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La AN dicta que Central Lechera Asturiana pague a los trabajadores la prima covid
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CABE RECURSO ANTE EL SUPREMO

La AN dicta que Central Lechera Asturiana pague a los trabajadores la prima covid

La matriz de marcas como Central Lechera Asturiana anunció un pago extra de 250 euros mensuales para el confinamiento. Pero en mayo, con el plan de desescalada, dejó de pagarlo

Foto: Vista de las instalaciones de Central Lechera Asturiana en Granda (Siero). (EFE/J.L. Cereijido)
Vista de las instalaciones de Central Lechera Asturiana en Granda (Siero). (EFE/J.L. Cereijido)

Nueva sentencia por las primas del coronavirus. La Audiencia Nacional ha decidido que Capsa Foods (matriz de marcas como Central Lechera Asturiana) y varias sociedades vinculadas tienen que devolver los 250 euros brutos que les correspondían a los trabajadores para junio de 2020 por trabajar de forma presencial durante el confinamiento. Mientras la compañía entiende que el confinamiento duró hasta el 2 de mayo, los representantes sindicales argumentan que el confinamiento duró lo mismo que el estado de alarma. Capsa ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Supremo, según fuentes de la empresa.

El conglomerado de lácteos asturiano envió el 27 de marzo de 2020 un comunicado interno en el que prometía 250 euros brutos al mes desde el día 26 de febrero (comienzo del pago en nómina de marzo) hasta “el final del confinamiento” para “reconocer con una gratificación extraordinaria” a la plantilla por “abastecer a la sociedad”, según consta en el auto de la Audiencia. Este pago iba destinado “al personal de producción, mantenimiento, plataformas, almacenes de material auxiliar y laboratorio de las fábricas de Granda, Lugo, Villagarcía, Zarzalejo, Menorca y Cueva de Molín”. Según los cálculos de CCOO, sindicato que ha impulsado esta demanda en la Audiencia, la situación afecta a unos 750 trabajadores de Capsa, aproximadamente. Fuentes de la empresa dicen que este número es ligeramente inferior.

Sin embargo, el día 6 de mayo de 2020, las compañías del grupo notificaron a los trabajadores de que “como consecuencia del inicio del proceso de desconfinamiento, donde ya se han permitido actividades para la población (práctica de deporte individual, paseos, acceso a determinados servicios y comercios con cita previa...) se interrumpe el pago de la gratificación extraordinaria con efectos de 12 de mayo de 2020”.

Foto: Empleados de Mercadona. (EFE)

Sin embargo, el sindicato argumentó ante el juez que los trabajadores también tenían derecho a esta prima desde el 2 de mayo hasta el 21 de junio en los que no se les pagó el dinero. “Considera que el confinamiento continuaba el 2 de mayo y siguió hasta el 21 de junio, aunque se fuera flexibilizando”, recoge el juez. “Considera por ello que las razones por las que se otorgó la prima covid-19 persistieron al menos hasta la finalización del estado de alarma”.

El juez reconoce este argumento porque considera que los paseos y actividades deportivas al aire libre o la apertura de establecimientos y locales comerciales con sistema de cita previa eran “singulares” y que fuera de estos “la población seguía confinada”.

“La norma principal que regulaba la situación excepcional derivada de la crisis sanitaria del covid-19 era [la legislación vinculada a] el estado de alarma, sin que en ese momento se pudiera establecer una conexión lógica y razonable entre el final del confinamiento y plan de desescalada pues este no existió sino hasta un mes después, por lo que la empresa en la práctica aprovecha un hecho desconocido posterior para poner fin al pago de la prima discutida, lo que no tiene amparo en el acuerdo de pago por ella adoptado pues nada dice sobre el plan de desescalada”, zanja el magistrado en sus conclusiones.

El confinamiento acaba con el estado de alarma, no con la desescalada

No obstante, debido a que los sindicatos acudieron a la justicia en junio de 2021, el juez explica que la reclamación del pago de mayo ya había prescrito (el plazo era de un año). De ahí que reconozca la demanda de CCOO, pero solo parcialmente.

Los sindicatos tomaron estas medidas en junio, después de que ese mismo mes la Audiencia reconociese un caso similar en Nestlé. La compañía anunció una prima mensual de hasta 500 euros para valorar el esfuerzo de una serie de trabajadores durante la pandemia, pero lo retiró el 24 de mayo. CCOO y, posteriormente, CSIF y UGT, acudieron a la justicia para recuperar un pago que afectaba a entre 3.000 de los más de 4.000 empleados de la firma, según los cálculos de los sindicatos, o de unas 2.500 personas según los cálculos de la empresa. La diferencia en el caso de Nestlé, es que ese pago sí estaba vinculado expresamente al estado de alarma, como queda patente en los comunicados recogidos por la sentencia de junio.

Tras esta victoria judicial, CCOO decidió tomar medidas ante la Audiencia con el caso de Capsa. La empresa ha recurrido la decisión de la Audiencia, ya que considera que en ningún momento se comprometió a vincular este pago al estado de alarma y simplemente se refirió al confinamiento en los comunicados, según fuentes de la compañía. Capsa considera que el estado de alarma tuvo varias fases, y solo la primera constituye el confinamiento al que esta se refirió para justificar los pagos extra (y voluntarios) a los trabajadores, defienden las mismas fuentes.

Las primas covid fueron una medida muy extendida durante el confinamiento. Supermercados como Mercadona o Consum lo implementaron en sus plantillas, mientras que otras de distribución, como Ikea, o industriales, como Siemens, también hicieron este reconocimiento a sus trabajadores.

Nueva sentencia por las primas del coronavirus. La Audiencia Nacional ha decidido que Capsa Foods (matriz de marcas como Central Lechera Asturiana) y varias sociedades vinculadas tienen que devolver los 250 euros brutos que les correspondían a los trabajadores para junio de 2020 por trabajar de forma presencial durante el confinamiento. Mientras la compañía entiende que el confinamiento duró hasta el 2 de mayo, los representantes sindicales argumentan que el confinamiento duró lo mismo que el estado de alarma. Capsa ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Supremo, según fuentes de la empresa.

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