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El Gobierno aprueba la nueva ley para sanitarios interinos: a quién afectará y qué cambiará
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estabilizará a 67.000 profesionales

El Gobierno aprueba la nueva ley para sanitarios interinos: a quién afectará y qué cambiará

"Vamos a llevar a cabo uno de los procesos de estabilización más grandes de la historia del Sistema Nacional de Salud", ha afirmado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, en rueda de prensa

Foto: Protesta de profesionales sanitarios en Madrid. (EFE/Víctor Lerena)
Protesta de profesionales sanitarios en Madrid. (EFE/Víctor Lerena)

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el nuevo Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, que tiene como objetivo impedir que los sanitarios puedan estar trabajando más de tres años con contrato de interinidad sin ser funcionarios y, así, estabilizar el empleo de hasta 67.300 profesionales en España. Se elimina también figura del eventual creando la del sustituto para cubrir vacaciones, guardias y jornadas reducidas y se fija un máximo de tres años a los contratos temporales.

"Vamos a llevar a cabo uno de los procesos de estabilización más grandes de la historia del Sistema Nacional de Salud (SNS), actuando sobre los profesionales que se encuentran en interinidad", ha comentado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, en rueda de prensa. Por su parte, la ministra de Política Territorial y portavoz del Ejecutivo, Isabel Rodríguez, ha resaltado que es una reforma que "debíamos al personal sanitario en nuestro país". "Les vamos a dar estabilidad en todos los niveles", ha apuntado, a lo que ha añadido que se va a conseguir un empleo de "mayor calidad".

Esta nueva ley sanitaria establece que, transcurridos tres años desde el nombramiento de un sanitario interino, esta vacante "solo podrá ser ocupada por personal fijo". Además, también intenta fijar límites a la contratación de interinos, restringiéndolo solo a "razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia".

Con esta reforma se da cumplimiento a la normativa aprobada por el Gobierno a finales del año pasado para reducir la temporalidad en el sector público por debajo del 8% antes de 2025 y que incluyó en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Negociada hasta el último momento con los sindicatos y consensuada hace dos semanas con las comunidades en el Consejo Interterritorial, el Ejecutivo confía, en palabras de su jefe, Pedro Sánchez, en dar "respuesta a la temporalidad que ha existido durante décadas".

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Aunque desde los sindicatos y el principal partido de la oposición han recordado que la reforma es fruto de un compromiso adquirido con Bruselas a raíz de una sentencia del TJUE de 2016, que criticó la alta tasa de temporalidad del sector público español y que desembocó en la citada ley para reducir la temporalidad aprobada en diciembre de 2021.

El borrador de real decreto, al que ha tenido acceso EFE, aborda exclusivamente la reducción del empleo temporal, de forma que deja para una posterior revisión otras demandas sindicales destinadas a garantizar la cobertura de plazas en determinadas zonas geográficas no suficientemente atendidas.

La nueva normativa modifica el artículo 9 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, eliminando el concepto 'eventual', aunque las comunidades podrán seguir contratando temporales "por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia" en algunos supuestos. En concreto, cuando exista una vacante que no pueda ser cubierta por personal fijo durante un máximo de tres años. Transcurrido ese periodo, la plaza solo podrá ser ocupada por personal fijo.

También para la ejecución de programas de carácter temporal por un periodo no superior a tres años o por exceso o acumulación de tareas; en este último supuesto, el plazo máximo será de nueve meses dentro de un periodo de 18.

Foto: Foto: EFE/Chema Moya.
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Si fuera necesario hacer nuevos nombramientos, "se tramitará la creación de una plaza estructural en la plantilla del centro"; si no se crea, "no podrá hacerse un nuevo nombramiento por la misma causa en un periodo de dos años".

La falta de personal crónica y años de sucesivos recortes complicaban especialmente el periodo estivo como el que acaba de empezar; la nueva normativa crea el artículo 9 bis, que regula la figura del personal sustituto para atender las funciones de personal fijo o temporal en vacaciones, permisos, dispensas y otras ausencias que comporten la reserva de plaza.

Además, estos contratos servirán para una sustitución parcial vinculada a la cobertura de exención de guardias, por razón de edad, o enfermedad, "pudiendo sustituir hasta dos personas" siempre que no sea posible con la plantilla disponible y "respetando los límites legales de la jornada". Por último, los sustitutos complementarán la jornada de personal estatuario que se la haya reducido.

Será nulo de pleno derecho "todo acto, pacto, acuerdo o disposición reglamentaria, así como las medidas que se adopten en su cumplimiento o desarrollo, y cuyo contenido directa o indirectamente suponga el incumplimiento por parte de la comunidad autónoma o del Estado de los plazos máximos establecidos".

Incumplir esos topes conllevará una compensación económica para el interino equivalente a 20 días de sus retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de 12 mensualidades.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el nuevo Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, que tiene como objetivo impedir que los sanitarios puedan estar trabajando más de tres años con contrato de interinidad sin ser funcionarios y, así, estabilizar el empleo de hasta 67.300 profesionales en España. Se elimina también figura del eventual creando la del sustituto para cubrir vacaciones, guardias y jornadas reducidas y se fija un máximo de tres años a los contratos temporales.

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