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Madrid, Sassari y Luxemburgo: el triángulo del que depende la entrega de Puigdemont
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LAS RESOLUCIONES CLAVE, DEL TUE AL TJUE

Madrid, Sassari y Luxemburgo: el triángulo del que depende la entrega de Puigdemont

Tras su detención en Cerdeña, el Tribunal de Apelación de Sassari acordó este viernes su puesta en libertad y le citó de nuevo el 4 de octubre para decidir sobre su extradición

Foto: Carles Puigdemont, entrevistado en el Parlamento Europeo. (EFE)
Carles Puigdemont, entrevistado en el Parlamento Europeo. (EFE)

La batalla para que Carles Puigdemont sea extraditado a España se libra en tres frentes: Madrid, Sassari y Luxemburgo. Tras su detención este jueves en Cerdeña, las miradas se centran en las dos últimas ciudades, donde tres tribunales distintos pueden inclinar la balanza a favor del Supremo o, por el contrario, dar la razón al 'expresident' y que este retome sus idas y venidas por Europa: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el Tribunal General de la Unión Europea (TUE) y el Tribunal de Apelación de Sassari. Su entrega ya no es una cuestión bilateral entre España y otro país. Cuatro años después de su fuga, su entrega es una cuestión europea.

Capítulo 1: el eurodiputado

El caso dio un giro de 180 grados el 26 de mayo de 2019, cuando Puigdemont y Oriol Junqueras fueron elegidos eurodiputados. Aquella victoria en las urnas provocó un terremoto en la causa del 'procés', cuyo juicio, con el líder de ERC como principal acusado, quedó visto para sentencia 17 días después: si Junqueras era eurodiputado, ¿quería esto decir que gozaba de inmunidad como parlamentario y, si era así, desde qué momento? Para responder a esta incógnita, el Supremo trasladó una cuestión prejudicial al Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la que le preguntó sobre el alcance de la inmunidad del líder de ERC.

Foto: Imagen de archivo del expresidente catalán Carles Puigdemont. (EFE)

El magistrado Manuel Marchena quería saber si contaba con inmunidad desde el momento del inicio de sesiones (el 2 de julio) o antes de este y, al mismo tiempo, si estaba obligado a levantar “la situación de prisión” para que el político catalán pudiera cumplir con sus procedimientos ante el Parlamento Europeo. La causa del 'procés' siguió entonces su curso con esa duda sin responder y, el 14 de octubre, Junqueras fue condenado a 13 años de cárcel por sedición y malversación. Ese mismo día, el magistrado Pablo Llarena tramitó entonces una nueva orden europea de detención y entrega contra Puigdemont. Esta vez, por sedición y malversación, no por rebelión.

Llarena recordó para ello que la simple imputación del líder independentista había propiciado su fuga en 2017, por lo que las condenas del 'procés' conllevaban el riesgo de que buscase reforzar su huida y se refugiase en países que no forman parte de la Unión Europea. Bélgica, sin embargo, mostró sus dudas desde el primer momento y el 18 de octubre consultó a España sobre la posible inmunidad de Puigdemont por su elección como eurodiputado. En otras palabras: por muy contundente que se mostrara Llarena en su nueva petición de entrega, Bruselas consideró que, más que la condena del 'procés', lo que importaba era la decisión final del TJUE sobre la inmunidad.

Capítulo 2: el inmune

Con esta duda sobre la mesa, Bélgica comenzó a dar largas. La vista para la extradición en principio iba a celebrarse el 29 de octubre, pero finalmente se aplazó al 16 de diciembre. Llegada esta fecha, el TJUE seguía sin pronunciarse sobre el alcance de la inmunidad, así que se volvió a retrasarse. Mientras tanto, en el Tribunal Supremo advirtieron que la sentencia del 'procés' no era suficiente para lograr la entrega de Puigdemont, una situación que terminó por agravarse el 19 de diciembre de 2019. Ese día, el TJUE notificó su resolución y, lejos de allanar el camino para la entrega del 'expresident', complicó aún más las posibilidades de España.

Foto: Manifestantes caminan junto a un cartel que pide la libertad de Junqueras. (Reuters)
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El tribunal de Luxemburgo concluyó entonces que Junqueras tenía razón: gozaba de inmunidad desde el mismo momento en que se declararon los resultados de las elecciones del 26 de mayo, una interpretación que se hacía entonces extensiva al propio Puigdemont. Con una sentencia del 'procés' ya firme, la resolución no afectó a la condena del líder de ERC, pero dio un vuelco a la petición de entrega que se cursaba en ese momento en Bélgica contra el 'expresident'. Estos temores terminaron por confirmarse el 6 de enero, cuando Puigdemont recogió su acreditación como europarlamentario. Ya no había lugar a la interpretación: el líder independentista era inmune.

Capítulo 3: el 'exconseller' Puig

Ante el blindaje de Puigdemont, al Tribunal Supremo no le quedó más salida que tramitar un suplicatorio ante el Parlamento Europeo para que sus miembros levantaran la inmunidad tanto a él como a su 'exconseller' Toni Comín, quien también había logrado hacerse con un escaño en las elecciones de mayo. Poco después, por una carambola relacionada con el Brexit, al listado se sumó además la 'exconsellera' fugada Clara Ponsatí, por lo que el Supremo tramitó un nuevo suplicatorio contra ella. A partir de ahí, a Llarena solo le quedaba esperar a que el Parlamento Europeo levantara la inmunidad a los tres eurodiputados independentistas requeridos por la Justicia española.

Foto: El 'exconseller' Lluis Puig. (Reuters)

Pero una vez más, el calendario se vio sacudido. En esta ocasión, por la petición de entrega cursada en Bélgica contra otro fugados: el 'exconseller' Lluis Puig. A diferencia de los tres anteriores, él no gozaba de inmunidad y, sin embargo, Bruselas rechazó su extradición de forma definitiva el pasado enero: consideró que el Supremo no era competente para juzgarles y alegó un supuesto riesgo de violación de la presunción de inocencia por las declaraciones públicas de jueces, fiscales y autoridades políticas sobre los huidos. ¿Podía extenderse esta tesis a Puigdemont una vez se le levantara la inmunidad? Ante este temor, Llarena decidió mover ficha.

Capítulo 4: el TJUE y el TUE

La maniobra de Llarena pasó entonces por jugar sus cartas en el mismo momento en el que el Parlamento Europeo levantó la inmunidad a Puigdemont, Comín y Ponsatí el pasado 9 de marzo. En lugar de dedicar sus esfuerzos a Bélgica, optó por tramitar una nueva cuestión prejudicial al TJUE: quería saber si Bruselas podía denegar la ejecución de las entregas pendientes con el mismo argumento que había utilizado para rechazar la del 'exconseller' Puig. De esta manera, implicaba a la Justicia de la Unión Europea en la extradición de Puigdemont y fijaba las líneas rojas que Bruselas ya no podría cruzar. Esta consulta se admitió a trámite y sigue pendiente de respuesta.

Foto: Los tres eurodiputados afectados por el suplicatorio ante la Eurocámara en febrero de 2020. (Reuters)

Pero Puigdemont y los dos 'exconsellers' también jugaron sus cartas y en mayo recurrieron la decisión del Parlamento Europeo de retirarles la inmunidad ante el Tribunal General de la Unión Europea (TUE): apuntaban a irregularidades en la tramitación del suplicatorio y, una vez más, insistían en que el Supremo no era el competente para dictar las euroordenes. El 2 de junio, este tribunal atendió su recurso y suspendió provisionalmente el levantamiento de esta especial protección, con lo que el caso quedó así congelado: por un lado, Llarena quedaba a la espera de que el TJUE aclarara el alcance de las euroordenes y, por otro, el TUE mantenía la inmunidad de los tres.

Capítulo 5: la resolución de la discordia

La situación se mantuvo así hasta el 30 de julio, cuando el TUE emitió una nueva resolución en la que finalmente seguía la línea del Parlamento Europeo y retiraba la inmunidad a Puigdemont y los dos 'exconsellers'. En cualquier caso, su decisión tenía letra pequeña, pues basaba la misma en que, por mucho que ya no gozaran de esta especial protección, daba por hecho que las órdenes de detención a nivel europeo quedaban suspendidas hasta que el TJUE resolviese la consulta traslada por Llarena. Si no se les podía arrestar, “perjuicio grave e irreparable” que alegaban caía entonces por su propio peso. Esta postura se refleja en los puntos 52, 53 y 54 del fallo:

Foto: El 'expresident' Carles Puigdemont. (Reuters)
  • "Como se desprende de la cuestión prejudicial planteada y como confirman las autoridades españolas, el proceso penal en cuestión fue suspendido por dicha solicitud. Además, dicha suspensión está prevista en las Recomendaciones del Tribunal de Justicia a los juzgados y tribunales nacionales(...): la presentación de una cuestión prejudicial requiere que el procedimiento nacional quede suspendido hasta que el Tribunal de Justicia se pronuncie".
  • "Dado que la cuestión prejudicial planteada se refiere a la ejecución de las órdenes de aprehensión dictadas en el proceso penal en cuestión, se podrá considerar que la suspensión de esos procedimientos requiere la suspensión de la ejecución de esas órdenes".
  • "Las autoridades españolas también manifestaron expresamente que dicha solicitud requería la suspensión de las órdenes de detención nacionales dictadas contra los demandantes y supuso la suspensión de cualquier procedimiento para la ejecución de una orden de detención europea que pueda haber sido iniciada. También manifestaron que ningún tribunal de la Unión Europea podría ejecutar las órdenes de detención europeas en litigio hasta que el Tribunal de Justicia se haya pronunciado".

Capítulo 6: la detención en Cerdeña

Tras esta resolución del pasado 30 de julio, todo apuntaba entonces a que Puigdemont y los dos 'exconsellers' podían moverse libremente por la Unión Europea mientras el TJUE no se pronunicara sobre las euroordenes. Este jueves, sin embargo, llegó la sorpresa con la detención del 'expresident' en el aeropuerto de Alghero, al noroeste de Cerdeña. Como adelantó El Confidencial, la base de datos del Sistema de Información de Schengen (SIS) alertó a los funcionarios italianos de que Puigdemont tenía en vigor una orden europea de detención y entrega (OEDE) emitida por España. En concreto, la que Llarena cursó nada más notificarse la sentencia del 'procés' en 2019.

Foto: El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena. (EFE)

La clave pasa por que el magistrado del Tribunal Supremo no hace suyas las conclusiones que el TUE expuso en su resolución del pasado 30 de julio. Sigue a la espera de que el TJUE responda a su consulta, sí, pero considera que este trámite no afecta a las euroordenes que activó en 2019. Así lo expone en el oficio que remitió este viernes al Tribunal de Apelación de Sassari, del que depende ahora la entrega:

  • "Adjunto acompaño orden europea de detención y entrega, librada el 14 de octubre de 2019 contra Carles Puigdemont i Casamajó, actualmente en vigor, en base a la resolución dictada en esa misma fecha, para su remisión al Tribunal de Apelación de Sassari (Italia)".
  • "Asimismo, y con igual finalidad, le acompaño la cuestión prejudicial planteada en su día ante el TJUE, cuya tramitación no modifica la situación en que se encuentra actualmente el procedimiento, sin perjuicio de que deba acomodarse en su día a la interpretación que del derecho europeo, y sobre las estrictas cuestiones suscitadas, realice el TJUE".

Capítulo 7: ¿y ahora qué?

Tras su detención, Puigdemont compareció este viernes ante el Tribunal de Apelación de Sassari, que acordó su puesta en libertad y le citó para una nueva vista el próximo 4 de octubre. En principio, la decisión final sobre la extradición se espera en esa fecha. El juez considera por el momento que el arresto "se realizó en los términos y condiciones de la ley y por lo tanto debe ser convalidada", pero "sin la aplicación de medidas cautelares contra el detenido, no solicitadas por la Fiscalía General". "Comprometería gravemente, entre otras cosas, el derecho de la persona detenida a viajar libremente para participar en las reuniones del Parlamento Europeo", argumenta.

Foto: El 'expresident' Carles Puigdemont a la salida de la cárcel en Cerdeña. (Reuters)

Aunque el tribunal le ha pedido que no abandone Cerdeña, Puigdemont tiene ya libertad de movimiento y, de hecho, planea retomar su agenda política en la isla. Mientras tanto, su defensa ya ha puesto en marcha toda su maquinaria y, este mismo viernes, anunciaron que presentarían un escrito ante el TUE para recuperar de forma cautelarísima su inmunidad. Al fin y al cabo, esa era otra de las posibilidades que el tribunal de Luxemburgo dejó caer en su resolución del pasado 30 de julio:

  • "Cabe agregar que si, una vez dictado el presente auto, parece con suficiente grado de probabilidad que el perjuicio alegado pueda surgir, en particular en el caso de una detención de los demandantes por una autoridad de ejecución de un Estado miembro o la ejecución de un procedimiento para su entrega a las autoridades españolas, podrían presentar una nueva solicitud de medidas cautelares en las condiciones previstas en el artículo 160 del Reglamento de Procedimiento".

De esta manera, la batalla para extraditar a Puigdemont a España se libra ya en tres frentes: en Madrid, donde el juez Llarena ha respondido a la detención con un oficio en el que incide en su entrega; en Sassari, donde se espera que respondan a esta solicitud en la vista que se celebrará el próximo 4 de octubre, y en Luxemburgo, donde tanto el TUE como el TJUE tienen entre manos dos procedimientos distintos que pueden terminar por decidir los anteriores. Este último matiz es el que marca la principal diferencia frente a las anteriores euroordenes cursadas contra Puigdemont: cuatro años después de su fuga, su entrega ya es una cuestión europea.

La batalla para que Carles Puigdemont sea extraditado a España se libra en tres frentes: Madrid, Sassari y Luxemburgo. Tras su detención este jueves en Cerdeña, las miradas se centran en las dos últimas ciudades, donde tres tribunales distintos pueden inclinar la balanza a favor del Supremo o, por el contrario, dar la razón al 'expresident' y que este retome sus idas y venidas por Europa: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el Tribunal General de la Unión Europea (TUE) y el Tribunal de Apelación de Sassari. Su entrega ya no es una cuestión bilateral entre España y otro país. Cuatro años después de su fuga, su entrega es una cuestión europea.

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