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La Justicia vuelve a rechazar la querella de Orcel al Santander por estafa procesal
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RECURSO CONTRA LA INADMISIÓN DE LA QUERELLA

La Justicia vuelve a rechazar la querella de Orcel al Santander por estafa procesal

El recurso de apelación de Andrea Orcel no ha sido estimado por el juzgado. El italiano aseguró en una querella que el banco presentó información falseada

Foto: Andrea Orcel, Ana Botín y José Antonio Álvarez. (Reuters)
Andrea Orcel, Ana Botín y José Antonio Álvarez. (Reuters)

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de Andrea Orcel contra la inadmisión de su querella contra Banco Santander por un posible delito de estafa procesal. El italiano presentó esta querella en mayo de 2019, alegando que la entidad presentó información falseada en la respuesta a su demanda por su no contratación, en la que el ejecutivo que iba a ser consejero delegado de la entidad cántabra pide 110 millones de euros. La querella fue inadmitida por el juez Marcelino Sexmero en febrero de este año, y ahora la sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid se ha pronunciado en la misma dirección, según el fallo al que ha tenido acceso este medio.

Orcel recurrió la decisión del juez, el cual aseguró que la querella no reúne los "requisitos de tipicidad" (que la conducta del Santander se ajustara a los supuestos de un delito). Por su parte, el recurso del italiano señaló no estar de acuerdo con la afirmación del magistrado, que no especificó qué requisitos se han dejado de cumplir. Pero la decisión de admitir a trámite la querella se determina en función de si procede iniciar proceso penal o dilucidarse en el proceso original que, en este caso, se debe a su no contratación.

Foto: Andrea Orcel (i), Ana Botín (c) y José Antonio Álvarez. (Reuters)

La Audiencia Provincial argumenta que la ley ordena la desestimación de la querella cuando los hechos en que se funda no constituyan delitos o cuando el juez de instrucción no sea competente. Los hechos no constituyen delito si no son susceptibles de incorporarse a algún precepto penal, o si no hay pruebas que avalen el razonamiento del querellado. También señala que la inadmisión no vulnera la tutela judicial efectiva del querellante. Es decir, la capacidad de Orcel para que la Justicia decida sobre su demanda por posible incumplimiento de su contrato.

Orcel señaló en su querella que Santander incluyó correos electrónicos en la respuesta a su demanda civil sin logotipo, algo que reconoció la entidad presidida por Ana Botín. El italiano alegó que Santander manipuló varios correos electrónicos y unas actas de la Comisión de Nombramientos. El fallo de la Audiencia Provincial recuerda que el juez del procedimiento civil en el que Orcel pide 112 millones ya está advertido, y que es quien debe valorar si los admite o no.

“Tanto cuidado ha puesto el querellante en la limpieza del procedimiento que no ha esperado a que se cumpla alguno de los requisitos del delito de estafa procesal, ni error en el juez, ni perjuicio a una parte”, critica el fallo, que recuerda que sobre el delito de falsedad, enviar un email sin logotipo no lo convierte en verdadero o falso, sino que depende del contenido. Dado que no aprecia temeridad o mala fe en el recurso, la Audiencia Provincial ha declarado de oficio las costas y recuerda que contra esta resolución no cabe recurso ordinario alguno.

Foto: El financiero Andrea Orcel y Ana Botín, presidenta del Banco Santander. (EFE)

El objetivo de Orcel era abrir una vía adicional por estafa procesal que invalidara estas pruebas que Banco Santander remitió al juzgado en respuesta a su demanda por incumplimiento de contrato. El exejecutivo de UBS fue objeto de un informe crítico de la Fiscalía contra esta estrategia, recomendando impugnar el recurso por “los propios y acertados argumentos” del auto del juez Marcelino Sexmero, que inadmitió la querella en febrero. La Fiscalía añadió que “tampoco puede hurtarse y mediatizarse arteramente las plenas facultades de valoración de un juez civil”.

En los correos electrónicos que remitió el Santander se habla de una “carta oferta” y no de un contrato, ya que este todavía tenía “que perfeccionarse”. Se trata de una cuestión clave, ya que Orcel defiende que había firmado el contrato cuando se anunció su fichaje en septiembre de 2019, que se canceló en enero de 2019, pero el Santander argumenta que solo era una carta oferta sin vinculación contractual.

El proceso judicial por la vía civil estaba previsto que arrancara en abril, pero se pospuso por la pandemia. Así, se inició en septiembre en una vista previa en la que no hubo acuerdo, con lo que la magistratura ha fijado para el 10 de marzo de 2021 la fecha para el inicio del juicio oral, en el que declarará Ana Botín, presidenta de Banco Santander, y también el presidente de UBS, Axel Alfred Weber.

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de Andrea Orcel contra la inadmisión de su querella contra Banco Santander por un posible delito de estafa procesal. El italiano presentó esta querella en mayo de 2019, alegando que la entidad presentó información falseada en la respuesta a su demanda por su no contratación, en la que el ejecutivo que iba a ser consejero delegado de la entidad cántabra pide 110 millones de euros. La querella fue inadmitida por el juez Marcelino Sexmero en febrero de este año, y ahora la sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid se ha pronunciado en la misma dirección, según el fallo al que ha tenido acceso este medio.

Andrea Orcel
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