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MALVERSACIÓN, BLANQUEO Y COHECHO

La Audiencia confirma el procesamiento de Grau, hombre de confianza de Barberá

La sala provincial de Valencia rechaza el recurso del que fue teniente de alcalde y da luz verde a que vaya a juicio por malversación, blanqueo y cohecho en las campañas del PP de 2007 y 2011

Foto: El exteniente de alcalde de Valencia Alfonso Grau, del Partido Popular. (EFE)
El exteniente de alcalde de Valencia Alfonso Grau, del Partido Popular. (EFE)

La Audiencia Provincial de Valencia ha rechazado el recurso del exteniente de alcalde de Valencia, Alfonso Grau, contra el auto de procesamiento del juez de instrucción por presuntos delitos de malversación de fondos públicos, cohecho y blanqueo de capitales vinculado a las campañas del Partido Popular de la ciudad en 2007 y 2011. Grau, que fue el hombre de confianza de la exalcaldesa Rita Barberá, ya fallecida, podría sentarse en el banquillo junto a la exsecretaria del grupo municipal, María del Carmen García Fuster, también mano derecha de la histórica dirigente conservadora fallecida en 2016.

La misma instancia tumbó la semana pasada el proceso por el llamado 'pitufeo', las donaciones de ida y vuelta de concejales y asesores popular durante la campaña de 2015, al entender que no se ha acreditado el origen delictivo de los fondos. Ese procedimiento supuso la imputación de Barberá por parte del Tribunal Supremo, pero su responsabilidad penal quedó extinguida en el momento de su muerte. Sin embargo, la Audiencia ha dado continuidad a que se juzguen hechos relativos a la financiación de las otras dos campañas en las que la exalcaldesa fue cabeza de cartel.

Foto: Alfonso Grau y Rita Barberá. (EFE)

En el auto firmado este mismo martes y comunicado a las partes por el tribunal de la Sección Cuarta, presidido por el magistrado Pedro Castellano, se rechazan los argumento de la defensa de Grau y se da por buena la instrucción porque los hechos concernientes a las elecciones municipales de 2007 "revisten indiciariamente los caracteres de un delito de malversación de caudales públicos".

Los hechos a los que se refiere son las trasferencias de cientos de miles de euros que las fundaciones Centro de Estrategias y Desarrollo (CEYD) y la fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB) hicieron a la empresa Laterne, responsable de ejecutar las campañas del PP de Valencia ciudad en 2007 y 2011. Esta empresa recibió también importantes fondos de empresas contratistas del Ayuntamiento de Valencia, pero el instructor recuerda que en aquellos años no era posible encausar a personas jurídicas por financiación irregular.

Foto: García Fuster, con José María Corbín, cuñado de Barberá, y también investigado. (EFE)

No obstante, recuerda que el Ayuntamiento de Valencia canalizaba anualmente importantes cantidades de dinero a las dos con cargo a su presupuesto y que se sacó el dinero de esas entidades en favor de Laterne para con ello "acudir a las necesidades del Grupo Popular del Ayuntamiento de Valencia". En ese sentido, apunta que Grau formaba parte de las dos funciones como presidente y patrono, por lo que le hace responsable. También a los directores de las mismas, José Salinas y Juan Eduardo Santón.

La defensa del expolítico alega que se trata de entidades jurídicamente privadas, pese a su financiación pública. Un argumento que la Audiencia considera irrelevante. "Eso es el núcleo del posible delito; no la naturaleza de la fundación sino si los dineros, que a través suyo se dilapida o distrae, son públicos", sostiene.

El tribunal se refiere también a la campaña de 2011. En el auto de instrucción se relata cómo se hacen por varias empresas contratistas ingresos a Trasgos, agencia de publicidad de servicios integrales, y Tannhauser o Cucó, empresas controladas por Antonio Puig Payá propietario de la agencia de publicidad con la que había pactado el grupo municipal del PP de Valencia a través Grau un presupuesto para publicidad en las elecciones de 2011. "Estos ingresos podrían revertir en el Grupo Popular del Ayuntamiento de Valencia para pago de los gastos de campaña y que podrían constituir cohechos. Esto sería el delito precedente al blanqueo, por lo que en esto también es adecuado el auto", afirma la Audiencia.

La Audiencia Provincial de Valencia ha rechazado el recurso del exteniente de alcalde de Valencia, Alfonso Grau, contra el auto de procesamiento del juez de instrucción por presuntos delitos de malversación de fondos públicos, cohecho y blanqueo de capitales vinculado a las campañas del Partido Popular de la ciudad en 2007 y 2011. Grau, que fue el hombre de confianza de la exalcaldesa Rita Barberá, ya fallecida, podría sentarse en el banquillo junto a la exsecretaria del grupo municipal, María del Carmen García Fuster, también mano derecha de la histórica dirigente conservadora fallecida en 2016.

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