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Hacienda amplía el foco a pymes y empresas familiares al atacar operaciones vinculadas
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AGRESIVIDAD EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA

Hacienda amplía el foco a pymes y empresas familiares al atacar operaciones vinculadas

La Inspección cada vez vigila más los precios de transferencia. En consecuencia, empresas familiares, pymes y sociedades profesionales sufren más actas

Foto: María Jesús Montero, ministra de Hacienda. (EFE/Hidalgo)
María Jesús Montero, ministra de Hacienda. (EFE/Hidalgo)
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Los precios de transferencia no son solo un asunto para las grandes empresas. Es decir, operaciones vinculadas dentro de un grupo consolidado fiscal que puede atender a compras entre filiales de una multinacional, pero también a actos entre una pyme y uno de los accionistas, como el uso de un local o un coche adquirido por la sociedad jurídica y usado por la persona física, caso en el que se debería pagar por la utilización, como ocurriría si no hubiera vinculación entre las partes. La Inspección cada vez es más agresiva, según fuentes jurídicas.

Se trata de una dinámica joven y que va a más. Desde 2015, Hacienda ha apretado más a las empresas por esta vía, para impedir que haya actuaciones que se enfoquen a la eficiencia fiscal, eludiendo impuestos. Las inspecciones cada vez ponen más el foco en las operaciones vinculadas, y ya se empiezan a ver sanciones.

Estas multas se han observado en grandes grupos. A menudo, multinacionales que realizan operaciones entre filiales y matriz, y, según los valores de compra o rentas que imputen, pagarán más o menos impuestos en uno y otro país. Es decir, si una fábrica de piezas está en Madrid y estas se van hacia otra en Alemania, donde se ensamblan, según el valor que se dé a estas piezas, se tributará más en España o en Alemania.

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La idea de las agencias tributarias es que se contabilicen estas operaciones a valor de mercado, lo que no siempre es fácil de calcular y puede haber un componente subjetivo. A veces, las empresas pueden tener la tentación de desplazar la tributación por esta vía a geografías donde pagan menos impuestos, ya sea porque el tipo impositivo es más bajo o porque tienen bases imponibles negativas.

De cualquier manera, las empresas están obligadas a tener la documentación de precios de transferencia preparada antes del 25 de julio del ejercicio siguiente, salvo cuatro excepciones, explica Paula Vicario, directora de Transfer Pricing Specialists (TPS): cuando las transacciones tienen lugar dentro del mismo grupo de consolidación fiscal, si el conjunto de operaciones vinculadas entre dos partes no alcanza los 250.000 euros, si son operaciones entre una unión temporal de empresas (UTE) o agrupaciones de interés económico (AIE), o si están dentro del marco de una oferta pública de venta (OPV) o de adquisición de valores.

"Al tener menor dimensión y experiencia en este tema, los grupos familiares están más desprotegidos por no tener políticas planificadas"

Es decir, salvo en estas excepciones, cualquier empresa puede recibir la solicitud de la Administración para mostrar la documentación de los precios de transferencia, algo que están haciendo las inspecciones de Hacienda. Y no solo entre grandes empresas, sino también entre pymes, empresas familiares y sociedades profesionales.

"Últimamente, estamos viendo un gran aumento de actuaciones inspectoras que se centran en cuestiones de precios de transferencia en pequeñas y medianas empresas y grupos familiares", señala Vicario. "Dado que por regla general se asocia la materia de precios de transferencia a multinacionales y grupos empresariales de gran tamaño, este tipo de contribuyente se suele encontrar mucho menos preparado a la hora de enfrentarse a una inspección, ya que en muchos casos desconoce las obligaciones a las que está sujeto. Esto hace que la gran mayoría de estas inspecciones concluyan con correcciones valorativas y sanciones que pueden llegar a ser muy elevadas", añade la directora de TPS.

Foto: María Jesús Montero, ministra de Hacienda. (EFE)

"Al tener menor dimensión y experiencia en este tema, los grupos familiares están más desprotegidos por no tener políticas planificadas ni asesoramiento adecuado", corrobora Luis Grosclaude, CEO de Grosclaude & Partners. También ocurre en sociedades profesionales, donde hay "poco personal y los dueños aportan todo el valor añadido y les transparentan los ingresos a renta al no tener personal ni organización estructurada".

"Vemos inspecciones incesantes a sociedades profesionales, donde Hacienda viene regularizando la situación tributaria de la sociedad y de sus socios, a efectos de sociedades y del IRPF, respectivamente, ajustando al mercado el valor de las contraprestaciones acordadas por los servicios prestados por el socio a la sociedad, servicios que esta factura a sus clientes", arguye Siro Barro, socio de Escalona & De Fuentes. "En estos casos, Hacienda ya no reprocha la existencia de una sociedad interpuesta entre el socio y su cliente, como un supuesto de simulación, pero la realidad es que a efectos prácticos la deja sin contenido, como si no existiera", remacha.

De hecho, "es muy frecuente que haya inspección a la vez a la sociedad y a los socios", advierte Javier Lucas, socio de Ceca Magán. "En sociedades profesionales se cuestiona la sustancia de la misma, y en grupos familiares se revisan los salarios al alza, aunque en ocasiones la Inspección se topa con límites cuando son consejeros, ya que entonces no se considera que sean operaciones vinculadas", apostilla Lucas.

Requisitos a vigilar

Cuando el contribuyente no aporta la documentación a tiempo, y normalmente se dan dos semanas de plazo desde la petición, ya puede haber sanciones. Si se aporta, la Inspección verifica que está toda la información requerida en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. En caso de que falten datos o haya incorrecciones, ya son infracciones graves que pueden ser sancionadas, recuerda Paula Vicario.

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Después, los inspectores comprueban el valor de mercado de las operaciones vinculadas, la metodología aplicada, los análisis económico-comparativos incluidos y las bases de datos usadas. Por ello, todos estos elementos deben estar "cuidadosamente escogidos", comenta la directora de TPS, de cara a minimizar potenciales correcciones valorativas. Además, las sanciones pueden alcanzar el 15% si no hay documentación. "La Administración se encuentra cada vez más cómoda en la revisión de este tipo de cuestiones y el conocimiento técnico de los inspectores ha aumentado significativamente en los últimos años", agrega.

Los expertos fiscales coinciden en que es raro que en una inspección no haya acta con correcciones, pero se trata de minimizar el daño. Por ello, también se intentan negociar acuerdos previos de valoración (APA) y procedimientos amistosos (MAP). El periodo actual de inflación ha añadido dificultades en la contabilidad de operaciones vinculadas y hay más miedo a futuras inspecciones.

Los precios de transferencia no son solo un asunto para las grandes empresas. Es decir, operaciones vinculadas dentro de un grupo consolidado fiscal que puede atender a compras entre filiales de una multinacional, pero también a actos entre una pyme y uno de los accionistas, como el uso de un local o un coche adquirido por la sociedad jurídica y usado por la persona física, caso en el que se debería pagar por la utilización, como ocurriría si no hubiera vinculación entre las partes. La Inspección cada vez es más agresiva, según fuentes jurídicas.

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