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Estos vehículos no podrán acceder al centro de Madrid a partir de 2024
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Estos vehículos no podrán acceder al centro de Madrid a partir de 2024

La capital endurecerá las medidas a lo largo de los próximos años para reducir las emisiones medioambientales que generan los vehículos y acabar con la contaminación

Foto: Marcha reivindicativa motorizada en Madrid. (EFE/Kiko Huesca)
Marcha reivindicativa motorizada en Madrid. (EFE/Kiko Huesca)

La Dirección General de Tráfico (DGT) cuenta con diversos dispositivos ambientales para clasificar los vehículos en función de su eficiencia energética. El objetivo del conocido Plan nacional de calidad del aire es el de calificar el nivel de contaminación que producen los diversos vehículos y reducir las emisiones medioambientales que estos generan, especialmente en las grandes ciudades de España.

Varias ciudades, como Madrid y Barcelona, han ido implantando sus Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) reforzadas también gracias a la aprobación de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética. La normativa anuncia que "los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares adoptarán antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emociones derivadas de la movilidad".

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Pues bien, a partir del 1 de enero de 2024, las normas van a cambiar y Madrid endurecerá sus medidas para luchar contra la contaminación. En primer lugar, es importante conocer que la DGT establece una clasificación medioambiental en la que la etiqueta B (la de color amarillo) corresponde a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y diésel a partir de enero de 2006. Estos serán los vehículos que el año que viene no podrán circular por todas las vías urbanas y públicas de las ZBE de Madrid.

A partir de 2025

Un año más tarde, es decir, a partir de enero de 2025, esta prohibición se extenderá a todos los vehículos sin etiqueta, incluyendo los de residentes de la capital, tal y como indican desde el Ayuntamiento de Madrid. En la actualidad, los coches con etiqueta B, sí que puede acceder a las Zonas de Bajas Emisiones, pero no pueden aparcar dentro de ellas.

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De este modo, hasta el 31 de diciembre de 2024 podrán acceder y circular por estas zonas los vehículos con clasificación ambiental A, pero deberán estar domiciliados en la ciudad de Madrid y figurar de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Consistorio de la capital madrileña.

Una vez finalice el año, el primer día de 2025, los vehículos anteriores se quedarán fuera de Madrid 360, excepto si se da alguna de las siguientes situaciones:

  • Vehículos especialmente adaptados para trasladar personas con movilidad reducida, siempre que exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento.
  • Vehículos que tengan reconocida la consideración de 'históricos' conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de vehículos históricos)
  • Los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y Fuerzas Armadas

La Dirección General de Tráfico (DGT) cuenta con diversos dispositivos ambientales para clasificar los vehículos en función de su eficiencia energética. El objetivo del conocido Plan nacional de calidad del aire es el de calificar el nivel de contaminación que producen los diversos vehículos y reducir las emisiones medioambientales que estos generan, especialmente en las grandes ciudades de España.

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