes coinciden en que este tiempo era suficiente para haber culminado el procedimiento administrativo y efectuar su entrega a las autoridades de Rabat. Se podría haber llevado a cabo, incluso sin tramitarlo, como un caso de amenaza a la seguridad nacional, una vía exprés que permite acortar extraordinariamente los plazos.

Este periódico se ha puesto en contacto con el Ministerio del Interior para conocer el estado concreto en que se hallaba el expediente de expulsión de Yassine Kanjaa, pero no ha recibido ninguna respuesta oficial. El departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska confirmó la información avanzada este jueves por El Confidencial y admitió que el presunto asesino estaba pendiente de expulsión. En una primera comunicación a los medios, se justificó en que “se trata de un procedimiento administrativo con todas las garantías cuya ejecución no es inmediata”. Los datos oficiales en poder de la Policía Nacional dicen que en 2022 apenas se ejecutó un 7,5% de los 35.000 expedientes de expulsión abiertos a lo largo del año.

A pesar de las cifras, el ministro afirmó desde Algeciras este jueves que España está por encima de la media en esta materia. Lo hizo en genérico y sin dar datos del caso concreto. “Todos los procedimientos en España se cumplen y luego se materializa la expulsión al país de procedencia. Somos uno de los países de la Unión Europea con mayores tasas de materialización de las órdenes de expulsión. El procedimiento va más allá de la orden de expulsión, implica que hay unos medios, una policía y que se controla a todos los ciudadanos que se encuentran en situación irregular”, afirmó Marlaska. En las últimas horas, se ha conocido que Gibraltar arrestó a Yassine Kanjaa en agosto de 2019 tras llegar en una moto acuática, pero, al contrario que en España, la colonia británica deportó al yihadista a Marruecos solo tres días después de detenerlo.

Riesgo para "la seguridad pública"

La legislación española ofrece al menos dos vías para tramitar la expulsión de un ciudadano en situación irregular. Una de ellas es cuando el individuo se considera una amenaza para la seguridad nacional, una fórmula tasada en el artículo 54.1 letra a) de la Ley de Extranjería 4/2000 que abre la puerta a "procedimiento preferente de expulsión". Basta con que las Fuerzas de Seguridad o el Centro Nacional de Inteligencia reflejen en una denuncia el riesgo que implica un individuo concreto para el "orden público" o la "seguridad pública o nacional". El informe llega automáticamente a la mesa del secretario de Estado de Seguridad (secretario de Estado de Defensa, en el caso del CNI), que únicamente tiene que dictar una resolución de expulsión con efecto inmediato. El afectado puede presentar alegaciones, pero solo tiene unas horas de plazo.

Foto: Foto: EFE/David Arjona

Esta fue la fórmula elegida, por ejemplo, para expulsar al líder religioso de la comunidad musulmana de Reus, un proceso que abrió una grieta entre el Ministerio del Interior y buena parte del arco parlamentario catalán. Se trata de un marroquí de 40 años llamado Mohamed Said Badaoui. Fue detenido por primera vez en julio y se le expulsó de España en apenas cuatro meses, previo paso por un centro de internamiento de extranjeros (CIE).

Según la documentación de aquel caso, a la que ha tenido acceso este periódico, se incoó el procedimiento administrativo de expulsión el 21 de julio de 2022. El secretario de Estado de Seguridad dictó la resolución de expulsión el 14 de septiembre, se le notificó el 18 de octubre y fue trasladado a Marruecos el 19 de noviembre. Aquella situación, además, estuvo sujeta a numerosas protestas políticas y recursos, que obligaron a intervenir a la Justicia y ralentizaron el proceso.

Expulsión por el procedimiento ordinario

Con todo, aunque un individuo no sea considerado una amenaza para la seguridad nacional, estar en situación irregular es una infracción grave de la Ley de Extranjería que puede acarrear igualmente la expulsión. El proceso es muy similar, pero no cuenta con la intervención directa del secretario de Estado de Seguridad, sino que la decisión final depende de las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno, y los plazos pueden alargarse.

Foto: La infravivienda de Yassine Kanjaa. (JAP)

Si la identificación se produce en la calle, se traslada a la persona a la comisaría de Policía más cercana. Allí se dota al extranjero de un abogado y un intérprete en caso de que lo necesite. Comparece ante un policía que es el instructor del procedimiento sancionador, un trámite en el que se reflejan sus datos, las circunstancias de la identificación y se le notifica el acuerdo de iniciación del procedimiento. Este es el primer paso y, según los datos de Interior, solo en el año 2022 se iniciaron 34.949 expedientes de estas características. Uno de ellos fue el de Yassine Kanjaa, en junio.

Marlaska alega que, en ese momento, verano de 2022, no había ningún registro o antecedente que les hiciera sospechar de radicalización yihadista alguna. Los investigadores han descubierto, como adelantó este jueves El Confidencial, que publicó alabanzas al Estado Islámico y otros comentarios de carácter yihadista en un perfil de Facebook. Kanjaa publicó su último mensaje en redes sociales apenas unas horas antes de perpetrar el ataque.

Una vez se comunica el expediente de expulsión, el afectado tiene 48 horas para presentar alegaciones y las pruebas que considere oportunas. Si se aceptan esas pruebas —ni siquiera sucede siempre—, se abre un plazo máximo de tres días para su práctica. Tras alegaciones y pruebas, el instructor notifica a la persona extranjera la propuesta de resolución. Este es el segundo paso del proceso y el afectado, con su abogado, tiene otras 48 horas para presentar alegaciones y pruebas ante esta propuesta de resolución.

Vencido ese breve plazo, el policía instructor eleva la propuesta de resolución y el expediente administrativo a la autoridad que le corresponde. En el caso de Yassine Kanjaa, el trámite lo realizó la Subdelegación del Gobierno de Cádiz. Este departamento, que depende del Gobierno, debe notificar la resolución al afectado. La orden se puede recurrir en vía administrativa mediante un recurso de reposición ante la propia subdelegación o directamente en vía judicial a través de un recurso ante la jurisdicción contencioso administrativa.

Los plazos de la Ley

La decisión de la subdelegación es ejecutiva, y en cuanto se notifica, se puede proceder a la expulsión. Pero para ello es necesario notificarla formalmente. Según las fuentes consultadas, se dan casos en que se llama a los afectados para que acudan a comisaría sin especificar el motivo. Como intuyen la razón de la llamada, no van para que no se les notifique la expulsión. Los abogados suelen acudir directamente a los jueces para solicitar la paralización cautelar de la orden mientras se decide el fondo de la cuestión. Las fuentes consultadas advierten también de otra posibilidad: si transcurren más de seis meses desde la incoación del expediente hasta el decreto de expulsión final, hay que archivar el expediente e iniciar otra vez los trámites desde el principio.

Foto: Exteriores de la parroquia de San Isidro tras el ataque. (EFE/A. Carrasco Ragel)

Durante este procedimiento, la Policía también puede solicitar al juez de instrucción el internamiento en un centro de internamiento de extranjeros (CIE). En Cádiz hay uno, pero ningún extranjero puede permanecer en esas instalaciones más de 60 días. Si el procedimiento dura más, sale de nuevo a la calle. Antes de dictar un internamiento en el CIE, la persona extranjera comparece con asistencia letrada y de intérprete ante el juez y el fiscal. El juez tomará una decisión mediante auto motivado, basándose en si hay riesgo de incomparecencia, de que dificulte la expulsión, riesgo para el orden público, seguridad pública o seguridad nacional. También tendrá en cuenta la situación de salud de la persona extranjera.

En caso de que la Policía no apreciase riesgo de incomparecencia, todo este proceso se podría tramitar por la vía más favorable al extranjero. En ese caso los plazos para alegar se alargan hasta los 15 días, también para la práctica de las pruebas, que puede ser de hasta 30 días. Pero en cualquier caso, por esta vía más lenta, incluso incluyendo un ingreso en CIE, el periodo serían cuatro meses cómo máximo [130 días], según las mismas fuentes

Este periódico se puso en contacto este jueves en diferentes ocasiones con el Ministerio del Interior para recabar alguna información sobre el estado en que se encontraba el expediente de expulsión abierto por la Brigada Provincial de Extranjería en Algeciras al presunto asesino. Desde el ministerio, no han contestado a las cuestiones planteadas, salvo para reiterar que en junio de 2022 no había razones para considerar a este individuo una amenaza para la seguridad.

La Audiencia Nacional investiga ahora el proceso de radicalización de este individuo. Este periódico también ha tratado de recabar algún dato en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por si Yassine Kanjaa recurrió la orden de expulsión ante los tribunales, pero tampoco ha habido respuesta de momento. Con la única referencia del nombre, exige una búsqueda laboriosa de juzgado en juzgado hasta dar con el caso. Tampoco ha contestado a El Confidencial la Subdelegación del Gobierno de Cádiz, que remite al Ministerio del Interior. Todas las fuentes consultadas en materia de extranjería, tanto jurídicas como policiales, coinciden en que los plazos que marca la ley permitían expulsar de España a Yassine Kanjaa antes de su ataque.

Los plazos que marca la Ley de Extranjería facultaban al Ministerio del Interior para expulsar al presunto yihadista Yassine Kanjaa antes de que este miércoles matara a un sacristán e hiriera de gravedad a un sacerdote en Algeciras. La Policía Nacional lo detuvo en junio, por encontrarse en situación irregular, y le abrió un expediente de expulsión a Marruecos, pero el proceso no llegó a completarse en los siete meses transcurridos. Sin embargo, fuentes jurídicas, policiales y de colectivos dedicados a la defensa de los derechos de los migrantes coinciden en que este tiempo era suficiente para haber culminado el procedimiento administrativo y efectuar su entrega a las autoridades de Rabat. Se podría haber llevado a cabo, incluso sin tramitarlo, como un caso de amenaza a la seguridad nacional, una vía exprés que permite acortar extraordinariamente los plazos.

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