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CaixaBank, Repsol e Iberdrola se enfrentan a posibles multas y demandas a sus directivos
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Imputación inminente

CaixaBank, Repsol e Iberdrola se enfrentan a posibles multas y demandas a sus directivos

El Código Penal prevé sanciones de hasta 5.000 euros diarios. Asimismo, los accionistas podrían exigir a los directivos condenados una compensación por el perjuicio sufrido

Foto: Sede de Repsol en Madrid. (Reuters)
Sede de Repsol en Madrid. (Reuters)
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La Audiencia Nacional ha imputado a Repsol y CaixaBank en el caso Villarejo. Este mismo jueves, el juez que instruye el caso, Manuel García-Castellón, ha aceptado la petición de la Fiscalía Anticorrupción y ha incluido a las organizaciones del Ibex 35 en la operación que investiga los espionajes del comisario jubilado. Queda pendiente aún que se pronuncie respecto a la imputación de Iberdrola Renovables, también solicitada, pero que se incluye en una pieza aparte. De esta forma, se intenta ampliar la responsabilidad a las compañías después de que hace unas semanas citara como investigados a Ignacio Sánchez Galán (presidente ejecutivo de Iberdrola), Antonio Brufau (presidente no ejecutivo de Repsol) e Isidre Fainé (expresidente de CaixaBank). Ahora bien, ¿qué implicaciones jurídicas podría tener para las entidades una eventual condena?

El Código Penal (CP) prevé desde 2010 la opción de que las personas jurídicas (es decir, las empresas) afronten responsabilidad penal. Lo regula en su artículo 31 bis, que establece que las organizaciones son responsables de los delitos que cometan sus representantes en el ejercicio de sus funciones. Cuando el autor del ilícito es uno de los directivos, las posibilidades de condena se disparan, aunque juegan un papel importante factores como la actitud de la compañía durante la investigación (si colabora con la Justicia o si se muestra reticente y oculta pruebas) o las medidas que toma contra los infractores (cesa a los responsables o los mantiene en el cargo).

Foto: Sede de Iberdrola. (Istock)

Al contrario que ocurre con las personas físicas, en que las penas suelen ser de prisión, las que recoge la ley para las organizaciones son en su mayoría multas. Hay dos tipos. El primero, si existe un lucro económico por el delito cometido (por ejemplo, en el caso de cohecho o corrupción), la sanción puede ser desde el doble hasta el quíntuple de ese beneficio, dependiendo de la gravedad de los hechos. La segunda, una multa diaria que puede oscilar entre los 30 y los 5.000 euros como máximo. A la hora de fijar la cuantía, los jueces tienen en cuenta la capacidad económica de la empresa, "por lo que podría llegar a ser muy elevada teniendo en cuenta que se trata de empresas del Ibex 35", subraya Andrés Herzog, abogado experto en derecho penal y 'compliance'.

Además, las sanciones suelen estar ligadas al castigo que se imponga al responsable individual. Así, en el caso de que Sánchez Galán fuese condenado, la pena de Iberdrola Renovables dependería de la impuesta a su directivo. Las multas diarias se alargarían, por tanto, durante el tiempo que el responsable estuviera en prisión. Por otro lado, el CP prevé agravantes como la inhabilitación para recibir subvenciones, la paralización de ciertas actividades o, incluso, la disolución de la empresa. No obstante, el letrado descarta que puedan aplicarse en este caso, ya que solo se prevén para asuntos muy graves donde existe reincidencia. "Por la tipología de los delitos, relacionados con espionaje y gastos injustificados, veo complicado que se imponga una sanción más allá de la económica", valora.

No obstante, como indica un abogado experto en 'compliance' que prefiere mantenerse en el anonimato, para las compañías esta multa no supone una gran complicación porque pueden afrontarla sin problemas. Donde realmente sufren, agrega, es en su reputación y, en definitiva, en el mercado de valores.

Demandas a los directivos

En el caso de que se confirmara la responsabilidad de los directivos o expresidentes de las compañías, existe otra implicación jurídica. Como explica el letrado, los accionistas podrían iniciar acciones legales contra el condenado por el daño que les haya causado su gestión desleal. Por ejemplo, una compensación si su patrimonio ha disminuido o se ha devaluado.

Del mismo modo, Herzog revela que la propia entidad podría exigir a su directivo una reclamación por el perjuicio causado. Por ejemplo, los gastos derivados de los supuestos servicios de espionaje, la reclamación de las multas impuestas a la sociedad en el proceso penal, el coste de los abogados contratados para la defensa o, incluso, una indemnización por el daño reputacional y las oportunidades de negocio perdidas.

Planes de 'compliance'

Ahora bien, que una empresa afronte responsabilidad penal no es sencillo. Los jueces tienen en cuenta muchos factores, como qué cargo ostenta la persona que comete el delito.

La ley prevé varias causas por las que se podría atenuar o, incluso, eximir a la empresa de responsabilidad. Una de ellas es contar con un sistema de prevención de delitos "eficaz" (los denominados programas de 'compliance penal'). Como explica Paloma Mendo, abogada experta en 'compliance' de Helas Consultores, se trata de un elemento con el que cumplen las empresas imputadas. No obstante, y aunque es un punto a favor en la defensa de las compañías, si se confirma la existencia de un delito, "está por ver cómo defienden la eficacia de su plan si alguien consiguió eludirlo", razona.

Foto: Ignacio Sánchez Galán. (EFE)

Otra opción es que la compañía demuestre que el autor del ilícito lo ha cometido "eludiendo fraudulentamente los modelos de organización y prevención" de delitos, y probar que "no se ha producido una omisión o un ejercicio insuficiente de las funciones de supervisión, vigilancia y control" del órgano encargado de velar por el cumplimiento. Así, a Iberdrola Renovables, Repsol y CaixaBank solo las eximiría de responsabilidad si prueban que hicieron todo lo posible por prevenir los delitos, pero sus directivos esquivaron sus controles.

Iberdrola Renovables: división entre la matriz y filial

¿Pone este matiz en una posición diferente a la eléctrica respecto a las otras dos compañías? Los expertos en derecho penal explican que el eventual proceso penal se dirigirá únicamente contra la filial, por lo que la matriz quedaría fuera en términos estrictamente jurídicos. Será Renovables, por tanto, la que deberá probar que contaba con un plan de 'compliance' efectivo. Ahora bien, descartan que esto coloque a la cotizada en un lugar aventajado respecto a las otras, ya que el verdadero daño de someterse a un proceso judicial es el impacto reputacional, y el mercado no distingue entre la principal y sus filiales.

La Audiencia Nacional ha imputado a Repsol y CaixaBank en el caso Villarejo. Este mismo jueves, el juez que instruye el caso, Manuel García-Castellón, ha aceptado la petición de la Fiscalía Anticorrupción y ha incluido a las organizaciones del Ibex 35 en la operación que investiga los espionajes del comisario jubilado. Queda pendiente aún que se pronuncie respecto a la imputación de Iberdrola Renovables, también solicitada, pero que se incluye en una pieza aparte. De esta forma, se intenta ampliar la responsabilidad a las compañías después de que hace unas semanas citara como investigados a Ignacio Sánchez Galán (presidente ejecutivo de Iberdrola), Antonio Brufau (presidente no ejecutivo de Repsol) e Isidre Fainé (expresidente de CaixaBank). Ahora bien, ¿qué implicaciones jurídicas podría tener para las entidades una eventual condena?

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