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La Fiscalía no ve indicios de delito alguno en el papel de Puigdemont y Rovira en Tsunami
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La Fiscalía no ve indicios de delito alguno en el papel de Puigdemont y Rovira en Tsunami

El Ministerio Público considera que las referencias a ambos dirigentes independentistas que obran en el sumario solo permiten atribuirles un conocimiento circunstancial

Foto: El expresidente catalán Carles puigdemont (d) y el eurodiputado Toni Comín, en una sesión del Parlamento Europeo. (Reuters/Yves Herman)
El expresidente catalán Carles puigdemont (d) y el eurodiputado Toni Comín, en una sesión del Parlamento Europeo. (Reuters/Yves Herman)
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La discrepancia del Ministerio Público sobre el alcance del último auto de la Audiencia Nacional respecto a Tsunami Democràtic va mucho más allá del delito atribuido a los imputados por las acciones de la plataforma. La Fiscalía no solo no ve indicios de terrorismo, también considera que no existen pruebas suficientes de la relación de Carles Puigdemont y Marta Rovira con los disturbios que paralizaron Barcelona tras la sentencia del Supremo contra los líderes del procés.

Según precisan fuentes fiscales consultadas por El Confidencial, las referencias a ambos dirigentes independentistas que obran en el sumario solo permiten atribuirles un conocimiento circunstancial de lo que sucedía, del que no se puede deducir una labor de "coordinación". Para el resto de acusados, ocho en total, el fiscal defiende que el delito que en su opinión encaja sería el de desórdenes públicos agravados, a la vista de que ya no puede acusar por sedición, su primera opción, ahora derogada tras la reforma que impulsó el Ejecutivo de Pedro Sánchez.

En caso de que la Sala de lo Penal atendiera estos argumentos, la causa sobre los disturbios debería ser instruida en Barcelona y desaparecería la competencia de la Audiencia Nacional. Está previsto que el recurso de apelación se presente a finales de esta semana. Como contraste a esta postura, el magistrado instructor dirige el procedimiento contra el expresident y la líder de ERC y considera que "existen elementos suficientes para considerar que los hechos podrían encajar en el delito de terrorismo" en concurso con uno de desórdenes públicos.

"El análisis de los hechos expuestos no permite excluir, en absoluto, que Tsunami pudiera tener la consideración de grupo terrorista, debiendo esclarecer si se llegó a materializar su actuación con alguno de los delitos del art. 573 CP", detalla el juez. El mismo recoge delitos, entre otros, contra la vida o la integridad física de atentado, y tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos. Entre los indicios, se señala la muerte de un ciudadano francés en El Prat por un ataque cardiaco, las graves heridas de un agente de la policía y las que recibieron otras 300 personas, de menor consideración.

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Tampoco recoge el fiscal el guante de la propuesta del juez Manuel García-Castellón de calificar los hechos como desórdenes, pero de tipo terrorista. La Fiscalía no aprecia, en contra del juez, que Tsunami constituyera una organización estructurada, jerarquizada y con vocación de permanencia, como defiende el auto del Juzgado Central de Instrucción 6. Considera que para que ese delito fuera aplicable, debería existir una organización terrorista a la cabeza de la dirección, no una suma de individuos que actúan sin estar a su amparo.

El argumento de la necesidad de investigar más, de alargar la instrucción para definir de forma definitiva el delito, tampoco convence al departamento que dirige Álvaro García Ortiz. Para el Ministerio Público, cuatro años de instrucción se consideran suficientes y no existe la posibilidad de que nuevas diligencias permitan avanzar más en el esclarecimiento de los hechos.

Como avanzó El Confidencial, el magistrado instructor ha sentado en su auto las bases para llevar la amnistía al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en caso de que se aplique a sospechosos de cometer delitos terroristas. Si la Sala de lo Penal respalda sus argumentos, elevará al TJUE una cuestión prejudicial que dejaría pendiendo de un hilo el olvido del delito en este procedimiento. La decisión final tendrá así mucho más peso que el simple recorrido de una causa concreta.

La discrepancia del Ministerio Público sobre el alcance del último auto de la Audiencia Nacional respecto a Tsunami Democràtic va mucho más allá del delito atribuido a los imputados por las acciones de la plataforma. La Fiscalía no solo no ve indicios de terrorismo, también considera que no existen pruebas suficientes de la relación de Carles Puigdemont y Marta Rovira con los disturbios que paralizaron Barcelona tras la sentencia del Supremo contra los líderes del procés.

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