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Renta 2018-2019: la declaración, de la A a la Z (borrador, registro, renta a devolver...)
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Renta 2018-2019: la declaración, de la A a la Z (borrador, registro, renta a devolver...)

Número de registro, borrador, renta a devolver... Son muchos los términos asociados a la campaña de la declaración de la renta. En El Confidencial hemos preparado un glosario con todos ellos

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La campaña de la declaración de la renta arranca el 2 de abril de 2019 y desde entonces hay casi tres meses para presentarla ante la Agencia Tributaria. El calendario del contribuyente está diseñado para el ejercicio de 2018 de modo que a lo largo de estas semanas estarán los servicios de la Agencia trabajando para que todo el mundo pueda presentar su renta. Es importante recordar que los plazos de confección y presentación de declaraciones son más estrictos que los plazos que tiene la Agencia Tributaria para devolver el dinero en caso de que la renta salga en negativo. Y en este contexto, muchas veces el contribuyente se topa con palabras que no conoce o que no sabe exactamente a qué hacen referencia. Por eso en El Confidencial hemos diseñado un glosario de términos clave para tener claro todo lo que engloba la declaración de la renta. Aquí puedes consultarlos:

A: aplicación o 'app' de la renta

Desde el año pasado existe una aplicación para teléfonos móviles que permite presentar la declaración de la renta de manera más sencilla, de modo que con solo un clic se pueda estar al día con Hacienda. La 'app' se puede utilizar tanto en sistema Android como en iPhone y sirve para presentar la declaración, aunque no permite modificar el borrador de la misma. Para esto habrá que utilizar el programa renta Web. Aquí puedes consultar cómo se obtienen las claves necesarias para hacer la declaración a través de esta vía.

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B: borrador de la renta

El borrador de la declaración es una propuesta de declaración que confecciona la Agencia Tributaria con los datos personales, familiares y económicos del contribuyente, junto con los datos fiscales. Una vez que cada contribuyente tiene su borrador, debe revisar si los datos son correctos y están completos: si en esta comprobación no se detecta ningún fallo, el contribuyente puede presentarla o confirmarla, adquiriendo así la consideración de declaración de renta del ejercicio. Si se encuentra algún error, está incompleto o se recibe algún aviso de que falta algún dato, el contribuyente puede modificarlo por Internet o por teléfono. Los cálculos y los datos fiscales se elaboran con información que tiene la propia Agencia Tributaria en el momento en el que esta emite la carta de identificación a través de Renta WEB; sin embargo, si vuelve a acceder y se incorporan nuevos datos le saltará un aviso. Además, hay algunos datos que el contribuyente debe aportar, como el nacimiento de hijos en el ejercicio o el abono de cuotas sindicales.

B: base imponible

Este es uno de los términos que más nos puede costar comprender, en especial al nuevo contribuyente. ¿Qué es exactamente la base imponible y cómo se calcula? La base imponible es la cantidad sobre la cual se aplicará la tasa impositiva correspondiente. A diferencia de otros casos, en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tenemos que tener en cuenta que esta base imponible se divide en dos partes: la general y la del ahorro.

C: cita previa

Para elaborar el borrador, modificarlo o presentar la declaración de la renta con la ayuda de la Agencia Tributaria es imprescindible solicitar cita previa. Sin embargo, esta cita no tiene los mismos plazos en todos los procedimientos:

► Para presentarla por teléfono, a través del plan 'Le Llamamos', la cita previa se puede solicitar entre el 1 de abril y el 28 de junio, con el objetivo de fijar una fecha en la que la Agencia se pone en contacto directo con el contribuyente. Solicitar la cita previa para elaborar la declaración de la renta por teléfono puede hacerse por diferentes vías, desde la propia web de la agencia, hasta a través de la 'app' o por teléfono.

[Todo lo que necesitas para hacer la declaración de la renta por teléfono]

► Para presentar la renta en una oficina, ya sea en la propia agencia o en cualquiera de las entidades colaboradoras, también hay que concertar esta cita previa, a partir del 14 de mayo. Aquí puedes leer los requisitos necesarios para poder hacer la declaración de la renta de manera presencial.

C: Cl@ve PIN

El sistema Cl@ve tiene como objetivo simplificar el acceso electrónico a los servicios públicos: con este código PIN el ciudadano puede identificarse ante la Administración Pública sin tener que recordar diferentes contraseñas para los distintos servicios. La validez de este código es temporal, por lo que hace que sea una manera segura de acceder a los sistemas. Para obtener este código es necesario registrarse, algo que se puede hacer por tres vías: por Internet sin certificado electrónico; por Internet con certificado electrónico o DNI electrónico o de manera presencial.

placeholder Sistema de Cl@ve PIN.
Sistema de Cl@ve PIN.

D: deducciones

Las deducciones corresponden a determinados movimientos susceptibles de descontarse en la declaración de la renta. Existen numerosas deducciones aplicables a la renta, entre ellas algunas novedades para el ejercicio de 2018, como la deducción por maternidad, que se ha visto incrementada en 1.000 euros anuales para gastos de guardería; las deducciones por cónyuge con discapacidad a cargo o el aumento de la deducción por familia numerosa. Además, existen otras relacionadas con la vivienda (por inversión en vivienda habitual o por alquiler de vivienda habitual), con las aportaciones a planes de pensiones o con donaciones a ONG y entidades sin ánimo de lucro. Además, existe una larga lista de deducciones que dependen de la comunidad autónoma en la que se tenga la residencia fiscal.

¿Problemas con las deducciones por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla? Así puedes incluirlas

E: ejercicio fiscal

El ejercicio o año fiscal es el periodo por el que un trabajador o una empresa cuadra las cuentas de las actividades financieras y contables, y sirve de base para el posterior pago de impuestos. En España, el ejercicio fiscal coincide con el año natural, es decir, que va del 1 de enero hasta el 31 de diciembre, a pesar de que el pago de impuestos no se haga a finales de año —para ello publica la Agencia Tributaria su calendario fiscal para presentar las declaraciones de la renta—. Este año, por ejemplo, el plazo para presentar la declaración de la renta va del 2 de abril hasta el 1 de julio, aunque las cuentas que se hacen corresponden al ejercicio de 2018.

E: errores

Lo cierto es que los errores no forman parte del glosario oficial que rodea a la campaña de la declaración de la renta, pero hay que tenerlos en cuenta, porque pueden suceder. En muchas ocasiones los propios técnicos de Hacienda son los que avisan de los errores más frecuentes, además de imprecisiones u omisiones, en su mayor parte relacionados con las deducciones por adquisición de vivienda, estado civil o subvenciones públicas. Hay que prestar atención a los cambios de estado civil, defunciones o nacimientos; elegir si se quiere hacer la declaración de manera individual o conjunta; recordar las deducciones autonómicas... Aquí tienes algunos de los errores e imprecisiones más comunes.

F: fuera de plazo

¡Las fechas! ¡Nunca hay que olvidar las fechas! Hay que apuntarse en el calendario en color rojo el día 1 de julio, que es el último para presentar la declaración de la renta. No obstante, ¿se puede presentar la declaración fuera de plazo? Desde luego, pero con una penalización: si la declaración sale a pagar y es el contribuyente el que la declara de manera voluntaria, aun fuera de plazo, se aplica un recargo sobre el importe de la autoliquidación en función del tiempo:

No obstante, si la declaración sale a ingresar y no se realiza de manera voluntaria, sino que es a requerimiento del Ministerio de Hacienda, habrá una sanción dado que se considera una infracción tributaria.

  • Infracción leve: si la base de la sanción es inferior a los 3.000 euros, o es mayor pero no hay ocultación, la multa es del 50%.
  • Infracción grave: si la base de la sanción es superior a 3.000 euros y hay ocultación, la multa va del 50 al 100%.
  • Infracción muy grave: cuando hay fraude o se han dejado de ingresar cantidades retenidas o ingresos a cuenta cuya cuantía sea superior al 50% de la base de la sanción; la multa va del 100 al 150%, tal y como explica iAhorro.

G: guarderías, cómo reclamar la deducción

Para la renta de 2018 existe un nuevo beneficio fiscal para la conciliación familiar: una deducción de hasta 1.000 euros por gastos de guardería. Sin embargo, son muchas las familias que se han quedado fuera dado que tras cerrar el plazo para que los centros educativos entregaran la información solo lo habían hecho los que están en el registro de escuelas de educación infantil. Los padres con hijos en guarderías de licencia y autorización municipal pero no autonómica se han quedado sin esta opción. No obstante, las familias afectadas tendrán dos maneras para intentar beneficiarse 'a posteriori' de esta deducción, cambiar el borrador o confirmarlo e iniciar rectificación de la autoliquidación para solicitar esta deducción.

H: hipoteca

Es importante tener en cuenta que la vivienda juega un importante papel en la declaración de miles de ciudadanos: teniendo en cuenta que un 80% de los españoles tiene una vivienda en propiedad y buena parte de ellos han necesitado una hipoteca para poder realizar la adquisición, hay que conocer las deducciones fiscales que existen en estos casos. Aquí puedes ver algunos consejos para la declaración de la renta con respecto a la vivienda, ya sea en propiedad o en alquiler.

I: ingreso de la renta a devolver

Cuando se presenta la declaración de la renta existen dos posibles resultados: que salga a pagar o ingresar, o que salga a devolver: este caso implica que Hacienda tendrá que devolver la cantidad fijada en la elaboración de la declaración, que es la cantidad que se ha pagado de más. La agencia tributaria tendrá entonces que devolver ese dinero en el plazo dedicado a ello, aunque si lo hace más tarde tendrá que hacerlo con un recargo de demora (que es muy inferior al que se aplica cuando es el contribuyente el que paga la renta fuera de plazo).

¿Qué significa que el resultado de la renta sea en negativo?

M: maternidad (y paternidad)

Desde diciembre de 2018 la Agencia Tributaria lanzó el formulario para solicitar la devolución del IRPF por maternidad o paternidad, después de que este fuera anulado por la Justicia. Este procedimiento se puede realizar desde enero de este mismo año, para todos aquellos que cobraron prestaciones de maternidad o paternidad en 2016 o 2017, mientras que los que lo hicieran en 2018 no tendrán que dar ningún paso, ya que al presentar la declaración de la renta en 2019 ya figuran como rentas exentas.

N: número de referencia

Este es otro de los términos más repetidos en plena campaña de la renta: el número de referencia es un sistema de autenticación necesario para acceder a los servicios de tramitación de renta y patrimonio. Se obtiene a través del sistema RENØ o por teléfono (en el número 901121224) a partir del NIF del contribuyente y el valor de una determinada casilla de la declaración de la última declaración de la renta, y se comunica a través de un mensaje de texto al teléfono del propio contribuyente. Este número de referencia tiene vigencia hasta el inicio de la campaña siguiente o hasta que se obtenga uno nuevo, que invalida el anterior.

O: otro que haga por ti la declaración

Aunque no sea habitual, puede darse el caso en que el contribuyente no pueda acudir a una oficina de la Agencia Tributaria para confeccionar la declaración de la renta, y que no tenga manera posible de hacerla. En este caso, se puede 'ceder' la potestad de presentar la declaración a una tercera persona, a través de un documento oficial de autorización. Es el 'Modelo de representación en los procedimientos iniciados a instancia de los obligados tributarios'. No obstante, debe existir una cita previa a nombre del interesado (del declarante, no de la persona que acuda a la cita).

P: plazos de pago y devolución

Una vez más, los plazos: cada campaña de la renta tiene sus propios plazos, que son las fechas en las que puedes realizar determinados trámites. Las primeras que hay que tener en cuenta son las fechas a partir de las cuales se puede empezar a elaborar el borrador o solicitar cita previa, pero también hay que conocer las últimas fechas en las que es posible realizar estos trámites. Una vez finalizada la campaña, de los plazos de los que hay que estar pendientes son los de devolución en caso de que salga a devolver, es decir, el tiempo que tiene el Ministerio de Hacienda para ingresar el dinero contabilizado.

placeholder Calendario de la campaña de 2019 para la declaración de la renta de 2018. (El Confidencial)
Calendario de la campaña de 2019 para la declaración de la renta de 2018. (El Confidencial)

Q: ¿quién debe presentarla?

Esta es una de las preguntas que se hacen, sobre todo, los contribuyentes que nunca han presentado su declaración de la renta. ¿Quiénes deben hacerlo? Existen unas limitaciones salariales para definir quién debe presentar la declaración en cada ejercicio: a grandes rasgos, quienes ingresen rentas de trabajo superiores a los 22.000 euros con un solo pagador, o más de 12.643 euros de varios pagadores son quienes están obligados a declarar. Los no obligados, es decir, los que no cumplen los requisitos por los que uno se ve obligado a presentar la declaración, pueden hacerla en caso de que puedan beneficiarse de una devolución.

R: regalos de boda

En ocasiones Hacienda 'persigue' a los recién casados para que les den información acerca de los servicios contratados para celebrar un matrimonio. No se trata de ninguna campaña contra las parejas, sino contra el fraude en la industria, por eso aunque señalan que hay que declarar todos los regalos de boda (ya sean transferencias, sobres o artículos), en la mayoría de los casos no se hace. Aun así, es importante saber que los novios deberían declarar como donaciones todos estos presentes, y que el impuesto de donaciones varía en función de la comunidad autónoma en la que se encuentren.

R: reducciones

Hay que saber que las reducciones no son lo mismo que las deducciones: las segundas, de las que ya hemos hablado, se restan directamente de la cuota a pagar —existen deducciones a nivel estatal y a nivel autonómico—; mientras que las reducciones afectan a la base imponible sobre la que se calcula la cuota resultante del IRPF. Las reducciones pueden ser por tributación conjunta, o por determinadas aportaciones y contribuciones voluntarias, así como por pensiones compensatorias, anualidades por alimentos o por aportaciones a mutualidades de previsión social de deportistas profesionales.

S: sistema RENØ

Se trata de un servicio a través del cual la Agencia Tributaria facilita el número de referencia, necesario para poder tramitar el borrador o declaración, u obtener los datos fiscales del contribuyente, en vez de tener que esperar a que le sean enviados por correo postal.

T: timos y estafas comunes

Estos son otros dos términos que si bien no tienen relación directa con la campaña en sí, sí suelen ser advertencias de la propia Agencia Tributaria. Existen multitud de métodos utilizados por los timadores para intentar llevarse un dinero que no les pertenece haciéndose pasar por Hacienda. El envío masivo de correos electrónicos con este objetivo tienden a solicitar datos que nunca pediría la Agencia (información económica o confidencial) o a cobrar importes por acciones que Hacienda no haría; además, es importante revisar los dominios oficiales y los dominios a los que suelen dirigir estos mensajes: nombres de páginas web muy similares, pero no oficiales. También existen aplicaciones fraudulentas, o SMS falsos enviados al teléfono del contribuyente, que redireccionan las llamadas hacia la Agencia Tributaria cobrando en función de su tarificación con el objetivo de solicitar servicios.

V: venta de vivienda

La venta de viviendas también es una cuestión interesante a tener en cuenta: la Ley del IRPF establece que está exenta de tributación la ganancia que procede de la venta de una vivienda habitual si se reinvierte en una nueva vivienda habitual, con un plazo máximo de dos años. No obstante, si transcurre este plazo y no se ha procedido a la inversión, esta ganancia sí debe tributar en la base del ahorro del IRPF, en concepto de ganancia patrimonial, en el ejercicio en el que se efectuase la transmisión.

placeholder Si alquilé mi vivienda habitual y vuelvo a vivir en ella, ¿me puedo desgravar? (Foto: iStock)
Si alquilé mi vivienda habitual y vuelvo a vivir en ella, ¿me puedo desgravar? (Foto: iStock)

W: renta WEB

Renta WEB es el servicio de ayuda para tramitar la declaración de la renta: sirve para todos los contribuyentes, incluidos los que tengan rendimientos de actividades económicas, se puede acceder desde cualquier dispositivo y permite comenzar la declaración en uno y terminarla en otro. Desde este sistema se pueden comparar las modalidades de declaración, para saber cuál es más ventajosa para el contribuyente, y su objetivo es, tal y como señalan desde la Agencia Tributaria, "simplificar la gestión de la declaración a solo tres pasos": identificación y aceptación de los datos personales, acceso al cuadro resumen de la declaración y su posterior presentación. Para acceder hay que entrar con un certificado electrónico o DNI electrónico, con Cl@ve PIN o con el número de referencia.

X: X de la Iglesia o de asignación social

La famosa X de la Iglesia o de asignación social son dos opciones (que no obligaciones) de la declaración de la renta: los contribuyentes pueden elegir destinar un porcentaje de su cuota íntegra a colaborar con el sostenimiento económico de la Iglesia católica o a fines de interés social. Eso sí, en ninguno de los casos se modifica la cuantía final del impuesto que pagan o de la devolución a la que tengan derecho.

  • Asignación a la Iglesia: en caso de optar por esta X, el Estado destinará el 0,7% de la cuota íntegra del IRPF correspondiente a los contribuyentes que se manifiesten en este sentido. Para 2019, la Conferencia Episcopal Española ha invertido 3,4 millones en su campaña 'Xtantos', tanto en difusión para la televisión (50%), como para radio (20%) o redes sociales (14%).
  • Asignación a otros fines sociales: para este año, el Estado destinará a subvencionar actividades de interés general consideradas de interés social también el 0,7% de los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido, es decir, marcando esta X.

La campaña de la declaración de la renta arranca el 2 de abril de 2019 y desde entonces hay casi tres meses para presentarla ante la Agencia Tributaria. El calendario del contribuyente está diseñado para el ejercicio de 2018 de modo que a lo largo de estas semanas estarán los servicios de la Agencia trabajando para que todo el mundo pueda presentar su renta. Es importante recordar que los plazos de confección y presentación de declaraciones son más estrictos que los plazos que tiene la Agencia Tributaria para devolver el dinero en caso de que la renta salga en negativo. Y en este contexto, muchas veces el contribuyente se topa con palabras que no conoce o que no sabe exactamente a qué hacen referencia. Por eso en El Confidencial hemos diseñado un glosario de términos clave para tener claro todo lo que engloba la declaración de la renta. Aquí puedes consultarlos:

Declaración de la Renta IRPF
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