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Llega a la declaración de la renta la deducción por maternidad: así debes realizar el borrador si eres mamá
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Llega a la declaración de la renta la deducción por maternidad: así debes realizar el borrador si eres mamá

Estas deducciones están pensadas para las progenitoras que tengan niños por debajo de los tres años de edad

Foto: Llega a la declaración de la renta la deducción por maternidad: así debes realizar el borrador si eres mamá (prostooleh para Freepik)
Llega a la declaración de la renta la deducción por maternidad: así debes realizar el borrador si eres mamá (prostooleh para Freepik)

La Declaración de la Renta 2022-2023, que ya se puede consultar desde el pasado 11 de abril, viene con algunas novedades en materia de maternidad. Tal y como explica la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), a partir de 1 de enero de 2023, se pueden solicitar las deducciones por maternidad, aplicables tanto a la cuota diferencial como a los gastos de guardería, sin necesidad de realizar una actividad por cuenta propia o ajena.

Esta deducción se puede aplicar tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar), como si es negativa (tu renta es a devolver), como si es cero. Así, hasta el 31 de diciembre de 2022, solo se podía aplicar esta deducción si la madre era trabajadora por cuenta propia o ajena. Ahora, esta deducción está disponible también, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2020, para madres desempleadas, en ERTE, víctimas de violencia de género, fijas-discontinuas en periodo de inactividad y autónomas que hayan cesado su actividad.

Foto: Esto es lo que te puedes deducir en la declaración de la renta en cada comunidad autónoma. (Agencia Tributaria)

Esta deducción corresponde a las mujeres con hijos menores de tres años por los que tengan derecho al mínimo por descendientes que, en el momento del nacimiento, perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo. También se incluye a las madres que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad o se den de alta en cualquier momento posterior al nacimiento, con un período mínimo de 30 días cotizados.

También la pueden pedir otros progenitores

Existen otros supuestos en los que otra persona puede solicitar esta deducción, como por ejemplo el padre ante el fallecimiento de la madre, progenitores del mismo sexo o tutor del infante. Además, hay que tener en cuenta que, para que el nacimiento sea elegible, se contará el periodo desde el mes del nacimiento hasta el mes anterior a aquel en el que el niño cumpla los tres años de edad, ambos inclusive.

¿Cómo solicitar la deducción?

Para hacer efectiva la deducción, se debe presentar la declaración de IRPF. Si la cuota es positiva, la contribuyente debe restarle el importe de la deducción e ingresar o solicitar la devolución de la diferencia. Si la cuota diferencial es cero o negativa, la madre deberá solicitar la devolución que resulte de su declaración. Además, existe la posibilidad de pedir un abono anticipado mediante el modelo 140.

La cuantía máxima es de 1.200 euros al año por cada hijo, sin incrementos

El importe máximo de la deducción es de 1.200 € anuales por cada hijo, la deducción se calculará de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que la contribuyente cumpla los requisitos. Si la madre se ha dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad tras el nacimiento, cuando se alcancen los 30 días cotizados, esta cuantía se incrementará 150 €. Además, si la madre pagó gastos de custodia en guarderías o centro de educación infantil, la deducción se incrementará en un importe máximo de 1.000 €.

En este ejercicio de la renta 2022-2023, la cuantía de la deducción se calculará por el portal Renta WEB, tanto para madres activas laboralmente como aquellas que cumplan con alguna de las otras situaciones antes explicadas. Para acogerse al carácter retroactivo de la norma y aplicar las deducciones a los ejercicios de 2020 y 2021, la AEAT explica que se han creado casillas específicas en el portal Renta 2022. Estas casillas están preparadas para que la madre, “consigne el importe de la deducción por maternidad y del incremento por gastos de guardería correspondiente a aquellos meses en que con la normativa original no se tenía derecho a la deducción y en los que ahora sí se tiene”.

La Declaración de la Renta 2022-2023, que ya se puede consultar desde el pasado 11 de abril, viene con algunas novedades en materia de maternidad. Tal y como explica la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), a partir de 1 de enero de 2023, se pueden solicitar las deducciones por maternidad, aplicables tanto a la cuota diferencial como a los gastos de guardería, sin necesidad de realizar una actividad por cuenta propia o ajena.

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