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Repsol, Endesa y Naturgy, las más castigadas por el aval de Europa al fondo de eficiencia
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Pagan entre las tres pagan casi la mitad

Repsol, Endesa y Naturgy, las más castigadas por el aval de Europa al fondo de eficiencia

El varapalo del TJUE al conjunto de las compañías energéticas españolas afecta de manera muy distinta a cada una de ellas. Sólo Repsol aporta 1 de cada cinco euro que se dotan a este fondo

Foto: Cartelería de los diferentes productos que comercializa Repsol. (Reuters)
Cartelería de los diferentes productos que comercializa Repsol. (Reuters)

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) supone un varapalo para el conjunto del sector energético, que destina cada año más de 200 millones de euros a dotar el Fondo Nacional de Eficiencia Energética desde que se aprobara en 2014, fruto de una exigencia previa de Bruselas.

La cuestión ha sido objeto de un aluvión de recursos al Supremo año tras año. Las compañías entienenden que se trata de una especie de impuesto por la energía que venden. Sin embargo, la aportacion afecta de manera muy distinta a cada una de ellas.

La más perjudicada es Repsol, sus diversas fialiales de comercialización aportan cada año alrededor de 40 millones de euros. Esto significa que 1 de cada 5 euros que se destinana a este fin procede de la empresa presidida por Antonio Brufau.

El siguiente más perjudicado es Endesa. Sus comercializadoras de gas y electricidad pagaron este 2018 casi 29 millones de euros. Tras las eléctrica destaca Gas Natural Fenosa, rebautizada como Naturgy. La mayor gasista del país aporta más de 26 millones de euros al año.

[Consulte aquí las aportaciones que hace cada empresa al Fondo Nacional de Eficiencia Energética]

Entre estas tres compañías aportan algo menos de 100 millones de euros. Es decir que la mitad del Fondo de Eficiencia Energética corre a su cargo, pese a las deceneas de empresas que tienen que hacer algún tipo de aportación.

Le sigue Cepsa, que pagó cerca de 23 millones de euros y a una distancia considerable está Iberdrola, cuya aportación es de 15 millones de euros.

Foto: Imagen del parque eólico de Ampudia (Palencia). (EFE)

La eléctrica presidida por Sánchez Galán es la única que no ha presentado batalla judicial por esta causa. Cuando se aprueba la aportación que debe hacer cada empresa cada año, las compañías lanzan un aluvión de demandas ante el Tribunal Supremo. Este año tanto las grandes como muchas eléctricas pequeñas han recurrido esta aportación obligatoria. Todas, menos Iberdrola.

Los motivos del TJUE

La sentencia europea de este martes resuelve la cuestión elevada por el Tribunal Supremo ante la impugnación presentada por la empresa Saras Energía. También se habían personado en el caso Acciona Green Energy Developments, Endesa, Engie España, Fortia Energía, Viesgo Infraestructuras Energéticas, Villar Mir Energía y Enérgya VM Gestión de Energía.

Saras Energía defendía que la legislación española es incompatible con la directiva europea al obligar a cumplir con las obligaciones de ahorro energético mediante contribuciones a un fondo de eficiencia energética sin permitir hacerlo mediante la implantación de medidas de ahorro.

Foto: Tribunal de Justicia de la Unión Europea. (EFE)

La firma también denunciaba que se imponga esta obligación a las empresas comercializadoras de gas y electricidad y a los mayoristas de productos petrolíferos y de gases licuados de petróleo, dejando al margen los distribuidores de gas y electricidad y los minoristas de productos petrolíferos y de gases licuados de petróleo.

El fallo del tribunal de Luxemburgo afirma que la directiva europea sobre eficiencia energética "no se opone a la normativa española" siempre que la legislación nacional "garantice la obtención de ahorros de energía en una medida equivalente a los sistemas de obligaciones de eficiencia energética que pueden crearse" y, por otra parte, que se cumplan los requisitos establecidos en dicha directiva, algo que debe comprobar el Tribunal Supremo.

Así, el TUE considera que la obligación de contribuir anualmente al FNEE "constituye un instrumento de financiación que induce a que se apliquen tecnologías o técnicas eficientes desde el punto de vista energético. Por ello, afirma que es parte de los medios enumerados en la directiva europea para obtener ahorros de energía entre los clientes finales.

La Justicia europea añade que el hecho de que la directiva sólo mencione este tipo de medidas como alternativa "pone de manifiesto la posibilidad de elegir" que tienen los Estados miembros, que "gozan en esta materia de una gran flexibilidad y de un amplio margen de apreciación". Por tanto, las capitales "pueden elegir el régimen que mejor se adapta a su situación particular".

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) supone un varapalo para el conjunto del sector energético, que destina cada año más de 200 millones de euros a dotar el Fondo Nacional de Eficiencia Energética desde que se aprobara en 2014, fruto de una exigencia previa de Bruselas.

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