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La nueva Ley Concursal, balón de oxígeno para los acreedores de empresas en apuros
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Más facilidades para reclamar deudas

La nueva Ley Concursal, balón de oxígeno para los acreedores de empresas en apuros

La reforma de la normativa, aprobada el pasado jueves, ofrece varias herramientas potentes para que los acreedores defiendan sus intereses y reclamen sus deudas ante las compañías

Foto: El coronavirus, la crisis que aumentará los concursos de acreedores en España.
El coronavirus, la crisis que aumentará los concursos de acreedores en España.
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El pasado jueves, el Congreso de los Diputados dio luz verde a la reforma de la Ley Concursal. Tras casi dos meses de idas y venidas y después de más de 600 enmiendas, el organismo legislativo aprobó la normativa que regulará los próximos concurso de acreedores, que se prevé que aumentarán en los próximos meses y alcanzarán su pico este otoño, según los pronósticos de los expertos. La nueva norma supone un antes y un después para estos procedimientos al introducir novedades de calado en muchos aspectos, pero implica un cambio especialmente relevante para los acreedores. Así, la norma ofrece varias herramientas bastante potentes para que estos defiendan sus intereses y reclamen sus deudas ante el gestor de la compañía en apuros.

"La nueva ley les da más fuerza negociadora y más protección tanto en el momento preconcursal como una vez ya en el concurso", describe Aticus Ocaña, socio de concursal en EY Abogados y vicepresidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC). A su entender, el papel de los acreedores gana fuerza, especialmente en los planes de restructuración, una solución que se ofrece en la fase de probabilidad de insolvencia. Esta etapa viene definida por la ley como la situación previa a la ruina inminente en la que se entra cuando se prevé que la empresa no va a poder cumplir sus compromisos de pago en los dos años siguientes.

Foto: La firma de moda infantil Pili Carrera solicitará la liquidación. (EFE/Salvador Sas)

De la misma opinión es Félix Salgado, abogado y socio de PradaGayoso. "En los planes de reestructuración, los acreedores tendrán la posibilidad en determinados casos de arrastrar a los socios de la empresa respecto a las medidas que estimen más oportunas para reflotar la compañía", explica. La ley anterior recogía los acuerdos de refinanciación. Como su nombre indica, acreedores y deudores debían ponerse de acuerdo en cómo se iban a resolver los problemas. Estas reglas de juego facilitaban que algunos gestores negociaran a su favor bajo la amenaza de ir a concurso si el acreedor no cedía a sus peticiones.

Un chantaje que se ve dificultado con la introducción de la figura del plan de reestructuración, que no exige un pacto entre ambas partes, sino que la última palabra la tiene el juez. De este modo, se pueden acordar planes en contra de la voluntad de los administradores. Asimismo, el propio acreedor puede ser quien inicie el proceso de probabilidad de insolvencia si detecta que la compañía cumple con los requisitos, una opción que no era posible con la anterior normativa.

Foto: Foto: iStock.

Asimismo, Ocaña indica que la reforma facilita la entrada de los acreedores en el capital de la organización. "Hasta ahora, en la búsqueda de viabilidad de las empresas, los sacrificios se pedían a los acreedores. El procedimiento legal tenía como objetivo sanear la compañía sin que el accionariado se viera afectado. Pero la nueva normativa facilita sobremanera su acceso a la entrada en la capital y les imputa ciertos sacrificios a los gestores", aclara.

Más voz durante el concurso

Por otro lado, la nueva legislación también otorga más poder de negociación a los acreedores en el proceso judicial, ya que les permite presentar un informe de calificación. Se trata de una opción que anteriormente estaba limitada al Ministerio Fiscal y al administrador concursal. Ahora, sin embargo, los acreedores mayoritarios también pueden presentar sus alegaciones ante el juez con la intención de que tenga en cuenta sus pretensiones. De esta forma, y como explica José Carlos González, socio del área concursal de Ceca Magán, se da a estos actores un papel más activo. "Participan del proceso y pueden hacer su propuesta de calificación. Son un 'player' más", resume.

Foto: Foto: iStock.

En la misma línea, el socio celebra que se refuerce la opción de que los acreedores puedan ir en contra de los administradores si estos actúan de forma negligente para evitar pagar sus deudas. "Agilizará los procesos, ya que los gestores no podrán alargar el procedimiento innecesariamente. Son instrumentos que ayudarán a que ambas partes lleguen a acuerdos", subraya.

Ahora bien, González lamenta que la reforma haya reforzado el papel de los acreedores públicos, a los que reviste de una protección especial. "Puede resultar negativo. Son actores con una visión muy funcionarial, su objetivo principal no es que la compañía salga adelante, sino cobrar. Nunca han sido agentes especialmente sensibles y flexibles en las negociaciones, y con esta sobre protección irá a peor", concluye.

El pasado jueves, el Congreso de los Diputados dio luz verde a la reforma de la Ley Concursal. Tras casi dos meses de idas y venidas y después de más de 600 enmiendas, el organismo legislativo aprobó la normativa que regulará los próximos concurso de acreedores, que se prevé que aumentarán en los próximos meses y alcanzarán su pico este otoño, según los pronósticos de los expertos. La nueva norma supone un antes y un después para estos procedimientos al introducir novedades de calado en muchos aspectos, pero implica un cambio especialmente relevante para los acreedores. Así, la norma ofrece varias herramientas bastante potentes para que estos defiendan sus intereses y reclamen sus deudas ante el gestor de la compañía en apuros.

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