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Vulneración de la ley electoral

Segundo rapapolvo de la JEC al Gobierno en una semana por usar Moncloa para hacer campaña

La Junta Electoral Central abre un segundo expediente sancionador a Isabel Rodríguez, a la que ya apercibió dos veces antes. También tumba la denuncia del PSOE contra el Ejecutivo de Castilla y León

Isabel Rodríguez, este martes. (EFE/Javier Lizón)

La Moncloa obvia las advertencias de la Junta Electoral Central (JEC) y vuelve a usar electoralmente el Consejo de Ministros: lleva dos expedientes sancionadores en menos de una semana. La ministra portavoz, Isabel Rodríguez, ha recibido este miércoles un nuevo rapapolvo de la JEC, que resuelve, por cuarta vez, que ha incumplido su labor de neutralidad y se ha servido de la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros para hacer campaña. La Junta ha acordado abrir este expediente, que puede acabar con la imposición de una multa de entre 300 y 3.000 euros, por sus declaraciones en ese espacio el pasado 3 de mayo, que "vulneraron presuntamente la Ley Electoral". Lleva cuatro semanas seguidas siendo apercibida. Siempre, tras una denuncia del PP, si bien en las dos primeras ocasiones se acordó no abrir expediente.

La rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros es un altavoz que el Ejecutivo no ha dejado de utilizar para enfatizar sus mensajes en fechas clave: lo hará este jueves, en una convocatoria extraordinaria, horas antes de que arranque la campaña electoral; lo hizo durante los primeros meses de la pandemia, con ruedas de prensa diarias de varios ministros, y lo ha hecho en varias ocasiones coincidiendo con el periodo electoral, hasta el punto de sufrir sanciones. El propio Pedro Sánchez fue apercibido por la JEC, y el Tribunal Supremo le impuso una multa de 500 euros por conceder una entrevista en la Moncloa en octubre de 2019, en vísperas de las elecciones generales. Inicialmente, la Junta Electoral apostó por obligarle a desembolsar 3.000 euros por esta infracción.

La primera portavoz del gabinete de Sánchez, Isabel Celaá, también fue apercibida por la JEC: recibió una multa por vulnerar su deber de neutralidad y el Tribunal Supremo le impuso una sanción por valor de 2.200 euros. Las declaraciones de Sánchez y Celaá que recibieron el rapapolvo de la JEC se produjeron en octubre de 2019; la resolución del Tribunal Supremo no llegó hasta mayo de 2021, casi dos años y medio después, muy lejos de las elecciones generales. Y la cuantía de ambas, sumadas, ni siquiera alcanzó los 3.000 euros, el importe de la multa máxima contemplada para este tipo de infracciones.

Ahora, Rodríguez cuenta con dos meses para presentar recurso y, por tanto, la resolución de este expediente difícilmente se producirá antes de las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo. El Ejecutivo, en boca de la también predecesora de Rodríguez, María Jesús Montero, respondió que la actual portavoz actúa siempre "con discreción, responsabilidad y moderación". En contra del criterio de la JEC, el pasado jueves Montero afirmó que Rodríguez "para nada" hace campaña en estas comparecencias.

En sesión de control, este miércoles, Rodríguez ya avanzó que recurrirá las resoluciones, "para defender lo que creo es una posición de conciliar el derecho a la información con los derechos en los procesos electorales". Lejos de la autocrítica, espetó al PP que "hasta la JEC" les ha afeado que sus denuncias "contienen equívocas afirmaciones y son poco cuidadosos a la hora de comprobar la exactitud de las circunstancias". Por su parte, el Partido Popular reclamó imponer a Rodríguez la máxima multa, si bien la JEC ha resuelto que no toca valorarlo hasta que se resuelva el expediente sancionador. Lo instruirá el vocal Fernando Pignatelli Meca, también magistrado del Tribunal Supremo.

En las dos primeras ocasiones, la Junta Electoral no abrió expediente a la ministra portavoz, por entender que sus expresiones eran espontáneas, en respuesta a preguntas de los medios de comunicación, y no premeditadas. En concreto, Rodríguez habría vuelto a vulnerar el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), que prohíbe, una vez convocados los comicios y hasta su celebración, "cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades públicas".

La línea que separa la propaganda de la información en este foro, según distintos dirigentes políticos, es difusa, pero la Loreg es clara: desde la convocatoria de elecciones, prohíbe "cualquier acto organizado o financiado" por los poderes públicos, con "alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades públicas". La ministra, como en las anteriores resoluciones, deberá dictar "las instrucciones oportunas" para retirar de la web de la Moncloa las manifestaciones consideradas electoralistas, y se le reclama, de nuevo, que "extreme su diligencia" para no vulnerar el "principio de neutralidad". La Junta Electoral acota este apercibimiento a la portavoz, al afirmar que "no consta" que "se hayan producido nuevas vulneraciones" por parte del resto de miembros del Ejecutivo.

En otro orden de cosas, la JEC también ha tumbado una petición del PSOE para sancionar al portavoz de la Junta de Castilla y León, Carlos Fernández Carriedo, por sus declaraciones en rueda de prensa el 4 de mayo, pero también por las notas de prensa posteriores. Plantea la "inconsistencia material de la solicitud, dado que no se acreditan infracciones concretas que la fundamentan".

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